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157 NORMAS LEGALES Viernes 25 de noviembre de 2022 El Peruano / Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a las fi scales mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2128915-1 Designan fiscal provincial de la Fiscalía Provincial de Familia de Aija RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2527-2022-MP-FN Lima, 24 de noviembre de 2022VISTOS:La Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 1244-2022-JNJ, de fecha 14 de noviembre de 2022; y, el ofi cio Nº 656-2022-P/JNJ, suscritos por Henry José Ávila Herrera, Presidente de la Junta Nacional de Justicia. CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución de vistos, emitida por la Junta Nacional de Justicia, en el marco de la Convocatoria Nº 006-2021-SN/JNJ, se nombraron, Fiscales Provinciales y un Fiscal Adjunto Superior Titular. Que, con fecha 18 de noviembre de 2022, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento correspondiente, entre otros, al abogado Jhony Enrique Cruz Sánchez, conforme fuera informado a través del o fi cio de vistos, recepcionado el 22 de noviembre del presente año, por la Mesa Única de Partes de la Secretaría General del Ministerio Público. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de designar al fi scal titular en su respectivo Despacho Fiscal, para lo cual deberá darse por concluido el nombramiento y designación del fi scal que ocupa provisionalmente su plaza. Que, estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158° y 159° de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Jorge Luis Bazán Velásquez, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Áncash y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Aija, así como la adecuación de dicha designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2879-2016-MP-FN, 626-2017-MP-FN y 135-2021-MP-FN, de fechas 20 de junio de 2016, 21 de febrero de 2017 y 29 de enero de 2021, respectivamente, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo .- Dar por concluida la designación del abogado Jhony Enrique Cruz Sánchez, Fiscal Adjunto Provincial Titular Civil y Familia de Recuay, Distrito Fiscal de Áncash, en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Recuay, así como la adecuación de la misma, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 036-2021-MP-FN y 135-2021-MP-FN, de fechas 12 y 29 de enero de 2021, respectivamente. Artículo Tercero .- Designar al abogado Jhony Enrique Cruz Sánchez, Fiscal Provincial Titular de Familia de Aija, Distrito Fiscal de Áncash, en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Aija. Artículo Cuarto .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2128916-1 Designan Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativa) de Arequipa, Distrito Fiscal de Arequipa, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2528-2022-MP-FN Lima, 24 de noviembre de 2022 VISTOS: La Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 1244-2022-JNJ, de fecha 14 de noviembre de 2022; y, el ofi cio Nº 656-2022-P/JNJ, suscritos por Henry José Ávila Herrera, Presidente de la Junta Nacional de Justicia. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de vistos, emitida por la Junta Nacional de Justicia, en el marco de la Convocatoria Nº 006-2021-SN/JNJ, se nombraron, Fiscales Provinciales y un Fiscal Adjunto Superior Titular. Que, con fecha 18 de noviembre de 2022, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento correspondiente, entre otros, a la abogada María Elena Córdova Salas, conforme fuera informado a través del ofi cio de vistos, recepcionado el 22 de noviembre del presente año, por la Mesa Única de Partes de la Secretaría General del Ministerio Público. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales