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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (27/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Jueves 27 de octubre de 2022 El Peruano / Gas Licuado de Petróleo destinado a granel (GLP-G), Gasohol de 84 octanos, Gasolinas de 90 y 84 octanos, y Diésel B5 destinado al uso vehicular, según lo siguiente: Producto LS LI GLP-E 2,20 2,14 GLP-G 2,20 2,14 Gasohol 84 9,96 9,86 Gasolina 90 11,21 11,11 Gasolina 84 9,70 9,60 Diésel B5 (0-2500) 14,55 14,45 Diésel B5 (2500-5000) 14,55 14,45 Notas: 1. Los valores se expresan en Soles por Galón, a excepción del GLP-E y GLP-G cuyos valores se expresan en Soles por Kilogramo. 2. LS: Límite Superior de la Banda. 3. LI: Límite Inferior de la Banda. 4. GLP-E : Gas Licuado de Petróleo destinado para envasado. 5. GLP-G : Gas Licuado de Petróleo destinado para granel. 6. Diésel B5 : Destinado al uso vehicular. Artículo 2.- Fijar la Banda de Precios para el Petróleo Industrial 6 utilizado en generación eléctrica en sistemas eléctricos aislados (PIN 6 GGEE SEA), según lo siguiente: Producto LS LI PIN 6 GGEE SEA 8,13 8,03Notas: 1. Los valores se expresan en Soles por Galón. 2. LS: Límite Superior de la Banda. 3. LI: Límite Inferior de la Banda. 4. PIN 6 GGEE SEA : Petróleo Industrial 6 utilizado en generación eléctrica en sistemas eléctricos aislados. Artículo 3.- Fijar como Márgenes Comerciales para los Productos señalados en el artículo 1 de la presente resolución los valores del Cuadro N° 5 del Informe Técnico N° 608-2022-GRT. Artículo 4.- Fijar como Margen Comercial para el Producto señalado en el artículo 2 de la presente resolución el valor del Cuadro N° 6 del Informe Técnico N° 608-2022-GRT. Artículo 5.- Las Bandas de Precios y los Márgenes Comerciales aprobados en los artículos 1 y 3 de la presente resolución estarán vigentes a partir del viernes 28 de octubre de 2022 hasta el jueves 24 de noviembre de 2022. Artículo 6.- La Banda de Precios y el Margen Comercial aprobados en los artículos 2 y 4 de la presente resolución estarán vigentes a partir del viernes 28 de octubre de 2022 hasta el jueves 29 de diciembre de 2022. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y consignarla junto con los Informes N° 608-2022-GRT y N° 535-2022-GRT en el portal institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2022.aspx LUIS GRAJEDA PUELLES Gerente de Regulación de Tarifas 2119468-1 Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400CONTACTO COMERCIAL 996 410 162 915 248 092 ventapublicidad@editoraperu.com.pe Publica en nuestra versión móvil andina.pe Conecta con los usuarios e impulsa el mensaje de tu marca . Redes Sociales: