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50 NORMAS LEGALES Jueves 28 de diciembre de 2023 El Peruano / Universidades: Universitat Politecnica de Valencia -España, Universidad Pablo de Olavide - España y Universidad de Parma – Italia; por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración de la Universidad Nacional de Frontera, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, de conformidad a las normas vigentes. Artículo Tercero.- NOTIFICAR, a través, de los mecanismos más adecuados y pertinentes, para su conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y ejecútese. JOSE FLORENTINO MOLERO LOPEZ Presidente de la Comisión Organizadora MARIA JIMÉNEZ DE BENITES Vicepresidenta Académica 2238534-1 Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Ingeniería RESOLUCIÓN RECTORAL N° 0142-2023-UNI Lima, 26 de enero de 2023 CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Organización de Funciones de la Universidad Nacional de Ingeniería es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad. Contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; Que, mediante Resolución Rectoral N° 2598-2022- UNI de fecha 16 de diciembre de 2022 se aprobó la creación de la Comisión Revisora del Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Universidad Nacional de Ingeniería; Que, a través del O fi cio N° 194-A-2023-OCAL-UNI de fecha 23 de enero de 2023, la O fi cina Central de Asesoría Legal y la O fi cina Central de Desarrollo Organizacional emitieron opinión favorable a la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones formulada por la Comisión Revisora antes mencionada; Que, en el Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria Virtual N° 02 de fecha 24 de enero de 2023, la Comisión Revisora del Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Universidad Nacional de Ingeniería presentó la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones, en coordinación con las diferentes dependencias de la UNI y con el Ministerio de Educación. En ese sentido, se sometió a votación la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones, siendo aprobado por mayoría; Estando a lo aprobado por el Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria Virtual N° 02 de fecha 24 de enero de 2023, y de conformidad con el Artículo 25° del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Ingeniería, el cual consta de II Títulos, VII Capítulos, 114 Artículos y 01 Anexo, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- El presente Reglamento de Organización y Funciones entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en “La Gaceta”, Órgano O fi cial de la Universidad Nacional de Ingeniería. Regístrese, comuníquese y archívese. PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA Rector SONIA ANAPAN ULLOA Secretaria General 2248287-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Confirman el Acuerdo de Concejo N° 018-2023-SE-CM-MDAN que desaprobó la solicitud de vacancia presentada en contra de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Alto Nanay, provincia de Maynas, departamento de Loreto RESOLUCIÓN N° 0236-2023-JNE Expediente N° JNE.2023002796 ALTO NANAY - MAYNAS - LORETO VACANCIA APELACIÓN Lima, dieciocho de diciembre de dos mil veintitrésVISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Pedro Lloel Tananta Mehelo (en adelante, señor ciudadano) en contra del Acuerdo de Concejo N° 018-2023-SE-CM-MDAN, del 8 de setiembre de 2023, que declaró improcedente la solicitud de vacancia presentada en contra de doña Elsa Kelly Ferreyra Tuesta, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Alto Nanay, provincia de Maynas, departamento de Loreto (en adelante, señora alcaldesa), por la causa de nepotismo, prevista en el numeral 8 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Oídos: los informes orales . PRIMERO.- ANTECEDENTES La solicitud de declaratoria de vacancia 1.1. El 17 de julio de 2023, el señor ciudadano presentó su solicitud de vacancia en contra de la señora alcaldesa por la causa de nepotismo, prevista en el numeral 8 del artículo 22 de la LOM, argumentado esencialmente lo siguiente: a) Doña Xuxa Danissa Casanova Ferreyra, hija de la señora alcaldesa, tiene una relación de convivencia con don Pool Anderson Guerra Salva, quien actualmente labora como “Seguridad en la Municipalidad Distrital de Alto Nanay”. b) Doña Astrid Rossana Casanova Ferreyra, hija de la señora alcaldesa, tiene una relación de convivencia con don Erick Martín Flores Irarica, quien actualmente ocupa el cargo de con fi anza de subgerente de Logística y Patrimonio en la referida entidad municipal. c) Doña Estefany Janira Navarro Ricopa, gerente de Servicios Públicos y Medio Ambiente de la entidad municipal, es sobrina de don Carlos Fernando Navarro Vásquez, quien es conviviente de la señora alcaldesa. d) Don Pool Anderson Guerra Salva tiene una relación de convivencia con doña Xuxa Danissa Casanova Ferreyra; fruto de dicha relación, tienen una menor hija. 1.2. A efectos de acreditar los hechos expuestos, el señor ciudadano adjuntó, entre otros, los siguientes documentos: