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81 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de marzo de 2022 El Peruano / afecte los intereses moratorios equivalente a la Tasa de Interés Moratorio (TIM) de conformidad a lo establecido en el Artículo 33º del TUO del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional, correspondiente a los tributos administrados y/o recaudados por la Municipalidad. Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante INFORME Nº 054-2022-GAJ/MCPSMH, indica lo: “QUE ES VIABLE EMITIR EL DECRETO DE ALCALDÍA QUE PRORROGUE LA FECHA DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES, JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA DE LA MUNICIPALIDAD C.P. SANTA MARÍA DE HUACHIPA PARA EL EJERCICIO 2022, conforme lo propuesto por la Gerencia de Administración Tributaria, en razón a las graves circunstancias que el país viene atravesando a consecuencia de la COVID-19 de Visto, emite Opinión Legal Favorable respecto a la Prorroga del vencimiento para el pago de la primera cuota establecidas en la Ordenanza Nº 2418-2021-MML”. Que, la Primera Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 2418-2021-MML, faculta a la Señorita Alcaldesa para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como para ampliar los plazos del vencimiento para el cobro de arbitrios. Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 2418-2021-MML, y con la opinión favorable de la Gerencia Administración Tributaria y la Gerencia de Asesoría Jurídica; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR la fecha de vencimiento de la Obligación para el Pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa, para el Ejercicio 2022, de la primera cuota establecidos en la Ordenanza Nº 2418-2021-MML, hasta el 29 de abril de 2022. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Registro, Recaudación y Desarrollo Económico, Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la difusión, divulgación y publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, a la Sub Gerencia de Tecnología de Información y Comunicaciones, Sub Gerencia de Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa: www.munihuachipa.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.IVANKA A. KUNDID BUGARIN Alcaldesa 2045473-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Ordenanza que establece beneficios para la regularización de las habilitaciones urbanas y de edificaciones ejecutadas sin licencia en el distrito de La Victoria ORDENANZA N° 389/MLV La Victoria, 22 de enero de 2022 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión ordinaria virtual del 10 de enero de 2022. VISTO: el Dictamen Conjunto de las Comisiones de Plani fi cación, Presupuesto y Asuntos Legales; y de Desarrollo Urbano y Transporte; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el artículo 79° del mismo cuerpo legal otorga funciones exclusivas a las municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, dentro de las cuales se encuentran el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización de habilitaciones urbanas, construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábrica, entre otros; Que, el segundo párrafo del artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N°29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edi fi caciones, dispone que los ministerios, instituciones y organismos públicos, y otras entidades de la Administración Pública, de cualquier naturaleza, ya sean dependientes del gobierno central, gobiernos regionales o locales, están obligados a aprobar normas legales destinadas a uni fi car, reducir y simpli fi car los procedimientos y trámites administrativos que se siguen ante la respectiva entidad; Que, es política de la actual gestión municipal alentar el desarrollo económico y social del vecindario, reconociendo el importante esfuerzo económico que su población ha efectuado en la construcción de sus viviendas, situación que hace necesario establecer excepcionalmente un nuevo proceso de Regularización de Habilitaciones Urbanas y Edi fi caciones en el distrito y facilitar el acceso a la formalidad de aquellos predios ejecutados sin la respectiva licencia de habilitación urbana o licencia edi fi cación; Que, mediante el Informe N°1269-2021-GDU/MLV la Gerencia de Desarrollo Urbano y el Informe N°354-2021-SGOPCYCU-GDU/MLV de la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano, sustentan y proponen la necesidad de aprobar una Ordenanza destinada establecer bene fi cios para la regularización de las habilitaciones urbanas y de edi fi caciones ejecutadas sin licencia en el distrito de La Victoria; Que, mediante el Memorándum N°804-2021-GPP/MLV la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, hace suyo el Informe N°295-2021-SGPM-GPP/MLV de la Subgerencia de Plani fi cación y Modernización, opinan favorablemente por la Ordenanza que sustenta la Gerencia de Desarrollo Urbano con la fi nalidad de establecer una campaña de regularización de edi fi caciones ejecutadas sin licencia, de acuerdo a Ley; Que, mediante el Informe N°520-2021-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina de manera favorable por la Ordenanza que establece los procedimientos de edi fi cación en vías de regularización del distrito de La Victoria; opinión que es compartida por la Gerencia Municipal a través del Memorando N°1020-2021-GM/MLV; Estando a los fundamentos expuesto en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9° y 40° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto unánime de