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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (05/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Sábado 5 de febrero de 2022 El Peruano / 052: Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace; Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, conforme a la norma legal citada en párrafo precedente, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiéndose publicar dicha resolución en el diario o fi cial El Peruano; Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, mediante la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, entre otras, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, con O fi cio Nº 000001-2022-CG/GAD, la Contraloría General de la República solicita realizar una transferencia de recursos con cargo al presupuesto institucional 2022 del Senace, precisando que por el 100% de la retribución económica (incluyendo el IGV) debe efectuarse una transferencia fi nanciera equivalente a S/ 36 250,00 (treinta y seis mil doscientos cincuenta con 00/100 soles) por cada período auditado; y, que el 6% por derecho de designación o supervisión de sociedades de auditoría por los períodos 2020, 2021 y 2022, equivalente a S/ 5 529,00 (cinco mil quinientos veintinueve con 00/100 soles), que deben depositarse en la Cuenta Nº 0000282758 del Banco de la Nación a favor de la Contraloría General de la República; Que, mediante Memorando Nº 00099-2022-SENACE- GG/OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto remite a la O fi cina de Administración el Informe Nº 00005-2022-SENACE-GG-OPP/PRE, a través del cual señala que el Pliego 052: Senace dispone de los recursos presupuestales en la fuente de fi nanciamiento 1-00 Recursos Ordinarios (Nota Nº 71-2021), hasta por la suma de S/ 72 500.00 (setenta y dos mil quinientos con 00/100 soles), para la transferencia fi nanciera de recursos a favor de la Contraloría General de la República, destinados a fi nanciar los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría de los periodos auditados 2020 y 2021, conforme señala la Ley Nº 27785, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, modi fi cada por la Ley Nº 30742. Asimismo, respecto a la ejecución de auditoria para el periodo 2022 se indica que se garantiza la provisión de recursos presupuestarios en el presupuesto institucional para el ejercicio fi scal 2023; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar una transferencia fi nanciera de recursos con cargo al Presupuesto Institucional 2022 del pliego 0052: Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles a favor del pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 72 500.00 (setenta y dos mil quinientos y 00/100), con la fi nalidad de fi nanciar la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Senace, correspondiente a los periodos auditados 2020 y 2021, en el marco de lo establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 27785; Con el visado de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Programación y Presupuesto, de la O fi cina de Administración, de la Unidad de Contabilidad y Control Previo, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27785, que aprueba el presupuesto del sector público para el año fi scal 2022; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley Nº 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles-Senace; el Decreto Legislativo Nº 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación Ambiental; y, el Decreto Supremo Nº 009-2017-MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Senace. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 72 500.00 (setenta y dos mil quinientos y 00/100), para fi nanciar la retribución económica derivada de la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Senace, para los periodos 2020 y 2021. Artículo 2.- La transferencia fi nanciera autorizada por la presente Resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 052: Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, en la Fuente de Financiamiento 1-00 Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001: Administración – Senace (001534), Programa 9001 Acciones Centrales, Producto 3999999 Sin Producto, Actividad 5000003 Gestión Administrativa, especí fi cas del gasto 2.4. 1 3. 1 1 “Otras unidades del gobierno nacional”. Artículo 3.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”; y, en la misma fecha, en el portal Institucional del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace (https://www.gob.pe/senace). Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBERTO MARTÍN BARANDIARÁN GÓMEZ Presidente Ejecutivo 2036630-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto designaciones y designan Fedatarios Institucionales de la Intendencia Nacional de Administración RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS N° 000018-2022-SUNAT/800000 DEJAN SIN EFECTO DESIGNACIONES Y DESIGNAN FEDATARIOS INSTITUCIONALES TITULAR Y ALTERNO DE LA INTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN Lima, 3 de febrero de 2022