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68 NORMAS LEGALES Domingo 4 de diciembre de 2022 El Peruano / soliciten con el propósito de participar como candidatos en las ERM 2022. De tal forma, el numeral 3 de la parte resolutiva determinó: […] 3.3. La expedición de credenciales provisionales debe solicitarse al Jurado Nacional de Elecciones en el plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la presentación de la solicitud de licencia. […] En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones 3 (en adelante, Reglamento) 1.7. El artículo 16 contempla: Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. […] SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, con el O fi cio Nº 335-2022-MDQ/K, se comunicó al JNE que, el 6 de junio del año en curso, el señor alcalde solicitó licencia sin goce de haber, para que se efectivice desde el 2 se setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, debido a su intención de participar como candidato en las ERM 2022. 2.2. Dicha solicitud sin goce de haber fue concedida por los miembros del Concejo Distrital de Quisqui, conforme al Acuerdo de Concejo Nº 051-2022-MDQ-K/CM, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.5.), el periodo de licencia abarcará desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de la elección, como establece el literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la LEM (ver SN 1.2.). 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del mencionado concejo distrital y de acuerdo con lo establecido en la LOM (ver SN 1.3.) y en la Resolución Nº 0919-2021-JNE (ver SN 1.6.), corresponde que este órgano electoral convoque a don Gregorio Urbano Ponce Raymundo, identi fi cado con documento nacional de identidad (DNI) Nº 22500864, primer regidor hábil de su propia lista electoral, para que asuma temporalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Quisqui hasta el 2 de octubre de 2022. 2.5. Adicionalmente, corresponde convocar a doña Astrid Verenisse Gonzales Martel, identi fi cada con DNI Nº 77337181, regidora inscrita no proclamada de la organización política Movimiento Político Hechos y No Palabras, para que asuma temporalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Quisqui hasta el 2 de octubre de 2022. 2.6. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Quisqui, provincia y departamento de Huánuco, del 5 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huánuco, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.7. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse, según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Félix Ascencio Chávez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Quisqui, provincia y departamento de Huánuco, hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a don Gregorio Urbano Ponce Raymundo, identi fi cado con DNIº 22500864, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Quisqui, provincia y departamento de Huánuco, hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. CONVOCAR a doña Astrid Verenisse Gonzales Martel, identi fi cada con DNI Nº 77337181, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Quisqui, provincia y departamento de Huánuco, hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2131649-1 Convocan a ciudadana para que asuma, provisionalmente, el cargo de consejera del Consejo Regional de Tacna RESOLUCIÓN Nº 03928-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022090056 TACNALICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATOS NO PROCLAMADOS Lima, veintiséis de setiembre de dos mil veintidósVISTO : la Resolución Nº 03779-2022-JNE, publicada el 8 de setiembre de 2022 y el O fi cio Nº 057-2022-P- CR/GOB.REG.TACNAC, del 19 de setiembre de 2022, presentado por don Arnold Condori Cutipa, presidente del Gobierno Regional de Tacna. ANTECEDENTES 1.1. Mediante la Resolución Nº 03779-2022-JNE, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones resolvió, entre otros, dejar sin efecto, de manera provisional, la credencial otorgada a doña Luz Delia Huancapaza Cora, consejera regional del Consejo Regional de Tacna, hasta el 2 de