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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (25/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 164

164 NORMAS LEGALES Viernes 25 de noviembre de 2022 El Peruano / Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Acuerdo previa presentación del Informe Técnico y legal, por unanimidad del Pleno, aprobó lo siguiente: Primero.- APROBAR la Ordenanza Regional referida Al Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2022 Cajamarca; Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Administración, la publicación de la presente Ordenanza Regional en la página web del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca.gob.pe); y en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno de Cajamarca para su promulgación En la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Cajamarca, a los 21 días del mes de octubre del año dos mil veintidós. IVAN MIKAEL CACERES VIGO Consejero DelegadoPresidente del Consejo Regional POR TANTO:Mando regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en Cajamarca, en la sede del Gobierno Regional, a los 09 días del mes de noviembre del año 2022. MESIAS ANTONIO GUEVARA AMASIFUEN Gobernador del Gobierno Regional de Cajamarca 2127848-1 Aprueban la creación de la Agencia Regional de Desarrollo de Cajamarca - ARD Cajamarca CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N° D9-2022-GR.CAJ/CR EXPEDIENTE N° 000775-2022-063615 Cajamarca, 02 de noviembre de 2022EL CONSEJO REGIONAL CAJAMARCAHA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modi fi cado por la ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, sus modi fi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28920, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053, y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, La Constitución Política del Perú de 1993 en su artículo 23° establece que “… El estado promueve condiciones para el progreso social y económico en especial mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo…”. Que, la Ley N° 27680. Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización señala en su artículo 192, que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo y son competentes para dictar las normas inherentes a la gestión regional. Que, la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783, en su Artículo 6°, inciso a), señala que la descentralización cumplirá, a lo largo de su desarrollo, entre otros con el siguiente objetivo: “Desarrollo económico, autosostenido y de la competitividad de las diferentes regiones y localidades del país, en base a su vocación y especialización productiva”, a su vez en el artículo 8 se precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia”; en tanto que el artículo 35 sobre Competencia Exclusivas establece: “(…) a) Plani fi car el desarrollo integral de su región y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes. (…), f) Promover la formación de empresas y unidades económicas regionales para concertar sistemas productivos y de servicios. (…)”. Que, a través de la Política Nacional de Competitividad y Productividad, aprobada con el Decreto Supremo N° 345-2018-EF, en su Artículo 2° señala que, la Política Nacional de Competitividad y Productividad es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno. Que, en citado Artículo 6° señala, que, la Política Nacional de Competitividad y Productividad cuenta con un Plan Nacional de Competitividad y Productividad que desarrolla los objetivos y lineamientos de la Política Nacional de Competitividad y Productividad, precisando las metas, indicadores, acciones, plazos y entidades responsables para su implementación. Que, con el Decreto Supremo N° 237-2019-EF se aprobó el Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2019 y 2030, a través del cual se ha establecido como medida de política la institucionalización de las Agencias Regionales de Desarrollo (ARD), en tanto se constituyen en espacios de coordinación liderados por los Gobiernos Regionales, cuya fi nalidad es potenciar la economía regional y el capital social de los territorios en base a las prioridades y necesidades de cada región; Qué, la ley 31460, Ley para el Fortalecimiento de las Cadenas Productivas del Café y Cacao en el numeral 4.2 establece que “Los gobiernos regionales en cuyos departamentos se cultive café o cacao prioricen la conformación de agencias regionales de desarrollo como mecanismos de coordinación y articulación intersectorial e intergubernamental para impulsar las cadenas de valor de estos recursos, en cumplimiento de los objetivos establecidos en los planes nacionales y regionales del café y del cacao, y potenciar la economía en dichos departamentos”. Que, en el Artículo 8°, numeral 13 de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, establece que uno de los principios rectores de las políticas y la gestión del Gobierno Regional, es que tiene como objetivo la gestión estratégica para promover un entorno de innovación, impulsar alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado, el fortalecimiento de las redes de colaboración entre empresas, instituciones y organizaciones sociales, junto con el crecimiento de eslabonamientos productivos; y, facilita el aprovechamiento de oportunidades para la formación de ejes de desarrollo y corredores económicos, la ampliación de mercados y la exportación. Qué, la Agencia Regional de Desarrollo de Cajamarca ha venido funcionando como un espacio de coordinación, articulación y concertación interinstitucional, intersectorial e intergubernamental y una plataforma multiactor que convoca actores de la cuádruple hélice para el fomento de actividades de apoyo al desarrollo económico territorial del departamento de Cajamarca, desde el 27 de mayo del 2021 en el marco de su Reglamento de Organización y Funciones, elaborado por el Grupo Impulsor para la Creación de la Agencia Regional de Desarrollo de Cajamarca (ARD), el mismo que fue aprobado mediante la Resolución Ejecutiva Regional N° D000199-2021-GRC-GR, y contiene tres (3) capítulos: I. Disposiciones Generales; II. Organización; III. Disposiciones Finales; trece (13) artículos y cuatro (4) disposiciones fi nales. Qué, con la fi nalidad de contribuir a la sostenibilidad y continuidad y formalidad de la Agencia Regional de