Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2023 (05/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Jueves 5 de enero de 2023 El Peruano / del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2022-MTC, y; Con la opinión favorable de la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones y la conformidad del Despacho Viceministerial de Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar a la empresa TELECABLE SAN CRISTOBAL S.A.C. Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el servicio de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad alámbrico u óptico. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Única a celebrarse con la empresa TELECABLE SAN CRISTOBAL S.A.C. para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Autorizar al Director General de Programas y Proyectos de Comunicaciones para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscriba el Contrato de Concesión Única que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a suscribir la escritura pública del referido contrato y de las adendas. Artículo 4.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión Única no es suscrito por la empresa TELECABLE SAN CRISTOBAL S.A.C. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión. Artículo 5.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO Ministra de Transportes y Comunicaciones 2140153-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Designan Director General de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 003-2023-VIVIENDA Lima, 3 de enero de 2023CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a General de la O fi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Luis Francisco Vivanco Aldon, en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2140410-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Declaran infundado recurso de apelación interpuesto por TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. c ontra la Resolución N° 140-2022-GG/ OSIPTEL; y confirman multas RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 00236-2022-CD/OSIPTEL Lima, 29 de diciembre de 2022 EXPEDIENTE 00104-2021-GG-DFI/PAS MATERIARecurso de Apelación interpuesto por la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. contra la Resolución N° 140-2022-GG/OSIPTEL ADMINISTRADO TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. VISTOS: (i) El Recurso de Apelación interpuesto por la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. (en adelante, TELEFÓNICA) contra la Resolución Nº 140-2022-GG/OSIPTEL, que declaró infundado el Recurso de Reconsideración interpuesto contra la Resolución N° 071-2022-GG/OSIPTEL, a través del cual se sancionó por: (i) declarar al OSIPTEL un total de treinta y siete (37) centros poblados con cobertura donde no existía esta condición en los términos establecidos en el artículo 6 del Reglamento para la Supervisión de la Cobertura de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones Móviles y Fijos con Acceso Inalámbrico 1 (Reglamento de Cobertura) y (ii) dejar de prestar el servicio móvil en ochocientos sesenta y cuatro (864) centros poblados rurales y treinta (30) centros poblados urbanos declarados con cobertura, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del referido Reglamento. (ii) El Informe Nº 328-OAJ/2022 del 13 de diciembre de 2022 elaborado por la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; (iii) El Expediente Nº 00104-2021-GG-DFI/PAS. I. ANTECEDENTES: 1.1. El 22 de octubre de 2021, a través de la carta N° 2278-DFI/2021, la Dirección de Fiscalización e Instrucción (DFI) comunicó a TELEFÓNICA el inicio de un procedimiento administrativo sancionador (PAS) por el presunto incumplimiento de lo dispuesto en los artículos 6 y 16 del Reglamento de Cobertura, otorgándole un