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53 NORMAS LEGALES Jueves 18 de marzo de 2021 El Peruano / Artículo 2.- Derogar la Resolución de Secretaría General N° 085-2020-VIVIENDA-SG. Artículo 3.- Disponer que la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos remita la actualización del “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento” al Ministerio de Salud, a través del Sistema Integrado para COVID-19 (SISCOVID-19); así como efectúe las acciones necesarias para su implementación. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución de Secretaría General en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUANA R. LÓPEZ ESCOBAR Secretaria General 1935915-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General para la contratación de sociedad de auditoría RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 062-2021-INDECI Lima, 15 de marzo del 2021VISTOS: El O fi cio N° 000333-2020-CG/GAD, de fecha 01 de octubre de 2020, emitido por la Contraloría General de la República; Informe de Opinión Presupuestal N° 063-2020-INDECI/4.0, de fecha 26 de octubre de 2020, el Memorándum N° 235-2021-INDECI/4.0 de fecha 11 de febrero de 2021, de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe N° 0060-2021-INDECI/6.2, de fecha 24 de febrero de 2021, de la O fi cina de Contabilidad de la O fi cina General de Administración; el Informe Legal N° 095-2021-INDECI/5.0, de fecha 05 de marzo de 2021, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; sus antecedentes; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido por la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD y el Decreto Supremo N° 002-2016-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, es un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, conformante del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD y responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31084, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, y mediante la Resolución Jefatural Nº 375-2020-INDECI del 28 de diciembre de 2020, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI correspondiente al Año Fiscal - 2021, a Nivel Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica del Gasto y Fuentes de Financiamiento;Que, mediante Ley N° 27785 se aprobó la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada parcialmente por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, señala que las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego; así como, del Jefe de la O fi cina de Administración y del Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; Que, asimismo, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución de titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto. La resolución del titular del pliego se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 369- 2019-CG, se aprueba el tarifario que establece el monto de retribución económica de las sociedades de auditoría, por período a auditar, que las entidades deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y el pago de las mismas; Que, con O fi cio de Vistos, la Contraloría General de la República, en el marco de la Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG, solicita se realice una transferencia fi nanciera del 50% de la retribución económica (incluido el IGV) del período auditado 2020, por el importe total según tarifario, del derecho de designación o supervisión de Sociedades de Auditoria; asimismo, indica que se debe adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2021, por el otro 50% de la retribución económica (incluyendo IGV), cuya transferencia fi nanciera debe efectuarse a más tardar el mes de enero del año 2021; Que, mediante Informe de Opinión Presupuestal N° 063-2020-INDECI/4.0, la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, en el marco de la normatividad presupuestal, emite opinión favorable para realizar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 38 284.50 (Treinta y Ocho Mil Doscientos Ochenta y Cuatro con 50/100 soles), cuyos recursos se encuentran en el presupuesto institucional del Pliego 0006: Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, en la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, asimismo mediante el Memorándum N° 235-2021-INDECI/4.0, la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto aprobó la CCP N° 000222-2021 por la suma de S/ 38 284.50 (Treinta y Ocho Mil Doscientos Ochenta y Cuatro con 50/100 Soles); Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar una transferencia fi nanciera por el monto señalado en el considerando precedente, a favor del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente al 50% de la retribución económica (incluido IGV) a la Sociedad Auditora, del período auditado 2020; Con la visación del Secretario General; del Jefe de la Ofi cina General de Administración; del Jefe de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31084 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Ley N° 29664 Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres -SINAGERD y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones