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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (21/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 115

115 NORMAS LEGALES Domingo 21 de agosto de 2022 El Peruano / asimismo de la veri fi cación de los centros de labores del referido candidato se aprecia que laboró en la ciudad de lima hasta el año 2020, por lo cual, no se habría cumplido con acreditar el domicilio en el distrito Abelardo Pardo Lezameta. 2.13. En consecuencia, las observaciones realizadas por el JEE, resultan insubsistentes; a excepción del extremo referido a don Cristian Harry Ostos Solis, candidato a alcalde; en consecuencia, corresponde estimar en parte el recurso impugnatorio contra la resolución recurrida, por las consideraciones aquí expuestas. 2.14. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. Declarar FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación presentado por don Gian Marco Carrión Bardales, personero legal titular de la organización política Partido Democrático Somos Perú; en consecuencia: a. NULO lo actuado desde la Resolución Nº 00038-2022-JEE-BLSI/JNE, del 18 de junio de 2022, en el extremo que declaró inadmisible la inscripción de don Jorge Emerson Jara Retuerto, doña Xiomara Diany Cadillo Alejos, don Luis Emilio Ortega Aldave, doña Brigit Ivon Balabarca Dextre y don Bruno Noel Alejos, candidatos a regidores para el Concejo Distrital de Abelardo Pardo Lezameta, provincia de Bolognesi, departamento de Áncash; y, DISPONER que el Jurado Electoral Especial de Bolognesi continúe con el trámite correspondiente respecto a la solicitud de inscripción de la lista. b. CONFIRMAR la Resolución Nº 00281-2022-JEE- BLSI/JNE, del 22 de julio de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Bolognesi, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de inscripción de don Cristian Harry Ostos Solis, candidato a alcalde para la Municipalidad Distrital de Abelardo Pardo Lezameta, provincia de Bolognesi, departamento de Áncash, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Aprobado por la Resolución Nº 0943-2021-JNE, del 14 de diciembre de 2021. 2 Aprobado mediante la Resolución Nº 0069-2022-JNE, publicada el 5 de febrero de 2022, en el diario o fi cial El Peruano. 3 Aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano. 2097730-1Resuelven recurso de apelación en contra de la Resolución N° 293-2022-JEE-AND/JNE RESOLUCIÓN Nº 2342-2022-JNE Expediente Nº ERM. 2022024399 LOS CHANKAS - CHINCHEROS - APURIMACJEE ANDAHUAYLAS (ERM. 2022016484)ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022APELACIÓN Lima, dos de agosto de dos mil veintidós VISTO : en audiencia pública virtual del 31 de julio de 2022, debatido y votado en la fecha, el recurso de apelación presentado por doña Bertha Valverde Villafuerte, personera legal titular del Partido Político Nacional Perú Libre (en adelante, señora recurrente), en contra de la Resolución Nº 293-2022-JEE-AND/JNE, del 11 de julio de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Andahuaylas (en adelante, JEE), en el extremo que declaró improcedente las candidaturas de don Deivis Pillaca Cabrera, como candidato a alcalde, de don Alex De La Cruz Loayza, como candidato a regidor N°1, (en adelante, el señor candidato N°1), de doña Jenny Torre Torres, como candidata a regidora N°2 (en adelante, la señora candidata N°2), de don Glicerio Limaco Carpio como candidato a regidor N°3, (en adelante, el señor candidato N°3), de doña, Doris Herrera Najarro como candidata a regidora N°4 (en adelante, la señora candidata N°4) y de don Jimmy Laura Lozano como candidato a regidor N°5, (en adelante, el señor candidato N°5), para el Concejo Distrital de Los Chankas, provincia de Chincheros, departamento de Apurímac, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. Oído: el informe oral . PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. La Resolución Nº 98 -2022-JEE-ANDA/JNE, del 28 de junio de 2022, declaró inadmisible la lista de candidatos, observando que, el Formato Único de Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV), el Anexo 1 -declaración jurada de consentimiento de participación en las elecciones municipales y de la veracidad del contenido del formato único de declaración jurada de hoja de vida-y Anexo 2 -Declaración de no tener deuda de reparación civil- no cuenta con fi rma digital de personero legal de la Organización Política, así como no acreditan con documento de fecha cierta, haber nacido o domiciliar en el distrito donde postulan, cuando menos dos años continuos. 1.2. El 03 de julio de 2022, la señora recurrente presentó el escrito de subsanación, adjuntando las DJHV y los anexos 1 y 2 fi rmados por el Personero Legal del Partido Político Nacional Perú Libre. 1.3. Con la resolución del visto, el JEE declaró improcedente la inscripción de la lista de candidatos, ya que no adjuntaron el documento que acredite el domicilio de todos los candidatos por más de dos años, en el distrito donde postulan, además que en el caso del candidato a regidor N°1, no se adjuntó su DJHV, Anexo 1 y 2 con fi rma digital de personero legal de la Organización Política. SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS2.1. El 20 de julio de 2022, la señora recurrente interpuso recurso de apelación en contra de la Resolución Nº 293-2022-JEE-AND/JNE, solicitando que se admita la inscripción de la lista de candidatos, señalando lo siguiente: a. En cuanto a la fi rma del personero legal en la DJHV, el Anexo 1 y 2 del candidato regidor N°1, si se ha cumplido con consignarla. b. En relación al domicilio, se precisa que el distrito de los Chankas es un distrito creado con la Ley N°30455, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 14 de junio de 2016, por lo que ningún candidato consigna lugar de