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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (05/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de octubre de 2022 El Peruano / PT = (PFre x 0.4)+ (PNumOper x 0.3) + (PMonEfe x 0.3) ----------------------------------------------------------------------100 Dónde:PT: Puntaje total del valor PFre: Puntaje de la frecuencia de cotizaciónPNumOper: Puntaje del número de operaciones del valor PMonEfe: Puntaje del monto efectivo negociado Se consideran los valores que obtengan un Puntaje Total igual o mayor a 10. La lista de valores seleccionados es subdividida a su vez en tres listas: • Lista 1: con puntaje entre 60 y 100. Se aceptan al 50% de su valor • Lista 2: con puntaje entre 40 y 59. Se aceptan al 40% de su valor • Lista 3: con puntaje entre 10 y 39. Se aceptan al 20% de su valor 2.6. Los resultados son entregados al Director de Mercados, a fi n de que pueda determinar los retiros, de acuerdo con los siguientes criterios: 1. Volatilidad (desviación estándar anualizada dependiendo de cada valor). 2. Valores negociados a menos de $0.05.3. Sin información fi nanciera. 4. Anuncio de incumplimiento fi nanciero. 5. ETF apalancados, que por su naturaleza implican una alta volatilidad. 6. Valores extranjeros, que presenten inconvenientes o demoras para la entrega de los valores por parte de Custodios extranjeros. 7. Valores que acumulen una reducción de su precio en más de 10% en el período de una semana o 30% en un mes. 2.7. No formarán parte de la TVR los certi fi cados de suscripción preferente o cualquier otro valor representativo de derechos sobre acciones que por su naturaleza tengan vigencia temporal. 3. Criterio aplicable a los valores representativos de deuda Formarán parte de la TVR aquellos valores representativos de deuda cuya clasi fi cación de riesgo sea igual o menor a: BBB- o su equivalente, para valores de largo plazo, y CP-3 o su equivalente para valores de corto plazo. A dicho efecto, en caso de que un valor cuente con dos o más clasi fi caciones de riesgo, se considerará la categoría de mayor riesgo informada a SMV por las empresas clasi fi cadoras de riesgo. El porcentaje de castigo aplicable a los valores representativos de deuda, al que hace referencia la disposición complementaria del artículo 28º en las secciones correspondientes a “Margen de garantía del reportado” y “Activos susceptibles de ser presentados como garantía principal” (operaciones de préstamo) será igual a cero por ciento” Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (https://www.smv.gob.pe). Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Artículo 5º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ MANUEL PESCHIERA REBAGLIATI Superintendente del Mercado de Valores 2111351-1SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto designación y designan Fedatarios/as Institucionales de la Oficina Zonal Huaraz RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Nº 000171-2022-SUNAT/800000 DEJA SIN EFECTO DESIGNACIÓN Y DESIGNA FEDATARIOS INSTITUCIONALES TITULAR Y ALTERNOS DE LA OFICINA ZONAL HUARAZ Lima, 30 de septiembre de 2022VISTO:El Informe N° 000085-2022-SUNAT/7G0900 emitido por la O fi cina Zonal Huaraz, mediante el cual se propone dejar sin efecto determinada designación y designar al Fedatario Institucional Titular y Alterno/as en la unidad organizacional a su cargo; CONSIDERANDO:Que, el numeral 1 del artículo 138 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS, establece el régimen de fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas N° 069-2016-SUNAT/800000 de fecha 2 de setiembre de 2016, se designó a diversos trabajadores para cumplir las funciones de Fedatarios Institucionales Titulares y Alterno de la O fi cina Zonal Huaraz; Que, en mérito a los fundamentos expuestos en el Informe N° 000085-2022- SUNAT/7G0900 de fecha 22 de Setiembre del 2022, emitido por la O fi cina Zonal Huaraz, se estima conveniente dejar sin efecto una de las designaciones a la que se hace referencia en el considerando precedente, y designar a los servidores/as que ejercerán la función de Fedatarios/as Institucionales Titular y Alternos/as de la citada O fi cina Zonal; En uso de la facultad conferida por el inciso h) del artículo 16° del Documento de Organización y Funciones Provisional – DOFP de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT aprobado por Resolución de Superintendencia N° 000042-2022/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación como Fedataria Institucional Titular de la O fi cina Zonal Huaraz, de la servidora CRISTINA TITO VALLEJOS. Artículo 2°.- Designar como Fedatarios/as Institucionales de la O fi cina Zonal Huaraz, a los/las siguientes servidores/ras: Fedatario Institucional Titular:- VICTOR ALVARO VALENZUELA TAMARA