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50 NORMAS LEGALES Sábado 4 de febrero de 2023 El Peruano / señor Alcalde del distrito ha sido de fi nida en función a la población electoral de cada municipio, por lo que al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores le corresponde una compensación económica de S/ 11,400.00 y dos aguinaldos al año; asimismo, señala que en mérito a la Primera Disposición Complementaria Final del citado decreto supremo, se prohíbe el reajuste del monto de dietas para los regidores por parte del Concejo Municipal, por lo que corresponde que los regidores continúen percibiendo por concepto de dietas el equivalente al 30% de los ingresos mensuales de la remuneración del Alcalde por su asistencia efectiva a las sesiones de Concejo hasta por un máximo de dos sesiones abonables por mes, es decir S/ 1,170.00 por sesión; Que, mediante el Memorándum N° 050-2023-GAF/ MM, la Gerencia de Administración y Finanzas solicita a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto que, en mérito a la proyección de gastos efectuada por la Subgerencia de Recursos Humanos, se sirva gestionar la disponibilidad presupuestal de las dietas de los regidores para el presente año fi scal; Que, mediante el Memorando Nº 007-2023-GPP/MM, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, corre traslado a la Gerencia de Administración y Finanzas del Informe N° 004-2023-SGP-GPP/MM, emitido por la Subgerencia de Presupuesto, a través del cual dicha unidad orgánica hace de conocimiento las medidas preventivas que deberá adoptar la Gerencia de Administración y Finanzas a través de la Subgerencia de Recursos Humanos, según el marco presupuestal asignado en la Genérica de Gasto 2.1 “Personal y Obligaciones Sociales”, 2.2 “Pensiones y otras prestaciones sociales” y la genérica 2.3 Especí fi ca de Gasto 2.3.2.8.1 “Contrato Administrativo de Servicios” en el Presupuesto; Que, mediante el Memorándum N° 003-2023-SGP- GPP/MM, la Subgerencia de Presupuesto menciona que en el marco de lo dispuesto mediante Resolución N° 0913-2021-JNE, el número de regidores provinciales y regidores distritales a ser elegidos en el proceso de Elecciones Municipales 2022 para los distritos electorales con población mayor a 25,000 habitantes incrementa el número de regidores para esta Municipalidad, pasando de 9 a 11 regidores, por lo que remite a la Subgerencia de Recursos Humanos el marco presupuestal considerado para el concepto de remuneraciones y aguinaldos del Titular de la Entidad por un monto de S/ 137,400.00 y para el concepto de Dietas de Regidores el monto de S/ 252,720.00 a efectos que se sirva realizar el análisis y cuanti fi cación para determinar si los recursos presupuestados son su fi cientes para atender la necesidad respectiva, o de ser lo contrario indique el monto adicional a requerir a efectos de realizar las acciones presupuestales para su habilitación; Que, mediante el Informe N° 097-2023-SGRH-GAF/ MM, la Subgerencia de Recursos Humanos sustenta la viabilidad de proceder al reajuste de la remuneración mensual del señor Alcalde y de los aguinaldos correspondientes a los meses de julio y diciembre hasta por la suma de S/ 11,400.00, así como a la necesidad de incrementar el monto presupuestado por concepto de Dietas a los Regidores toda vez que el número de regidores con el que cuenta el distrito se ha visto incrementado de 9 a 11 regidores, como consecuencia de lo dispuesto en la Resolución N° 0913-2021-JNE, por lo que solicita a la Subgerencia de Plani fi cación y Presupuesto realizar las acciones presupuestales a efectos de contar con los montos solicitados en dicho informe por concepto de aguinaldo del alcalde y dieta de los regidores; Que, mediante el Memorando N° 020-2023-GPP/ MM, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, remite a la Gerencia de Administración y Finanzas el Informe N° 011-2023-SGP-GPP/MM, a través del cual la Subgerencia de Presupuesto informa que habiendo realizado el análisis de disponibilidad presupuestal correspondiente, y en el marco de sus competencias, se han efectuado las modi fi caciones presupuestales correspondientes que permiten atender lo solicitado por la Subgerencia de Recursos Humanos; por lo que en ese sentido, señala que deberá gestionarse la aprobación de los montos en cuestión mediante el acuerdo de concejo correspondiente;Que, mediante el Memorándum N° 114-2023-GAF/ MM, la Gerencia de Administración y Finanzas corre traslado de los actuados administrativos previamente señalados a la Gerencia de Asesoría Jurídica, con la fi nalidad que emita la opinión legal respectiva sobre la dieta de los regidores y la compensación económica y aguinaldos del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores; Que, mediante el Informe Nº 024-2023-GAJ/MM, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que corresponde al Concejo Municipal aprobar mediante acuerdo de concejo respectivo como remuneración mensual del Alcalde de la Municipalidad Distrital Mira fl ores, a partir del mes de enero de 2023, la suma de S/ 11,400.00, suma que deberá considerarse también como monto para la percepción de los aguinaldos respectivos por fi estas patrias y navidad, respectivamente, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 413-2019-EF, señalando además que se deberá tener en consideración la disposición establecida en la Primera Disposición Complementaria y Final del citado decreto supremo, que prohíbe el reajuste del monto de dietas para los regidores por parte del Concejo Municipal, motivo por el cual re fi ere que el monto de dietas correspondiente es de S/ 1,170.00 por asistencia efectiva a las sesiones de concejo, hasta por un máximo de dos sesiones abonables por mes, debiendo dejarse sin efecto el Acuerdo de Concejo N° 005-2019/MM y proceder con la publicación del acuerdo de concejo que apruebe los montos de la remuneración y las dietas en el diario o fi cial El Peruano, bajo responsabilidad; Que, mediante el Memorándum Nº 125-2023-GM/MM, la Gerencia Municipal remite a la Secretaría General los actuados administrativos y solicita proseguir conforme a lo recomendado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, luego del debate, por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, adoptó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- PRECISAR que la remuneración del señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores, para el periodo municipal 2023 – 2026, asciende a la suma de S/ 11,400.00 (Once mil cuatrocientos con 00/100 soles), suma que deberá considerarse también como monto para la entrega de los aguinaldos por fi estas patrias y navidad respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 413-2019-EF. Artículo Segundo.- FIJAR la dieta de los señores Regidores del Concejo Municipal de Mira fl ores, por asistencia efectiva a las sesiones de concejo en la suma de S/ 2,340.00 (Dos mil trescientos cuarenta con 00/100 soles), a razón de S/ 1,170.00 (Mil ciento setenta con 00/100 soles), por cada sesión, hasta por un máximo de dos (02) sesiones de concejo abonables por mes, monto que se encuentra acorde con la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 413-2019-EF. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO el Acuerdo de Concejo N° 005-2019/MM. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, el cumplimiento del presente acuerdo de concejo. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente acuerdo de concejo en el diario o fi cial El Peruano, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el portal institucional (www.mira fl ores.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.CARLOS CANALES ANCHORENA Alcalde 2148278-1