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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2022 (03/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Domingo 3 de julio de 2022 El Peruano / DE SARIN - PROVINCIA DE SANCHEZ CARRION - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modi fi catorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, los literales a) y d) del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modi fi car o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados fi nancieros y Presupuestarios; Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”; Que, el literal l) del numeral 16.1 del Artículo 16° de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, respecto a las transferencias fi nancieras permitidas durante el Año Fiscal 2022 autoriza de manera excepcional, las transferencias necesarias para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, y de desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2022, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado; Que, complementariamente a lo referido en el párrafo precedente, el numeral 16.2 de la disposición antes indicada, precisa: “Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web”; Que el artículo 76° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; los cuales son destinados para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, con O fi cio N° 127-2022-MPSC/A, de fecha 11 de mayo de 2022, emitido por el alcalde provincial de Sánchez Carrión, dirigido al Gobernador Regional de La Libertad, se remite el proyecto de convenio de inversión a través de transferencia de recursos fi nancieros respecto del proyecto de inversión “Mejoramiento del servicio de Educación Inicial en la I. E. N° 80218/A1-P-EPM, caserío de Cochas del Distrito de Sarin- provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad”, con CUI N.° 2472942; Que, mediante Informe N° 19-2022-YBPB, de fecha 16 de mayo de 2022, emitido por el economista de la Subgerencia de Estudios De fi nitivos, Yosimar Becker Polo Blas, concluye que el proyecto “Mejoramiento del servicio de Educación Inicial en la I. E. N° 80218/A1-P- EPM, caserío de Cochas del Distrito de Sarin, provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad”, con CUI N° 2472942 no comprende fraccionamiento, y es un proyecto con intervención integral; Que, con Informe N° 287-2022-GRLL-GGR-GRI- SGED, de fecha 17 de mayo de 2022, emitido por el subgerente de Estudios De fi nitivos, remite la opinión técnica favorable del expediente técnico de la ejecución del proyecto “Mejoramiento del servicio de Educación Inicial en la I. E. N.° 80218/A1-P-EPM, caserío de Cochas del Distrito de Sarin, provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad”, con CUI N° 2472942, asimismo informa que dicha sub gerencia evaluó técnicamente el proyecto, emitiendo su conformidad; Que, mediante Informe N° 129-2022-GRLL-GGR- GRP, de fecha 23 de mayo de 2022, emitido por el Gerente Regional de Presupuesto, concluye, entre otros, que existe disponibilidad presupuestaria y fi nanciera por S/2 810 545.29 (Dos millones ochocientos diez mil quinientos cuarenta y cinco con 29/100), en la fuente de fi nanciamiento de recursos determinados, tipo de recurso 27; Que, con Informe N° 13-2022-GRLL-GGR-GRPAT- SGPMI-ALH, de fecha 27 de mayo de 2022, emitido por el servidor de la Subgerencia de Programación Multianual de Inversiones, Arturo Jorge Lozano Horna, concluye en que el Proyecto de Inversión “Mejoramiento del servicio de Educación Inicial en la I. E. N° 80218/A1-P-EPM, caserío de Cochas del Distrito de Sarin, provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad”, con CUI N° 2472942, cumple con los cuatro requisitos (literales a, b, c, d) indicados en las recomendaciones de la Gerencia Regional de Presupuesto, mediante Informe N° 129-2022-GRLL-GGR-GRP; Que, mediante O fi cio N°000166-2022-GGR-GRPAT- SGPMI, de fecha 27 de mayo 2020, la Econ. Patricia Carpio Joyas, Sub Gerente de Programación Multianual de Inversiones, informa al Ing. Miguel Enrique Florián Rodríguez, Gerente Regional de Infraestructura, que de acuerdo a la recomendación de la Gerencia de Presupuesto se ha procedido a veri fi car satisfactoriamente los 4 items; Que, con Informe-000703-2022-GGR-GRI-SGOS, de fecha 31 de mayo 2022, el Ing. Wilton Andrés Mantilla Sagastegui, Sub Gerente de Obras y Supervisión, remite el Informe N°216-2022-GRLL-GGR-GRI-SGOS-ACO que concluye que, en los años 2017 al 2021, no se ha realizado Transferencias Financieras al Distrito de Sarín, provincia de Sánchez Carrión, por lo cual no habría que solicitar ninguna devolución de recursos no ejecutados por parte de la municipalidad distrital de Sarín; Que, con O fi cio N° 1321-2022-GRLL-GGR-GRI, de fecha 1 de junio de 2022, emitido por el Gerente Regional de Infraestructura, remite a la Gerencia General Regional la opinión técnica favorable a la solicitud de fi nanciamiento del proyecto: “Mejoramiento del servicio de Educación Inicial en la I. E. N° 80218/A1-P-EPM, caserío de Cochas del Distrito de Sarin, provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad”, con CUI N° 2472942, adjuntando para tal efecto el Informe N° 287-2022- GRLL-GGR-GRI-SGED, de la Subgerencia de Estudios De fi nitivos; Que, con O fi cio N° 1540-2022-GRLL-GGR-GRI, de fecha 1 de junio de 2022, emitido por el Gerente Regional de Infraestructura, remite a la Subgerencia de Planeamiento el Informe N° 216-2022-GRLL-GGR-GRI-SGOS-ACO, emitido por la Ing. Antonella Lizbeth Carranza Ortíz, de la Subgerencia de Obras y Supervisión quien informa que, respecto del proyecto de inversión: “Mejoramiento del Servicio de Educación Inicial en la I. E. N° 80218/A1-P-EPM, caserío de Cochas del Distrito de Sarin, provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad”, con CUI N° 2472942, no hay registro de transferencia fi nanciera al distrito de Sarin desde los años 2017 a 2021, así como también que revisando de los Aplicativos SSI (Sistema de Seguimiento de Inversiones), respecto al proyecto mencionado, se con fi rma que no hay transferencias del Gobierno Regional La Libertad a este distrito; y, que luego de la revisión el aplicativo INFOBRAS, en donde se registran los avances de la ejecución de obras, se visualiza que no hay ejecución para dicho proyecto;