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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (04/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Sábado 4 de setiembre de 2021 El Peruano / SE RESUELVE: Primero.- ACEPTAR el pedido de recti fi cación solicitado por la Universidad Ricardo Palma en relación con la denominación del programa y grado académico de los programas de estudios listados en los numerales 19 y 24 del “ANEXO N° 1” de la Resolución del Consejo Directivo N° 040-2016-SUNEDU/CD que otorgó la licencia institucional de la Universidad; y, en consecuencia, RECTIFICAR los errores materiales incurridos en la misma, en tal sentido, toda referencia a las denominaciones de los programas y grados académicos que otorgan los referidos programas de estudios, debe entenderse según se detalla a continuación: ANEXO N° 1 N°PROGRAMAS EXISTENTESGRADO ACADÉMICODENOMINACIÓN DEL GRADO ACADÉMICO (…) 19Maestría en ingeniería Informática con Mención en ingeniería de SoftwareMAESTROMaestro en Ingeniería Informática con Mención en Ingeniería de Software (…) 24Maestría en Salud Pública con Mención en Administración Hospitalaria y de Servicios de SaludMAESTROMaestro en Salud Pública con Mención en Administración Hospitalaria y de Servicios de Salud (…) Segundo. – ACEPTAR el pedido de modi fi cación de la denominación de la Especialidad: “ Cirugía de Cabeza, Cuello y Maxilofacial ” efectuada por la Universidad Ricardo Palma, listada en el número 37 del “ANEXO N° 1” de la Resolución del Consejo Directivo N° 013-2018-SUNEDU/CD del 31 de enero de 2018, mediante la cual se enmendó la omisión incurrida en el artículo 2 y en el Anexo N° 1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 040-2016-SUNEDU/CD mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad, conforme se detalla a continuación: ANEXO N° 1 N°DENOMINACIÓN DE LA SEGUNDA ESPECIALIDADTÍTULO QUE OTORGA (…) 37Especialidad: Cirugía de Cabeza, Cuello y MaxilofacialTítulo de Especialista en Cirugía de Cabeza, Cuello y Maxilofacial (…) Tercero .- REMITIR a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos copia de la presente resolución para los fi nes correspondientes. Cuarto .- NOTIFICAR la presente resolución a la Universidad, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario realizar el trámite correspondiente. QUINTO.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSWALDO DELFÍN ZEGARRA ROJAS Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1 Publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 31 de diciembre de 2016. 2 Ingresada mediante RTD N° 016063-2021-SUNEDU-TD. Dicha presentación fue realizada a través de O fi cio N° 0147-2021-SUNEDU-02-12, el cual fue noti fi cado mediante casilla electrónica a la Universidad el 29 de marzo de 2021.3 La Resolución del Consejo Directivo (en adelante, RCD) que otorgó el licenciamiento institucional a la Universidad fue materia de enmienda, modi fi cación y recti fi cación: i) RCD N° 013-2018-SUNEDU/CD del 31 de enero de 2018, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 7 de febrero de 2018, ii) RCD N° 050-2019-SUNEDU/CD del 25 de abril de 2019, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 27 de abril de 2019; y, iii) RCD N° 085-2020-SUNEDU/CD del 16 de julio de 2020, publicada en el diario ofi cial “El Peruano” el 18 de julio de 2020. 4 Ingresada mediante RTD N° 016063-2021-SUNEDU-TD. Dicha presentación fue realizada a través de O fi cio N° 0147-2021-SUNEDU-02-12, el cual fue noti fi cado mediante casilla electrónica a la Universidad el 29 de marzo de 2021. 5 Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. (…) Artículo 212.- Recti fi cación de errores (…) 212.1 Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. (…) 6 Ingresados mediante RTD N° 022817-2016-SUNEDU-TD del 5 de septiembre de 2016. 7 Ingresado mediante RTD N° 022817-2016-SUNEDU-TD del 5 de septiembre de 2016. 8 Ingresada mediante RTD N° 016063-2021-SUNEDU-TD del 5 de abril de 2021. 1988413-1 Aceptan pedido solicitado por la Universidad Seminario Bíblico Andino en relación con la denominación de diversos programas de estudio RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 095-2021-SUNEDU/CD Lima, 2 de setiembre de 2021VISTOS:La Resolución del Consejo Directivo N° 154-2019-SUNEDU/CD del 27 de noviembre de 2019, mediante la cual se denegó la licencia institucional de la Universidad Seminario Bíblico Andino (en adelante, la Universidad); los O fi cios N° 78-2020-USBA del 5 de octubre de 2020 y N° 031-2021-USBA del 3 de junio de 2021 presentados por la Universidad; y, el Informe N° 0830-2021-SUNEDU-02-12 del 24 de agosto de 2021 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic). CONSIDERANDO:1. Antecedentes El numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria establece como función del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) aprobar, denegar, suspender o cancelar las licencias para el funcionamiento del servicio de educación superior universitario bajo su competencia. El 29 de noviembre de 2019, se publicó en el Diario Ofi cial “El Peruano” la Resolución del Consejo Directivo N° 154-2019-SUNEDU/CD del 27 de noviembre de 2019, mediante la cual se denegó la licencia institucional a la Universidad, como resultado de la evaluación contenida en el Informe Técnico de Licenciamiento N° 047-2019-SUNEDU-02-12 del 13 de noviembre de 2019. El 6 de octubre de 2020, mediante O fi cio N° 78-2020- USBA 1, la Universidad realizó aclaraciones sobre la denominación de los programas de estudios: “ Teología en la especialidad de Formación Religiosa ”, “Teología en la especialidad de Literatura bíblica ”; y, “ Teología en la especialidad de Misiología ”, solicitando la recti fi cación de los errores materiales incurridos, recogidos en la Tabla N° 4 del Informe Técnico de Licenciamiento N° 047-2019-SUNEDU-02-12 señalado en el Segundo extremo resolutivo de la Resolución del Consejo