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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (04/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Domingo 4 de diciembre de 2022 El Peruano / - Área del terreno: es de 3,414.78 m2. - Valor Sugerido: en Dólares Americanos US$ 4,661,174.70 equivalente a S/ 18,076,033.49 (Tipo de cambio S/ 3.878). - Valor Arancelario (terreno): en Dólares Americanos US$ 903,746.37 equivalente a S/ 3,504,728.41 (Tipo de cambio S/ 3.878). b) Partida N° 07013992: - Titular registral: Banco de la Nación. - Ubicación registral: frente al Parque Universitario, Av. Nicolás de Piérola, Cercado de Lima. - Sin cargas, ni gravámenes - Uso actual; Parque - Parque de la Cultura, a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima. - Área del terreno: es de 7,088.75 m2. - Valor Sugerido: en Dólares Americanos US$ 5,529,225.00 equivalente a S/ 21,442,334.55 (Tipo de cambio S/ 3.878). - Valor Arancelario (terreno): en Dólares Americanos US$ 1,105,105.14 equivalente a S/ 4,285,597.74 (Tipo de cambio S/ 3.878). Que, la Gerencia General de la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima - EMILIMA S.A., a través del O fi cio N° 001455-2022-EMILIMA-GG de fecha 30 de setiembre de 2022, remite a la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional de la Municipalidad Metropolitana de Lima el Informe N° 001510-2022-EMILIMA-GGI-SGSRU, de fecha 30 de setiembre de 2022, emitido por la Subgerencia de Saneamiento y Renovación Urbana de la Gerencia de Gestión Inmobiliaria de la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima - EMILIMA S.A., a través del cual señala que se cautelará adecuadamente que, al momento de suscripción de la minuta y escritura de donación, la Gerente General de EMILIMA S.A., solo pueda suscribir con el funcionario del Banco de la Nación que cuente con las facultades expresas otorgadas por su entidad, bajo responsabilidad funcional; Que, la Gerencia de Plani fi cación a través del Memorando N° D000794-2022-MML-GP, de fecha 10 de octubre de 2022 remite a la Gerencia de Asuntos Jurídicos el Informe N° D000174-2022-MML-GP-SCTI de fecha 5 de octubre de 2022 a través del cual la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional concluye lo siguiente: i) Mediante el Informe N° 000122-2022-EMILIMA-GGI/SGSRU/FOMUR, elaborado por la Sub Gerencia de Saneamiento y Renovación Urbana de la Gerencia de Gestión Inmobiliaria, remitido por la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima S.A, da su conformidad a la donación de la referencia señalando que «De otro lado, justi fi camos la aceptación de la donación de estos dos predios, toda vez que acorde a lo expresado por la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada, el Plan Maestro del Centro Histórico de Lima al 2019 con visión al 2035, ha previsto la implementación de estacionamientos subterráneos en el Parque de la Cultura coadyuvando a los planes de peatonalización y restricción vehicular en este espacio de la ciudad. Debemos señalar que de concretarse la iniciativa privada de estacionamientos en cualquiera de esos dos predios materia de donación, será procedente el reconocimiento del 50% de los ingresos netos a favor del Banco de la Nación conforme a lo estipulado en el artículo 18 de la Ley N° 31367, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2022, por lo que estimamos que debe consignarse en la minuta de donación a suscribirse». Emitiendo su opinión favorable. ii)La transferencia a título gratuito (entiéndase donación) de los dos (02) predios de propiedad de Banco de la Nación a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumple con los lineamientos señalados en la Directiva Nº 002-202MML-GP, concordante en lo que fuera pertinente con la Directiva Nº 0002-2021-EF/54.01. iii) De conformidad con el literal d del numeral 6.2.2 de la Directiva, corresponde elevar el expediente administrativo a la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización – CMAEO, para continuar con el respectivo trámite. Que, mediante Resolución Directoral Nº 0009- 2021-EF/54.01 se aprobó la Directiva Nº 0002-2021-EF/54.01 “Directiva que regula los actos de adquisición y disposición fi nal de bienes inmuebles”, la cual dispone en su Novena Disposición Complementaria Final que las entidades públicas que por Ley cuenten con disposiciones especí fi cas para la aprobación de actos de disposición fi nal de bienes inmuebles, aplican dichas disposiciones y lo previsto en la presente Directiva en lo que fuere pertinente; Que, la Directiva Nº 002-2020-MML/GP “Normas y procedimientos para tramitar donaciones a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima” aprobada mediante Resolución de Gerencia Municipal Metropolitana Nº 026-2020- MML/GMM de fecha 10 de febrero del 2020 y recti fi cada mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 036-2020-MML/GMM (en adelante Directiva MML), tiene por objeto establecer las normas y procedimientos administrativos para la recepción, aceptación, registro, distribución, aprobación y reporte de las donaciones que se realicen a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima por donantes públicos y/o privados, nacionales y/o internacionales; Que, el literal f) del numeral 6.2.2 de la Directiva Municipalidad Metropolitana de Lima que (…) en caso la donación se apruebe por Acuerdo de Concejo, éste será remitido a EMILIMA S.A. por la Secretaria General del Concejo para su inscripción en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; en ese sentido, corresponde a EMILIMA S.A., efectuar las acciones necesarias para la correspondiente inscripción de los predios a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el numeral 5.5.3 de la Directiva de la Municipalidad Metropolitana de Lima, establece que en caso de las donaciones iguales o mayores a 05 UIT, la Secretaría General del Concejo, dispondrá la publicación del Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial “El Peruano”; en ese sentido, siendo que los inmuebles materia de transferencia a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima supera una (01) UIT, resulta necesaria la publicación del Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial El Peruano; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos a través del Informes N° D001135-2022-MML-GAJ de fecha 17 de octubre de 2022, concluye, entre otros, que resulta conforme a la normativa vigente que el Concejo Municipal acepte la transferencia por parte del Banco de la Nación, a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, consistente en los dos (02) inmuebles descritos en el numeral 3.2 del presente informe, cuyas características se encuentran detalladas en la Tasación adjunta a la Carta N° 187-2022-BN/2639, emitido por el Banco de la Nación; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los Artículos 9 y 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de: Asuntos Económicos y Organización y de Asuntos Legales, en sus Dictámenes N° 084-2022-MML/CMAEO y 060-2022-MML-CMAL, ambas de fecha 03 de noviembre de 2022; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ:Artículo 1.- Aceptar, en virtud a lo dispuesto en el Artículo 18 de la Ley 31367, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2022, la transferencia a título gratuito (donación) a favor a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, consistente en dos (02) predios de propiedad del Banco de la Nación ubicados en el Cercado de Lima: a) Inmueble ubicado en la esquina formada por el Jirón (Avenida) Nicolás de Piérola y el Jirón (Avenida) Lampa (hoy Plaza de la Democracia), distrito de Cercado, Provincia y Departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N° 49067769 del Registro de Predios, Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, cuyo valor arancelario (terreno) asciende a US$ 903,746.37 (Novecientos Tres Mil Setecientos Cuarenta y Seis con 37/100 Dólares Americanos), equivalentes a S/