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74 NORMAS LEGALES Viernes 29 de abril de 2022 El Peruano / Callao - ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía funcional, económica y fi nanciera; Que, el literal s) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, señala que es una transferencia fi nanciera permitida entre entidades públicas, las que realice la ATU a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao, a fi n de dar cumplimiento a los compromisos pactados en los convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas; Que, conforme se establece en el numeral 16.2 del artículo 16 del referido marco, las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que hagas sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web; Que, mediante los Memorandos N° D-000433-2022- ATU/DFS, N° D-000442-2022-ATU/DFS y N° D-000443-2022-ATU/DFS, la Dirección de Fiscalización y Sanción - DFS remitió a la O fi cina de Administración - OA los Informes N° D-000596-2022-ATU/DFS-SF, N° D-000603-2022-ATU/DFS-SF y N° D-000604-2022-ATU/DFS-SF, elaborados por la Subdirección de Fiscalización de la DFS, a través de los cuales determinan los montos fi nales que corresponde transferir a las municipalidades distritales de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao con las cuales se celebraron convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas en el año 2022; Que, mediante los Memorandos N° D-000566-2022- ATU/GG-OA, N° D-000579-2022-ATU/GG-OA y N° D-000574-2022-ATU/GG-OA, la O fi cina de Administración - OA remitió a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto - OPP los Informes N° D-000609-2022-ATU/GG-OA-UT, N° D-000618-2022-ATU/GG-OA-UT y N° D-000616-2022-ATU/GG-OA-UT, elaborados por la Unidad de Tesorería de la OA, a fi n de solicitar la opinión favorable sobre la autorización de transferencia fi nanciera en favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao, hasta por la suma de S/ 230 300.64 (Doscientos Treinta Mil Trescientos y 64/100 Soles), correspondiendo el monto de S/ 64 472.65 (Sesenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Setenta y Dos y 65/100 soles) a la primera liquidación, el monto de S/ 88 576.00 (Ochenta y Ocho Mil Quinientos Setenta y Seis y 00/100 Soles) a la segunda liquidación y el monto de S/ 77 251.99 (Setenta y Siete Mil Doscientos Cincuenta y Uno y 99/100 Soles) a la tercera liquidación, en el marco del literal s) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31365 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, a través del Informe N° D-000049-2022-ATU/ GG-OPP-UP, la Unidad de Presupuesto de la OPP emite opinión favorable en materia presupuestal y considera que es necesario la transferencia fi nanciera en favor de las municipalidades, hasta por la suma de S/ 230 300.64 (Doscientos Treinta Mil Trescientos y 64/100 Soles), a fi n de garantizar el cumplimiento de los compromisos estipulados en los convenios referidos en los considerandos que anteceden; Con el visado de la Gerencia General, la Dirección de Fiscalización y Sanción, la O fi cina de Administración, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobada mediante Decreto Supremo N° 003-2019-MTC y, la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” , aprobada por Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de las Municipalidades Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 203: Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU hasta por la suma total de S/ 230 300.64 (Doscientos Treinta Mil Trescientos y 64/100 Soles), correspondiendo el monto de S/ 64 472.65 (Sesenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Setenta y Dos y 65/100 Soles) a la primera liquidación, el monto de S/ 88 576.00 (Ochenta y Ocho Mil Quinientos Setenta y Seis y 00/100 Soles) a la segunda liquidación y el monto de S/ 77 251.99 (Setenta y Siete Mil Doscientos Cincuenta y Uno y 99/100 Soles) a la tercera liquidación; a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao con las cuales se celebraron convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas en el año 2022, conforme a lo establecido en el literal s) del numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley Nº 31365 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 y a los anexos adjuntos que forman parte de la presente resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada por la presente Resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 203: Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, en la Fuente de Financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudados, Unidad Ejecutora 001-1717: Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, Categoría Presupuestal 9001 Acciones Centrales, Producto: 3999999 Sin Producto, Actividad: 5000003 Gestión Administrativa, Finalidad: 1717: Gestión Administrativa, especí fi cas del gasto 2.4.2.3.1.4 “A Otras Entidades Públicas” por la suma de S/ 230 300.64 (Doscientos Treinta Mil Trescientos y 64/100 Soles). Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos en el portal web institucional de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU (www.atu. gob.pe) y en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Presidenta Ejecutiva ANEXO 1 – DETALLE DE LA PRIMERA LIQUIDACIÓN A FAVOR DE LAS MUNICIPALIDADES N° MUNICIPALIDAD% TRANSFE- RENCIAIMPORTE POR TRANSFERIR A MUNICIPALI- DADESREBAJAMONTO A TRANS- FERIR REBAJADO 1 CARABAYLLO 70.00% 1,204.00 1,204.00 2 CHORRILLOS 70.00% 301.00 301.00 0.003 COMAS 70.00% 376.25 371.50 4.754 JESUS MARIA 50.00% 2,626.25 215.00 2,411.255 LA MOLINA 70.00% 5,589.50 301.00 5,288.506 LA VICTORIA 70.00% 2,173.50 2,173.50