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80 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de octubre de 2022 El Peruano / El procedimiento de selección de la TVR considera como operaciones atípicas a las transacciones relacionadas con: • Ofertas Públicas de Venta. • Ofertas Públicas de Compra.• Ofertas Públicas de Adquisición.• Ofertas Públicas de Intercambio.• Órdenes de Compra a ser realizadas por el Emisor a un precio determinado e informadas mediante el Boletín Diario al mercado. • Subastas.• Operaciones por más del 5% de acciones en circulación (solo aplicable a acciones comunes). • Operaciones por más del 50% del monto promedio negociado diario del mercado. 1.3 La data se divide en dos grupos: (i) acciones de capital, valores representativos de derechos sobre acciones y ETF y (ii) acciones de inversión. 1.4 En cada grupo se ordenan los valores en forma descendente de acuerdo con cada indicador mencionado en 1.1, lo que permite determinar, en cada caso, el valor más representativo. 1.5 Al valor más representativo por cada indicador se le asigna un puntaje máximo de 100, a efectos de determinar el puntaje relativo para cada uno de los demás valores, lo que permite elaborar un ranking para cada indicador. 1.6 Se calcula un Puntaje Total para cada valor, mediante la suma ponderada de cada uno de los puntajes obtenidos en la anterior fase, con los siguientes pesos: • Frecuencia de Cotización 40% • Número de Operaciones 30%• Monto efectivo negociado 30% La fórmula con la que se obtiene el Puntaje Total para la selección de la TVR es: PT = [PFre x (PFre Int) x 0.4] + (PNumOper x 0.3) + (PMonEfe x 0.3) ----------------------------------------------------------------------100 Dónde: PT: Puntaje total del valor PFre: Puntaje de la frecuencia de cotizaciónPFre Int: Puntaje de la frecuencia de intermediarios PNumOper: Puntaje del número de operaciones del valor PMonEfe: Puntaje del monto efectivo negociado 1.7 Para las acciones de capital, valores representativos de derechos sobre acciones y ETF se consideran los que obtengan un Puntaje Total igual o mayor a 10. En el caso de las acciones de inversión, se consideran las que alcancen un Puntaje Total mayor o igual a 20. 1.8 La lista de acciones de capital, valores representativos de derechos sobre acciones y ETF seleccionada es subdividida a su vez en tres listas: • Lista 1: con puntaje entre 60 y 100. Se aceptan al 50% de su valor • Lista 2: con puntaje entre 40 y 59. Se aceptan al 40% de su valor • Lista 3: con puntaje entre 10 y 39. Se aceptan al 20% de su valor Para las acciones de inversión, se utilizan los siguientes rangos y castigos: • Lista 1: con puntaje entre 80 y 100. Se aceptan al 50% de su valor • Lista 2: con puntaje entre 40 y 79. Se aceptan al 40% de su valor • Lista 3: con puntaje entre 20 y 39. Se aceptan al 15% de su valor1.9 Lista 4: la integran valores que no se encuentren conformando las Listas 1, 2 y 3 de la TVR y que presenten como mínimo una frecuencia de cotización igual o superior a 25%. En relación con valores extranjeros solo podrán ser incluidos los correspondientes a las mineras junior y los inscritos a solicitud del emisor. Esta lista se utiliza únicamente para realizar operaciones de reporte extendidas. 1.10 Los resultados son entregados al Director de Mercados, a fi n de que pueda determinar los retiros, de acuerdo con los siguientes criterios: 1. Volatilidad (desviación estándar anualizada dependiendo de cada valor). 2. Valores negociados a menos de S/.0.05 o de $0.05.3. Sin información fi nanciera. 4. Anuncio de incumplimiento fi nanciero. 5. Sujetos a evaluación, empresas del segmento de Capital de Riesgo. 6. Valor extranjero inscrito a solicitud del emisor sobre el cual se inicie un proceso de exclusión ante la SMV. 7. Valor extranjero sobre el cual se informe que sus valores serán excluidos de su mercado origen. 8. Valor nacional no sujeto a OPC, sobre el cual el emisor inicie un proceso de exclusión ante la SMV. 1.11 No formará parte de la TVR los certi fi cados de suscripción preferente o cualquier otro valor representativo de derechos sobre acciones que por su naturaleza tengan vigencia temporal. 2. Procedimiento para la selección de valores extranjeros inscritos en el RBVL a solicitud de la Bolsa o Agentes Promotores y listados en New York Stock Exchange, Nasdaq Stock Market o Toronto Stock Exchange. Para este procedimiento solo se encuentran incluidos las acciones, valores representativos de derechos sobre acciones y ETF. El procedimiento para la selección de dichos valores que integran la TVR es el siguiente: 2.1. Se utilizan los indicadores bursátiles provenientes de su mercado principal: • Frecuencia de Cotización • Número de operaciones• Monto efectivo negociado Se considerará como mercado principal a aquel mercado organizado en el que se encuentra listado el valor extranjero y en el que se hubiera registrado el mayor monto negociado con dicho valor durante los últimos tres (3) meses de acuerdo con lo especi fi cado en la disposición complementaria del artículo 55º del presente reglamento, al momento de la revisión de la metodología. 2.2. Se crea una base de datos acumulada por cada indicador, para todos los valores negociados en los últimos seis meses. 2.3. Se ordenan los valores en forma descendente de acuerdo con cada indicador mencionado en el numeral 2.1, lo que permite determinar, en cada caso, el valor más representativo. 2.4. Al valor más representativo por cada indicador se le asigna un puntaje máximo de 100, a efectos de determinar el puntaje relativo para cada uno de los demás valores, lo que permite elaborar un ranking para cada indicador. 2.5. Se calcula un Puntaje Total para cada valor, mediante la suma ponderada de cada uno de los puntajes obtenidos en la anterior fase, con los siguientes pesos: • Frecuencia de Cotización 40% • Número de Operaciones 30%• Monto efectivo negociado 30% La fórmula con la que se obtiene el Puntaje Total para la selección de la TVR es: