NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (04/09/2021)
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60 NORMAS LEGALES Sábado 4 de setiembre de 2021 El Peruano / ]âÜtwÉ atv|ÉÇtÄ wx XÄxvv|ÉÇxá 2.19. Sobre un segundo contrato de ejecución de obra con SERVIAL PERÚ (Contrato N° 001-2019-CHZ-A-ANCASH) alegado en el recurso de apelación, cabe indicar que, este no fue materia de la solicitud de vacancia presentada por causa de infracción a las restricciones de la contratación, por lo que no corresponde emitir pronunciamiento al respecto. 2.20. En vista de las consideraciones expuestas, al no veri fi carse el segundo elemento de la causa citada, puesto que no se ha acreditado la intervención del alcalde en la contratación de SERVIAL PERÚ, sobre la base de un interés propio o directo, resulta ino fi cioso continuar con el análisis del tercer elemento de la causa; y corresponde desestimar el recurso de apelación interpuesto. 2.21. La noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.9.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por don Víctor Mateo Bustamante Santos; y, en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo N° 006- 2020-MDM, del 12 de marzo de 2020, que desaprobó, por mayoría, la solicitud de vacancia presentada en contra de don Carlos David Sánchez Mendoza, alcalde de la Municipalidad Distrital de Marcará, provincia de Carhuaz, departamento de Áncash, por infracción a las restricciones de contratación, causa prevista en el numeral 9 del artículo 22, concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.2. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASRODRÍGUEZ MONTEZASANJINEZ SALAZARRODRÍGUEZ VÉLEZSánchez Corrales Secretario General (e) 1 Aprobado por Resolución N° 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario o fi cial El Peruano. 2 <https://prodapp2.seace.gob.pe/seacebus-uiwd-pub/buscadorPublico/ buscadorPublico.xhtml>. 3 La referida DJHV fue contrastada en la Plataforma Electoral del Portal Electrónico del Jurado Nacional de Elecciones: < https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/ListaDeCandidatos/DetalleHDV >. 4 <https://prodapp2.seace.gob.pe/seacebus-uiwd-pub/buscadorPublico/ buscadorPublico.xhtml>. 1987988-1