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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (22/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Viernes 22 de abril de 2022 El Peruano / GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República ACUERDO REGIONAL Nº 025-2022-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 19 de abril del 2022El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO:Que, los gobiernos regionales tienen autonomía política, economía y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo dispone el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993 modi fi cada por la Ley N° 27680 Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo 31° de la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización y el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala: que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que, con informe Nº 189-2022 GRA/ORPPOT-OPT, de fecha 18 de febrero, la o fi cina de presupuesto y tributario informa que se cuenta con disponibilidad presupuestal hasta por el monto de S/ 643,531.00, para el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 27785, respecto a la contratación de una Sociedad de Auditoria, ello conforme a la meta 0157, clasi fi cador de gastos 23.27.13.9, acorde a la certi fi cación de crédito presupuestario adjunta al expediente. Que, el informe N° 369-2022-GRA/ORAJ de la o fi cina de asesoría jurídica, da opinión favorable y recomienda que se eleve el presente informe y sus antecedentes al Consejo regional, solicitando se autorice al ejecutivo regional realizar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría para la realización de la auditoría fi nanciera gubernamental al Gobierno regional de Arequipa, por el importe de S/ 612,392.00 (seiscientos doce mil trecientos noventa y dos 00/100 soles), en razón a que el monto de S/ 31,139.00 (treinta y un mil ciento treinta y nueve 00/100 soles) es para efectuar el pago del 6% por concepto de designación, que se abona en caja de la Contraloría General” Por ello, y conforme a las facultades antes descritas, el Consejo Regional de Arequipa aprueba lo siguiente:ACUERDA: Primero.- AUTORIZAR al Ejecutivo Regional la transferencia fi nanciera por el importe total de S/ 643, 531.00 conforme al siguiente detalle; como retribución económica S/ 612,392.00 (seiscientos doce mil trecientos noventa y dos 00/100 soles), en razón a que el monto de S/ 31,139.00 (treinta y un mil ciento treinta y nueve 00/100 soles) es para efectuar el pago del 6% por concepto de designación, que se abona en caja de la Contraloría General. Segundo.- DISPONER que el presente Acuerdo Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Tercero.– DISPONER la publicación del Acuerdo Regional tanto en el Diario O fi cial “El Peruano”, una vez publicada en el Diario O fi cial, inmediatamente, esta se publique en la página web institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9° del Decreto Supremo N° 01-2009-JUS. POR TANTO:Regístrese y cúmplase.JOSÉ LUIS HANCCO MAMANI Presidente del Consejo Regional de ArequipaConsejo Regional 2059491-1 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Aprueban el Plan Estratégico Regional de Turismo - PERTUR PUNO 2021 - 2026 y declaran de necesidad pública e interés regional al Turismo como estrategia de desarrollo prioritaria, con efecto vinculante para los actores públicos y privados de la Región Puno ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2021-GRP-CRP APRUEBA EL PLAN ESTRATÉGICO REGIONAL DE TURISMO-PERTUR PUNO 2021-2026 Y DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL AL TURISMO COMO ESTRATEGIA DE DESARROLLO PRIORITARIA, CON EFECTO VINCULANTE PARA LOS ACTORES PÚBLICOS Y PRIVADOS DE LA REGIÓN PUNO EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PUNO VISTO:En Sesión Ordinaria de Consejo Regional, llevada a cabo el día jueves veintitrés de diciembre del año dos mil veintiuno, el Pleno del Consejo Regional ha aprobado la emisión de la Ordenanza Regional siguiente con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva, y CONSIDERANDO:Que, conforme establece el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo 2 de la Ley Nº 27867, texto normativo que señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal Que, de conformidad al artículo 13 de la Ley Nº 27867, modi fi cado por el articulo único de la Ley N29053, el