Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (05/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Sábado 5 de febrero de 2022 El Peruano / lo que, para este tipo de supuestos se hace imperativo implementar mecanismos idóneos y e fi caces que le otorguen celeridad a los procesos, contribuyendo efi cientemente a la misión de las FFAA y PNP; Que, la Directiva Nº 016-2021-FMP/SR-FS o “Directiva Única de Funcionamiento Operativo del Fuero Militar Policial”, aprobada mediante Resolución Administrativa Nº 074-2021-FMP/SR-FS del 18 de agosto de 2021, tiene por fi nalidad darle celeridad a los procesos en el Fuero Militar Policial. No obstante, dentro del universo de procesos penales militares policiales, existen algunos que es necesario priorizar por su relevancia institucional; Que, a efecto de optimizar la labor jurisdiccional y fi scal en las investigaciones de los delitos de mayor gravedad por afectar directamente el cumplimiento de los fi nes constitucionales de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, resulta necesario crear un grupo operativo que coadyuve a la aceleración de los procesos, sin afectar derechos individuales; Que, en sesión del 27 de enero de 2022, el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, a propuesta de su Presidente, acordó crear el “Grupo Operativo de Acción Rápida del Fuero Militar Policial”, GOAR - FMP, con la fi nalidad de culminar, de manera oportuna, los procesos que, por su naturaleza prioritaria, deben ser resueltos con la celeridad y la justicia que la Nación demanda; De conformidad con los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 1) del artículo 23° del Reglamento de la Ley N° 29182; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CREAR el “Grupo Operativo de Acción Rápida del Fuero Militar Policial”, GOAR-FMP, para otorgarle efectividad, e fi ciencia y celeridad a los procesos prioritarios por afectar gravemente la existencia, organización, operatividad, funciones, imagen, valores, integridad y disciplina de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, tanto en tiempo de paz como en situaciones de emergencia o de confl icto armado, a cargo de los órganos jurisdiccionales y fi scales militares policiales, a nivel nacional. Artículo 2°.- ESTABLECER que los procesos prioritarios a que se contrae el artículo precedente, tendrán una duración máxima, desde su inicio hasta la sentencia fi nal de la Sala Suprema Revisora, de sesenta (60) días, bajo responsabilidad de todos los elementos operativos y administrativos involucrados. Artículo 3°.- DISPONER que los elementos operativos y administrativos del Fuero Militar Policial proporcionen los recursos humanos y logísticos, para que el GOAR cumpla su función dentro de los plazos perentorios inherentes a su naturaleza. Artículo 4°.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en la Plataforma Digital del Estado (www.peru.gob.pe) y en la página web del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ALONSO LEONARDO ESQUIVEL CORNEJO Presidente del Consejo Ejecutivodel Fuero Militar Policial 2036448-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban expedición de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Arquitectura a egresada de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 0033 Lima, 5 de enero de 2022Visto el Expediente STDUNI N° 2021-107881 presentado por la señora DALILA BEATRIZ PLASENCIA EZAINE quien solicita duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Arquitectura; CONSIDERANDO:Que, la señora DALILA BEATRIZ PLASENCIA EZAINE identi fi cada con DNI N° 06008613 egresada de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado, de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Arquitectura; por pérdida, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral N° 0122, del 18 de enero del 2008, modi fi cado por Resolución Rectoral N° 1685 del 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe N° 313-2021-UNI/SG/UGyT de fecha 14.12.2021, precisa que el diploma de la señora DALILA BEATRIZ PLASENCIA EZAINE se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres N° 5, página 151, con el número de registro 16565-B; Que, la Comisión Académica del Consejo Universitario, en su Sesión Virtual N° 23-2021, realizada el 20 de diciembre del 2021, previa revisión y verifi cación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Arquitectura a la señora DALILA BEATRIZ PLASENCIA EZAINE, Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su sesión extraordinaria Virtual N° 16 de fecha 30 de diciembre del 2021, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el art. 25° del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Arquitectura a la siguiente egresada de la Universidad, anulándose el diploma otorgado anteriormente: N° Apellidos y NombresCon mención enFecha de Otorgamiento del Diploma 1PLASENCIA EZAINE, Dalila BeatrizArquitectura 27.08.1993 Regístrese, comuníquese y archívese PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA Rector 2035193-1 Aprueban expedición de duplicado de diplomas de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil y de Título Profesional de Ingeniero Civil otorgados por la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 0045 Lima,10 de enero de 2022