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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (25/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 163

163 NORMAS LEGALES Viernes 25 de noviembre de 2022 El Peruano / asimismo deberá realizar las operaciones objeto de autorización en cumplimiento de normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y preservando el patrimonio cultural de la nación, así como el cumplimiento de las demás obligaciones establecidas por la Ley de Concesiones Eléctricas, su reglamento y demás que resulten aplicable. SE RESUELVE:Artículo 1.- Que se APRUEBE la modi fi cación de autorización a la empresa CFG INVESTMENT SAC, para la generar energía termoeléctrica en la planta La Planchada, de una potencia inicial de 5250KW a una potencia de 6900Kw. Artículo 2.- Se DISPONE que la empresa CFG INVESTMENT SAC deberá realizar las operaciones objeto de autorización en cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad preservando el medio ambiente y salvaguardando Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las demás obligaciones establecidas por la LCE y su reglamento y demás normas que resulten aplicables Artículo 3.- En cumplimiento de lo establecido en el Art. 67º de la Ley de Concesiones Eléctricas, la presente resolución deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano por una sola vez, por cuenta del interesado dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a su expedición Regístrese y comuníquese.MIGUEL ANGEL GOMEZ YAÑEZ Gerente RegionalGerencia Regional de Energía y Minas 2128411-1 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Aprueban la Ordenanza Regional referida Al Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2022 Cajamarca CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N° D8-2022-GR.CAJ/CR EXPEDIENTE N° 000775-2022-063614 Cajamarca, 02 de noviembre de 2022EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL CAJAMARCA, de conformidad con lo previsto en los artículos 197° y 198° de la Constitución Política vigente, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización-Ley N° 27680, Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cado por la Ley N° 27902 y demás normas complementarias, en Sesión Ordinaria de fecha 14 de Octubre de 2022. CONSIDERANDO:Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado Peruano, modi fi cada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867, prescribe los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el Artículo 192° de la Constitución Política del Estado Peruano, modi fi cado por la Ley N° 27680, establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, conforme a los Artículos 2° y 4° de la Ley N° 27867, los Gobiernos Regionales, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, teniendo como fi nalidad esencial, entre otras, fomentar el desarrollo regional sostenible, garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, el Inc. a) del Art. 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cado por la Ley Nº 27902, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el artículo 15° literal a) dispone que “es una atribución del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamente los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional (…)”, y en el Artículo 45° establece que: “Los Gobiernos Regionales de fi nen, norman, dirigen y gestionan sus políticas regionales y sus funciones generales y especí fi cas en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales”; Que, el Gobierno Regional de Cajamarca tiene como Política General de Gobierno 2019-2022 denominado “Voces para el Nuevo Orden Regional” aprobada mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 338-2019-GR.CAJ/GR, la cual, dentro de la Política Sectorial 8: “Protección e igualdad en el acceso a oportunidades y el ejercicio de derechos de poblaciones vulnerables”, contempla como lineamientos: “Erradicar la marginación y el aplazamiento que enfrentan los grupos sociales vulnerables para proveer igualdad en las oportunidades que les permitan desarrollarse con independencia e integridad” (Lineamiento 43) y la “Articulación vertical entre niveles de gobierno e institucional y sectorial a favor de los derechos de poblaciones vulnerables” (Lineamiento 45); Que la Ley N° 27933 del Sistema Nacional de Seguridad ciudadana, de fecha 28 de enero de 2003. Tiene por objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional. Comprende a las personas naturales y jurídicas, sin excepción, que conforman la Nación Peruana Que el Decreto Supremo N° 011-2014-IN aprueba el Reglamento de la Ley 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Que, con O fi cio N° D000400-2021-GRC-GR, de fecha 02 de Diciembre de 2021, el Gobernador Regional de Cajamarca en su condición de Presidente del Comité Regional de Seguridad Ciudadana - CORESEC, de conformidad a la Ley N° 27933, remite a la Mesa Directiva del Consejo Regional, el expediente que contiene el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de Cajamarca 2022, instrumento de gestión regional, validado por los integrantes del CORESEC y declarado Apto por la Dirección General de Seguridad Ciudadana del MININTER, para su implementación y aprobación por el Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, proponiendo sea evaluado y se emita la Ordenanza Regional de Aprobación. Que, estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca en su Sesión Ordinaria de fecha 14 de Octubre de 2022 y, estando conforme a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modi fi cada por las Leyes N° 27902, 28013, 28968 y 29053; Reglamento Interno del