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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (17/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 129

129 NORMAS LEGALES Jueves 17 de noviembre de 2022 El Peruano / Oído: el informe oral. PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. El 27 de junio de 2022, el JEE declaró improcedente, la solicitud de inscripción de lista de candidatos de la organización política Juntos por el Perú (en adelante, OP). La decisión se fundamentó, principalmente en que, si bien es cierto, mediante Acuerdo del Pleno de fecha 14 de junio de 2022, el Jurado Nacional de Elecciones, amplió el plazo por 72 horas para completar solicitudes de inscripción de listas de candidatos de manera excepcional, con el propósito de que las OP presenten su solicitud de inscripción hasta las 23:59 horas del día 17 de junio de 2022, y de esta manera puedan culminar el proceso de inscripción, respetando lo establecido en el cronograma electoral, la solicitud de inscripción formulada por el señor recurrente, personero legal titular de la referida OP, fue presentado el 18 de junio de 2022, por lo que el JEE lo declaró improcedente, por haberse presentado fuera del plazo límite establecido en el Cronograma Electoral para las Elecciones Regionales y Municipales 2022. SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS2.1. El 1 de julio de 2022, el señor recurrente interpuso recurso de apelación en contra de la mencionada resolución, argumentando, esencialmente, lo siguiente: a) Que desde el día 7 al 13 de junio del año en curso, la lista de hojas de vida de los candidatos a Gobierno Regional de Ucayali, entre otras, se encontraban registradas, en el sistema Declara; y estuvieron en espera tal como presenta en imagen. b) Conforme se iba generando la presentación en el sistema Sije, como es sabido, el sistema jala el expediente de lista de candidatos para la fi rma y presentación correspondiente, es ahí donde se generaba el problema y el sistema se congelaba, y como es lógico que todos los movimientos y partidos políticos estaban en ese proceso, en ese contexto el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, a través del comunicado de fecha 14 de junio, concedió un plazo extraordinario de 72. c) Es así que hasta el día 17 de Junio del 2022, realizaron grades esfuerzos para culminar la última etapa del proceso de inscripción, y hasta las 23:59 horas del día 17 ingresaron sus listas al sistema Sije, por lo que su representada en todo momento del día 18, estaba esperando que el sistema reaccione, de pronto en horas de la madrugada el sistema reacciono y acepto las listas que previamente inició hasta las 23:59 horas del día 17, es decir que, se cumplió con el proceso de inscripción dentro del plazo establecido. d) En ese orden de ideas, la fecha de recepción, fue un error del propio sistema Sije, que reconoció por defecto el 18 de junio de 2022, por lo que es imposible que su representada haya manipulado el sistema Sije para ingresar su lista de candidatos. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En el Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales 2022 1 1.1. Los numerales 6.12 y 6.38 del artículo 6 establecen las siguientes de fi niciones: 6.12 Declara: Sistema informático para el registro de personeros, solicitudes de inscripción de candidaturas, declaraciones juradas de hoja de vida, plan de gobierno y sus formatos resúmenes, observadores electorales, entre otros. [...]6.38 SIJE: Herramienta de software que automatiza, almacena y procesa información de expedientes relacionados con los procedimientos jurisdiccionales a cargo de los JEE y del JNE.1.2. El artículo 22 prescribe: Artículo 22.- Presentación de la solicitud de inscripción de listas de candidatos Las organizaciones políticas deben solicitar la inscripción de la lista de candidatos hasta el 14 de junio de 2022. La solicitud de inscripción se presenta obligatoriamente de manera no presencial generando el expediente electrónico a través de la mesa de partes del SIJE. La opción para registrar la solicitud de inscripción en la mesa de partes (virtual) del SIJE estará habilitada hasta las 23:59 horas de la referida fecha límite para presentar tales solicitudes. 1.3. El numeral 31.1 del artículo 31 prescribe: Artículo 31.- Improcedencia de la solicitud de inscripción de lista de candidatos 31.1 El JEE declara la improcedencia de la solicitud de inscripción por la no subsanación de las observaciones efectuadas, por la presentación de la solicitud de inscripción fuera del plazo establecido en el cronograma electoral o por la presentación de lista incompleta. En el Acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, del 14 de junio de 2022 1.4. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones concedió, excepcionalmente, el plazo único e improrrogable de 72 horas, computadas desde las 00:00 horas del 15 de junio de 2022 hasta las 23:59 horas del 17 de junio de 2022, a las organizaciones políticas que iniciaron, hasta el 14 de junio de 2022, el trámite de ingreso de información al sistema Declara para completar el registro de sus solicitudes de inscripción de fórmulas y listas de candidatos, en el marco de las ERM 2022. En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones 2 (en adelante, Reglamento sobre la Casilla Electrónica) 1.5. El artículo 16 contempla: Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de [la] publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. [...]. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. El JEE declaró la improcedencia de la solicitud de inscripción de la lista de candidatos presentada por la OP, al advertir que esta fue ingresada, de manera extemporánea, a través de la Mesa de Partes del SIJE, el 18 de junio de 2022. 2.2. En el marco de la función constitucional otorgada a este organismo electoral y en aras de salvaguardar el derecho de ser elegidos de los candidatos ganadores de elecciones internas, mediante el Acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, del 14 de junio de 2022 (ver SN 1.4.), se concedió, excepcionalmente, el plazo único e improrrogable de 72 horas, computadas desde las 00:00 horas del 15 de junio de 2022 hasta las 23:59 horas del 17 de junio de 2022, a las organizaciones políticas que iniciaron hasta el 14 de junio de 2022, el trámite de ingreso de información al sistema Declara para completar