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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (17/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 108

108 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de agosto de 2022 El Peruano / para la Fase l, al Presupuesto 2019 de la CGR por parte del OCI. 1.4 Veri fi car las transferencias fi nancieras aprobadas y ejecutadas por las Entidades, al Presupuesto 2019 de la CGR. (…)”. Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 520- 2018-CG, de 15 de noviembre de 2018, se aprobó la Directiva Nº 011-2018-CG/GPL, “Directiva para la implementación de la incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”, que tiene por fi nalidad establecer las reglas para el proceso de incorporación progresiva de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y el Sistema Nacional de Control, que permita el ejercicio oportuno, efectivo y e fi ciente del control gubernamental. Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 278- 2019-C, de fecha 18 de setiembre de 2019, se aprobó la modi fi cación de la Directiva Nº 011-2018-CG/GPL, “Directiva para la implementación de la incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República” c) Régimen laboral especial del Decreto Legislativo Nº 1057. Las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades; asimismo, podrán continuar renovando las contrataciones realizadas en el marco del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, hasta la incorporación del OCI. (…) Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 088- 2021-CG, de fecha 26 de marzo del 2021 Incorporan al Órgano de Control del Gobierno Regional de Tacna, a la Contraloría General de la República, señala: “(…) Artículo 4. Corresponde a los titulares de las entidades, cuyos Órganos de Control Institucional se detallan en el artículo 1 de la presente Resolución, realizar las acciones que correspondan respecto de los contratos administrativos de servicios, de acuerdo a lo previsto en la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, y la Ley Nº 31131, Ley que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales del Sector Público. Que, mediante O fi cio Nº 326-2021-CG/GDEE, de fecha 26 de octubre de 2021, emitido por la Gerencia de Diseño y Evaluación Estratégica del Sistema Nacional de Control de la Contraloría General de República se señala: “(…) a) se solicita por única vez realizar la transferencia fi nanciera a favor de la CGR, por el monto de S/. 127,792.00 (ciento veintisiete mil setecientos noventa y dos con 00/100 soles), según el Cuadro Nº 1 con cargo al Presupuesto Institucional de Apertura del ejercicio 2021, cuyo monto debe ser transferido como máximo al 18 de noviembre del 2021 (…)”. Que, con Memorándum Nº 353-2022-GR/GOB. REG.TACNA, de fecha 28 de marzo del 2022, emitido por Gobernación Regional, dispone que se informe documentalmente lo solicitado por el Órgano de Control Institucional. Que, mediante el Informe Nº 239-2022-GRA-SGRH/ GOB.REG.TACNA, de fecha 01 de abril del 2022, emitido por la Sub Gerencia de Recursos Humanos, señala que con el Informe Nº 1036-2021-GRA-SGRH/GOB.REG.TACNA, de fecha 12 de noviembre del 2021, se ha dado la atención a lo solicitado por la Contraloría General de República. Que, con O fi cio Nº 910-2022-SGPRE-GRPPAT/ GOB.REG.TACNA, de fecha 06 de abril del 2022, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial remite la información solicitada respecto a la transferencia fi nanciera en el marco de la Ley Nº 30742, señalando: “(…) Que, al efectuarse la nota de modi fi cación presupuestaria Nº 1554 por el importe de S/ 67,687.40(sesentay cuatro mil seis cientos ochenta y siete con 40/100 soles) soles en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF) – Operaciones en Línea (adjunto reporte); la nota fue rechazada automáticamente, con el siguiente mensaje: NOTA HA SIDO OBSERVADA DEBIDO A QUE TIENEN CLASIFICADORES PRESUPUESTARIOS RESTRINGIDOS REVISE EL REPORTE CORRESPONDIENTE, en tal sentido este Despacho se ha visto imposibilitado de efectuar la transferencia fi nanciera ya que no contaba con el marco legal que exceptúa de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en la Ley del Presupuesto. (…)”. Que, con O fi cio Nº 1600-2022-SGPRE-GRPPAT/ GOB.REG.TACNA, de fecha 30 de junio del 2022, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, señala: “(…) Bajo dicho contexto dentro de las atribuciones que le competen a este Despacho en matera estrictamente presupuestal se procedió a evaluar el Presupuesto Institucional del presente año 2022, determinándose que se cuenta con disponibilidad presupuestal por el importe de S/. 127,792.00 (ciento veintisiete mil setecientos noventa y dos con 00/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios. (…). En este sentido se emite Opinión favorable de disponibilidad presupuestal por el importe de S/ 127,792.00 (ciento veintisiete mil setecientos noventa y dos con 00/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, para fi nanciar la trasferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, a fi n de fi nanciar la incorporación progresiva de los Órganos de Control Institucional (OCI) a la Contraloría General de la República. (…)”. Que, con Opinión Legal Nº 768-2022-GRAJ/GOB. REG.TACNA, de fecha 01 de julio del 2022, emitido por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna señala: “(…) IV. CONCLUSIONES.- Estando a lo expuesto, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica OPINA que resulta PROCEDENTE autorizar la Transferencia Financiera en favor de la Contraloría General de la República, por el importe de S/ 127,792.00 (ciento veintisiete mil setecientos noventa y dos con 00/100 soles), a fi n de efectuar la incorporación progresiva de los Órganos de Control Institucional (OCI) a la Contraloría General de la República. V. RECOMENDACIONES.- Se recomienda que la presente y sus actuados sean derivados a la Presidencia del Consejo Regional (…)”. Que, mediante Informe del Asesor de Comisión Nº 018-2022-MOUV-COPPyAT-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 20 de julio de 2022, en atención a los fundamentos expuestos y la documentación que se adjunta, esta Asesoría de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, considera que es PROCEDENTE: AUTORIZAR la Transferencia Financiera en favor de la Contraloría General de la República, por el importe de S/127,792.00 (ciento veintisiete mil setecientos noventa y dos con 00/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinario, a fi n de fi nanciar la incorporación progresiva de los Órganos de Control Institucional (OCI) a la Contraloría General de la República. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 019-2022-COPPyAT-CR, de fecha 20 de julio de 2022, sobre: “AUTORIZAR la Transferencia Financiera en favor de la Contraloría General de la República, por el importe de S/ 127,792.00 (ciento veintisiete mil setecientos noventa y dos con 00/100 soles) en el marco de la Ley Nº 30742 - Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, a través del Oficio Nº 045-2022-COPPyAT-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha de recepción 22 de julio de 2022, en Sesión Extraonaria, de fecha 08 de agosto de 2022. Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno del Consejo Regional de Tacna, por mayoría en Sesión Extraordinaria (Realizada en forma prensecial) de la fecha, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 31433, y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, el Pleno del Consejo Regional;