TEXTO PAGINA: 49
49 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de marzo de 2021 El Peruano / DESPA-PG.08 y el procedimiento especí fi co “Garantías de aduanas operativas” RECA-PE.03.03. C. TIPOS DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNO POR VÍA MARÍTIMA 1. El tránsito aduanero interno por vía marítima puede realizarse bajo los siguientes tipos: a) Tránsito con descarga a tierra (tipo 1): Se produce cuando, a la llegada del vehículo transportador por la aduana de ingreso, las mercancías son descargadas a tierra quedando bajo responsabilidad del transportista o su representante en el país, para ser posteriormente trasladadas a otro medio de transporte para su salida a la aduana del interior sin que se produzca su ingreso a un depósito temporal. b) Tránsito con ingreso a un depósito temporal (tipo 2): Se produce cuando, al no darse los medios necesarios para acceder al tránsito aduanero interno tipo 1, el transportista o su representante en el país se ve obligado a ingresar provisionalmente las mercancías a un depósito temporal para su posterior salida por otro medio de transporte. D. REGISTRO DE LAS DECLARACIONES DE TRÁNSITO ADUANERO INTERNO POR VÍA MARÍTIMA 1. La intendencia de la aduana de ingreso implementa un registro de las declaraciones, numeradas y regularizadas. Las declaraciones son numeradas de la siguiente manera:XXX-YYYY-RR-NNNNNN Donde:XXX : es el código de aduana YYYY : añoRR : código del régimen NNNNNN : número correlativo E. INGRESO DE LAS MERCANCÍAS AL DEPÓSITO TEMPORAL 1. En el tránsito aduanero interno con descarga a tierra, cuando las mercancías no puedan ser embarcadas dentro del plazo del régimen, el transportista o su representante ingresa las mercancías a un depósito temporal dentro del mismo plazo. En estos casos, el declarante solicita el cambio de tipo de tránsito aduanero interno a la aduana de ingreso, a través de la mesa de partes virtual de la SUNAT (MPV-SUNAT), de acuerdo con lo dispuesto en el literal D de la sección VII del presente procedimiento. F. RECONOCIMIENTO FÍSICO1. Las mercancías solicitadas al régimen de tránsito aduanero interno por vía marítima están sujetas a reconocimiento físico, en cualquier momento del proceso, cuando se detecta que los contenedores se encuentran en mala condición exterior, acusan notoria diferencia COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Las entidades públicas que requieran publicar documentos en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado deberán tomar en cuenta lo siguiente: El jefe del área autorizada y acreditado ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: dj@editoraperu.com.pe . 1) En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O fi cio escaneado dirigido al Gerente de Pubicaciones O fi ciales, en el que se solicita la publicación de declaraciones juradas. El o fi cio podrá ser fi rmado digitalmente o con sello y fi rma manual del funcionario autorizado. b) El archivo en formato Excel (*) conteniendo las declaraciones juradas, una debajo de otra y en una sola hoja de cálculo. No se recibirá documentos físicos ni archivos en formato PDF. (*) Las plantillas en formato Excel se pueden descargar del siguiente link: http://pga.editoraperu.com. pe/ddjj-plantilla.xlt 2) El contenido de todo archivo electrónico que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE. De esta manera, cada entidad pública es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORAPERU para su publicación. 3) En el campo “ASUNTO” del correo institucional se deberá consignar el número de O fi cio y nombre de la institución. En el contenido del mensaje electrónico se deberá indicar el nombre y número del teléfono celular del funcionario que podrá resolver dudas o problemas técnicos que se presenten con los documentos. 4) Como señal de conformidad, el usuario recibirá un correo de respuesta de EDITORAPERU, en el que se consignará el número de la Orden de Publicación (OP). Este mensaje será considerado “Cargo de Recepción”. 5) La publicación se realizará conforme al orden de llegada y de acuerdo a la disponibilidad de espacio. 6) Los documentos se recibirán de lunes a viernes de 09.00 a 17:30 pm. 7) Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES