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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (27/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Jueves 27 de octubre de 2022 El Peruano / Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área de un (01) inmueble afectado por la Obra: “Mejoramiento de la Carretera Mala – Calango – La Capilla” y el valor de la Tasación del mismo, ascendente a S/ 60 6 59,55 (SESENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 55/100 SOLES) correspondiente al código MAL-TA-214, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP inscriba a favor del bene fi ciario el área expropiada del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICHARD WASHINGTON TINEO QUISPE Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA MALA – CALANGO – LA CAPILLA” NºSUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL ÁREA DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIO- NES - PROVIAS NACIONALLILIA ZENAIDA RETES CAYCHOCÓDIGO: MAL-TA-214ÁREA AFECTADA: 962.43 m2AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 60 659,55 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: - Por el Norte: Colinda con los linderos Este – Oeste, en el vértice N° 6.- Por el Este: Colinda con los terrenos de UC N° 15659, UC N° 16002 y con terrenos inmatriculados, con una línea quebrada de cuatro tramos; vértice del 6 al 10. Con una longitud de 59.24 m.- Por el Oeste: Colinda con el terreno de UC Nº 16002, con una línea quebrada de cinco tramos; vértice del 1 al 6. Con una longitud de 65.06 m.- Por el Sur: Colinda con la Carretera Mala – Calango – La Capilla, con una línea quebrada de dos tramos; vértice del 10 al 1. Con una longitud de 22.50 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VER- TICESLADODISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 1 1 - 2 43.35 329284.1019 8614717.38262 2 - 3 7.03 329298.0216 8614758.43623 3 - 4 7.29 329300.6142 8614764.9743 4 4 - 5 7.29 329303.9710 8614771.4419 5 5 - 6 0.10 329307.9642 8614777.5371 PARTIDA REGISTRAL: N° P17025370, perteneciente a O fi cina Registral de Cañete, Zona Registral N° IX, Sede Lima. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 24.11.2020 (Informe Técnico N° 014404-2020-Z.R. N° IX-SEDE-LIMA/UREG/CAT) por la O fi cina Registral de Cañete de la Zona Registral N° IX, Sede Lima.6 6 - 7 17.25 329308.0260 8614777.6133 7 7 - 8 13.19 329313.3320 8614761.19778 8 - 9 2.26 329314.8520 8614748.09779 9 - 10 26.54 329314.8699 8614745.8424 10 10 - 11 11.85 329306.3464 8614720.7039 11 11 - 1 10.65 329294.6120 8614719.0777 2119015-1