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32 NORMAS LEGALES Sábado 2 de diciembre de 2023 El Peruano / Dirección General de E fi ciencia Energética tiene por funciones entre otras: i) Proponer la política del sector energético en concordancia con las políticas de desarrollo nacional; ii) Proponer la política de e fi ciencia energética, que incluya las medidas promocionales y regulatorias que sean necesarias en relación a la producción, transporte, transformación, distribución, comercialización de los recursos energéticos y el consumo en los sectores residencial, productivo, servicios, público y transporte; así como de las energías renovables; y, iii) Conducir, promover y/o ejecutar las actividades encargadas al Ministerio de Energía y Minas mediante la Ley de Promoción del Uso Efi ciente de la Energía y su Reglamento, en el ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 038-2023-MINEM/DM actualizada con Resolución Ministerial N° 476-2023-MINEM/DM se aprobó el Plan de Homologación del Ministerio de Energía y Minas-MINEM, correspondiente al año 2023, el mismo que contiene veintidós (22) requerimientos de homologación, de los cuales dieciocho (18) corresponden a Fichas de Homologación de aire acondicionado; Que, con O fi cio N° 0281-2023/MINEM-DGEE la Dirección General de E fi ciencia Energética solicitó a PERÚ COMPRAS emitir opinión respecto a la viabilidad para la aprobación de dieciocho (18) Fichas de Homologación de aire acondicionado, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8.10 de la Directiva; Que, mediante O fi cio N° 000564-2023-PERÚ COMPRAS-JEFATURA, PERÚ COMPRAS remite el Informe N° 000175-2023-PERÚ COMPRAS-DES, a través del cual su Dirección de Estandarización y Sistematización emite opinión favorable respecto de la viabilidad para la aprobación de dieciocho (18) Fichas de Homologación de aire acondicionado; Que, estando a lo sustentado por la Dirección General de E fi ciencia Energética; a la opinión favorable de PERÚ COMPRAS; y contando con la opinión legal de la O fi cina General de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 1212-2023-MINEM/OGAJ; corresponde emitir el acto resolutivo que aprueba dieciocho (18) Fichas de Homologación de aire acondicionado, de acuerdo con el Plan de Homologación del MINEM, correspondiente al año 2023; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; Ley Nº 27345, Ley de Promoción del Uso Efi ciente de la Energía; el Decreto Supremo Nº 004-2016- EM, Decreto Supremo que aprueba medidas para el uso efi ciente de la energía; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; y, la Directiva Nº 006-2020-PERÚ COMPRAS denominada “Proceso de Homologación de Requerimientos”, aprobada por Resolución Jefatural Nº 069-2020-PERÚ COMPRAS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de Fichas de Homologación Aprobar dieciocho (18) Fichas de Homologación de aire acondicionado, que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 3.- Comunicación a Perú Compras Remitir copia de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos a la Dirección de Estandarización y Sistematización de la Central de Compras Públicas-PERÚ COMPRAS, el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8.13.2 de la Directiva Nº 006-2020-PERÚ COMPRAS, denominada “Proceso de Homologación de Requerimientos”, aprobada por Resolución Jefatural Nº 069-2020-PERÚ COMPRAS. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH Ministro de Energía y Minas 2240825-1 Formalizan transferencia a título gratuito de bienes que conforman seis proyectos, a favor de la Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.-SEAL S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 490-2023-MINEM/DM Lima, 30 de noviembre de 2023 VISTOS: El Informe N° 288-2023-MINEM/DGER/ DPRO-JER del Coordinador de Obra de la Jefatura de Energías Renovables y, el Informe N° 449-2023-MINEM/DGER-JAL de la Jefatura de Asesoría Legal, ambas de la Dirección General de Electri fi cación Rural; y el Informe N° 1209-2023-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1207 (en adelante, LGER), tiene por objeto establecer el marco normativo para la promoción y el desarrollo e fi ciente y sostenible de la electri fi cación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país; Que, el artículo 18 de la LGER y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, concordado con los artículos 40 y 41 del Reglamento vigente, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2020-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que ejecute, a favor de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A.-ADINELSA S.A.; y, excepcionalmente por razones operativas, comerciales y de interés social, lo hará a favor de una Empresa de Distribución Eléctrica (EDE) bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; Que, de acuerdo al Informe N° 288-2023-MINEM/ DGER/DPRO-JER, la Jefatura de Energías Renovables de la Dirección General de Electri fi cación Rural, señala que, se han ejecutado seis (06) PROYECTOS SER, adjuntados como Anexo a la presente Resolución Ministerial, cuya transferencia deberá formalizarse a favor de la Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.-SEAL S.A. (en adelante, la CONCESIONARIA); Que, de acuerdo al Informe N° 288-2023-MINEM/ DGER/DPRO-JER, existen razones operativas, comerciales y de interés social para efectuar la transferencia a favor de la CONCESIONARIA, toda vez que los SER están localizados en las provincias de Arequipa, Caylloma, Camaná, Condesuyos y Castilla de la región Arequipa, ámbito geográ fi co, donde el suministro público de electricidad, está a cargo de la Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.-SEAL S.A., responsable de su operación, mantenimiento y comercialización, lo cual motivó, en su oportunidad, que la DGER, realice las coordinaciones con esta empresa, durante la implementación de los proyectos, hasta la suscripción de las Actas de Conformidad de Operación Experimental correspondientes; Que, de acuerdo al Informe N° 449-2023-MINEM/ DGER-JAL, la Jefatura de Asesoría Legal de la Dirección General de Electri fi cación Rural, concluye que, corresponde declarar procedente la transferencia a título gratuito de seis (06) proyectos a favor de la Sociedad