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62 NORMAS LEGALES Sábado 8 de julio de 2023 El Peruano / necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación del referido documento. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1104- 2023 de la vigésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 5 de julio de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el “Plan de Implementación de Unidades de Flagrancia Delictiva”. Artículo Segundo.- Establecer que la Gerencia General del Poder Judicial incorpore el referido plan en la demanda adicional al Presupuesto Multianual 2024 – 2026 del Poder Judicial. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Comisión Nacional de Implementación de las Unidades de Flagrancia; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2194292-1 Disponen la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes, en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Tumbes Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000267-2023-CE-PJ Lima, 7 de julio del 2023VISTO:El O fi cio N° 000053-2023-P-CT-EJE-PJ, cursado por el señor Consejero Héctor Enrique Lama More, Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, el señor Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante O fi cio N° 000053-2023-P-CT-EJE- PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación del pedido de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, respecto a la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes en dicha sede judicial; así como la propuesta para la fecha de puesta a producción e inauguración, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000137-2023-CE-PJ, que aprueba la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la citada especialidad en las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, Ancash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cañete, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Huaura, Ica, Junín, Lima Este, Lima Sur, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puente Piedra - Ventanilla, Puno, San Martín, Santa, Selva Central, Sullana, Tacna, Tumbes y Ucayali. Segundo . Que, el Expediente Judicial Electrónico (EJE) promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial; previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 136-2021-P-PJ, en ese sentido el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa N ° 005-2017-CE-PJ, hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, a efecto de asegurar la celeridad y la transparencia en la solución de los con fl ictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales en concordancia con los objetivos estratégicos del PEI del Poder Judicial. Tercero . Que, mediante Resolución Administrativa N° 000039-2021-CE-PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la continuidad en las actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) de conformidad a lo sustentado en el Informe N° 001-2021-ST-CT-EJE-PJ, elaborado por la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico; documento en el cual se veri fi ca las acciones ejecutadas y el avance en el cumplimiento de las metas programadas en el correspondiente Plan Operativo Institucional (POI); que viene siendo potenciado en el actual periodo 2023, permitiendo incorporar nuevos servicios en bene fi cio de los justiciables y de los órganos jurisdiccionales, con la fi nalidad de facilitar la labor jurisdiccional, brindar funcionalidad al trabajo remoto de los servidores jurisdiccionales; así como facilitar el acceso a la justicia a las partes procesales, permitiendo tener procesos transparentes, seguros y céleres. Cuarto. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000114-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el Plan Anual de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico para el periodo 2023 en el que se considera acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de TIC en los procesos jurisdiccionales y administrativos; y II) E fi caz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial. Los objetivos y metas considerados en el Plan de Actividades 2023 corresponden al Plan Operativo Institucional de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (POI-EJE) aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000261-2023-P-PJ. Quinto. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación, a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en treinta y cinco Cortes Superiores de Justicia, concretado en seiscientos cincuenta órganos jurisdiccionales que ya disponen de los bene fi cios de expediente judicial electrónico, en las especialidades: Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil sub especialidad Comercial y Civil - Litigación Oral, así como en Familia en la Sub especialidad Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar y Familia Civil Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes. El número de órganos jurisdiccionales incluye trece órganos jurisdiccionales correspondientes a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada - etapa intermedia, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000138-2020-P-CE-PJ y la implementación del EJE en la Corte Suprema de Justicia de la República en tres órganos jurisdiccionales: la Sala Penal Permanente, Sala Penal Especial y Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria , aprobada por el Consejo Ejecutivo