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51 NORMAS LEGALES Jueves 27 de mayo de 2021 El Peruano / en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu (www.sunedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.OSWALDO DELFIN ZEGARRA ROJAS Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1 Publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 7 de junio de 2018. 2 Los locales son: (SL01) ubicado en Acumulación de los Lotes N° 27, 27- A, 28, 28-A, 29, 29-A, 30, 31, 31-A, 32 y de la Ladera San Pascual de la lotización del Ex Fundo Ñaña, distrito Lurigancho-Chosica, provincia y departamento de Lima; Filial (F01L01) ubicado en Fundo Chullunquian Illapuso, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno; y, (F02L01), ubicado en Jr. Los Mártires N° 340, distrito de Morales, provincia y departamento de San Martín. 3 En el quinto punto resolutorio de la Resolución del Consejo Directivo N° 054-2018-SUNEDU/CD, se resolvió requerir a la Universidad lo siguiente: (i) Presente, antes del inicio del periodo académico 2018-II, 2019-I, 2019-II y 2020-I ante la Dirección de Licenciamiento, reportes del cumplimiento de las metas establecidas en el “Plan de adecuación del personal docente de la Universidad Peruana Unión a la Ley N° 30220”, respecto a los docentes que se encuentran en plazo de adecuación, debiendo comunicar adicionalmente las medidas que adoptará respecto de aquellos docentes que no cumplan a Julio del 2020, con los grados académicos pertinentes. (ii) Presente, previo al inicio del periodo académico 2018-II, ante la Dirección de Licenciamiento, un plan en el que se detalle sus objetivos y metas en investigación, en términos de publicaciones en revistas indexadas y aumento de docentes investigadores; y previo al inicio de los periodos académicos 2019-I, 2019-II y 2020-I, presente reportes con los avances en la ejecución del referido plan. (iii) Presente, previo al inicio del periodo académico 2018-II, ante la Dirección de Licenciamiento, un informe que evidencie las medidas y acciones adoptadas por la Universidad Peruana Unión respecto del cumplimiento de su Plan Estratégico Institucional 2014-2018-V2, las acciones adoptadas para su cumplimiento. 4 Publicada el 28 de agosto de 2020 en el Diario O fi cial “El Peruano”. 5 Se recti fi có la denominación del programa de Administración a “Administración con mención en gestión empresarial”, los locales donde se ofrece el programa de “Administración y Negocios Internacionales” de SL01 y F02L01 a SL01 y F01L01, la denominación del grado y título que otorga el programa de Enfermería, el título que otorgan los programas de “Ingeniería de Industrias Alimentarias”, “Maestría en Ingeniería de Sistemas” y “Educación Especialidad Educación Musical”; así como, las denominaciones de los programas de “Teología con Mención en Música”, “Teología con Mención en Psicología Pastoral”, “Teología con Mención en Sagradas Escrituras” y “Teología con Mención en Salud Pública” y los títulos que otorgan. 6 Posterior al otorgamiento del licenciamiento, la Dilic ha resuelto una (1) solicitud de modi fi cación de licenciamiento mediante Resolución de Consejo Directivo N° 033-2021-SUNEDU/CD del 15 de abril de 2021 donde se reconoce cambio de denominación de los programas, de los grados académicos y título profesional que otorgan tres (3) programas de estudio. 7 La Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD fue publicada el 14 de marzo de 2017 en el Diario O fi cial El Peruano. Sus modi fi caciones, mediante Resoluciones del Consejo Directivo N° 048-2018-SUNEDU/CD, N° 063-2018-SUNEDU/CD, N° 096-2019-SUNEDU/CD y N° 139-2019-SUNEDU/CD, fueron publicadas en el Diario O fi cial El Peruano los días 31 de mayo de 2018, 29 de junio de 2018, 23 de julio de 2019 y 31 de octubre de 2019, respectivamente. En adición a ello, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 105-2020-SUNEDU/CD, publicada el 25 de agosto de 2020 en el Diario O fi cial “El Peruano”, se incorporaron numerales a la RCD N° 008-2017-SUNEDU/CD, aplicables para solicitudes vinculadas a programas semipresenciales y a distancia. 8 Aprobado por Decreto Supremo N° 003-2016-MINEDU, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 459-2017-MINEDU, la Resolución de Consejo Directivo N° 003-2019-SUNEDU/CD, el Decreto Supremo N° 010-2020-MINEDU y la Resolución del Consejo Directivo N° 122-2020-SUNEDU/CD. 9 Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD. Artículo 31 .- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional: 31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional, pueden solicitar a la Sunedu la modi fi cación en los siguientes escenarios: (…) c) Creación de programa conducente a grados y títulos. - Si se pretende crear un programa conducente a grados y títulos que va a ser ofrecido en locales autorizados en la licencia institucional. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3,4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 17, 18, 19, 20, 26, 27, 28, 32, 33, 42 y 43 establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. (…)10 RTD N° 044691-2020-SUNEDU-TD. 11 Artículo 30.- Documentación y/o información a presentar por las universidades (…) 30.2 La documentación y/o información señalada en el numeral anterior solo constituyen requisitos de admisibilidad del procedimiento de modi fi cación de licencia institucional. En tal virtud, el cumplimiento formal de estos no implica, necesariamente, el mantenimiento de las condiciones básicas de calidad que dé lugar a aprobar la modi fi cación solicitada. 12 Presentado mediante RTD N° 04986-2021-SUNEDU-TD. 13 Presentado mediante RTD N° 08327-2021-SUNEDU-TD. 14 Presentado mediante RTD N° 014311-2021-SUNEDU-TD. 15 Presentado mediante RTD N° 016961-2021-SUNEDU-TD. 16 Presentado mediante RTD N° 018153-2021-SUNEDU-TD. 17 Información sobre: el personal técnico a participar en las pruebas de conectividad, personal responsable de las CBC, planos de distribución de arquitectura de los locales SL01, F01L01 y F02L01; además, los formatos de Licenciamiento A2, C3, C6 y C7. 18 Presentado mediante RTD N° 018253-2021-SUNEDU-TD del 16 de abril de 2021. 19 Presentado mediante RTD N° 020058-2021-SUNEDU-TD del 27 de abril de 2021. 20 Presentado mediante con RTD N° 021207-2021-SUNEDU-TD del 3 de mayo de 2021. 21 Presentado mediante con RTD N° 022154 -2021-SUNEDU-TD del 7 de mayo de 2021. 22 Las referidas reuniones se realizaron los días 3 de marzo, 30 de abril y 6 de mayo de 2021. 23 Formato presentado mediante RTD N° 044691-2020-SUNEDU-TD del 29 de diciembre del 2020. 1956763-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aceptan renuncia de Jueza titular del Juzgado de Paz Letrado de Atalaya, Distrito Judicial de Ucayali PRESIDENCIA DEL CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000049-2021-P-CE-PJ Lima, 26 de mayo del 2021VISTO:El proveído N° 002674-2021-SG-CS-PJ del Secretario General de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el cual remite la solicitud de renuncia presentada por la señora Andrea Isabel Calderón Pacahuala, Jueza titular del Juzgado de Paz Letrado de Atalaya, Distrito Judicial de Ucayali; con certi fi cación de fi rma ante Notario Público de Lima. CONSIDERANDO: Primero. Que la señora Andrea Isabel Calderón Pacahuala formula renuncia al cargo de Jueza titular del Juzgado de Paz Letrado de Atalaya, Distrito Judicial de Ucayali, por motivos personales; en el cual fue nombrada mediante Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura N.° 134-2014- CNM, de fecha 24 de junio de 2014. Segundo. Que el cargo de juez termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el numeral 3 del artículo 107º de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, por otro lado, la aceptación de la renuncia formulada por la recurrente no implica en modo alguno eximirla de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación y que se hubiera