Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (04/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 125

125 NORMAS LEGALES Domingo 4 de junio de 2023 El Peruano / Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Amazonas con sede en Bagua RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1295-2023-MP-FN Lima, 2 de junio de 2023 VISTOS Y CONSIDERANDO:Los o fi cios Nros. 3194, 3718, 4019, 4402, 6082 y 8556-2023-MP-FN-FSNCEDCF, cursados por la abogada Elma Sonia Vergara Cabrera, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios; el informe Nº 001-2023-MP-FN-FPEDCF-BAGUA, suscrito por el abogado Guido Andrey Ojeda Torres, Fiscal Adjunto Provincial Titular Mixto de Ocalli, Distrito Fiscal de Amazonas, en ese entonces, Fiscal Provincial del Distrito Fiscal de Amazonas, designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Amazonas con sede en Bagua; y, el informe Nº 11-2023-UGI-FSNCEDCF-MP-FN/DRLR, elaborado por la analista Denise Rossi Lam Rodríguez. Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2026-2021-MP-FN, de fecha 31 de diciembre de 2021, se nombró a la abogada Mercedes Liseth Albujar Gallo De Cáceda, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, y designó en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Amazonas con sede en Bagua; nombramiento y designación que fueron prorrogados mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 689-2023-MP-FN, de fecha 28 de marzo de 2023. Que, el numeral 3 del artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Que, según el numeral 64.2 de la Ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Que, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Que, conforme a lo expuesto en el o fi cio Nº 3194-2023-MP-FN-FSNCEDCF, la abogada Elma Sonia Vergara Cabrera, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, señala que el abogado Guido Andrey Ojeda Torres, Fiscal Adjunto Provincial Titular Mixto de Ocalli, Distrito Fiscal de Amazonas, en ese entonces, Fiscal Provincial del Distrito Fiscal de Amazonas, designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Amazonas con sede en Bagua, al revisar los proyectos elaborados por la abogada Mercedes Liseth Albujar Gallo De Cáceda dejó constancia de las de fi ciencias de las cuestiones básicas para el ejercicio de la función fi scal, este hecho se condice con lo expresado en informe Nº 001-2023-MP-FN-FPEDCF-BAGUA, suscrito por el referido abogado; y, el contenido del Acta de Visita Ordinaria efectuada a la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Bagua, de fecha 5 de octubre de 2022. A su vez, la mencionada Coordinadora Nacional expresa que de acuerdo al informe Nº 11-2023-UGI-FSNCEDCF-MP-FN/DRLR, suscrito por la analista, Denise Rossi Lam Rodríguez, la abogada Mercedes Liseth Albujar Gallo De Cáceda, registra 41 casos con plazos vencidos siendo la magistrada que cuenta con mayor número de casos vencidos del Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Amazonas con sede en Bagua; y, registra solo 13 casos resueltos; en ese sentido, solicita la conclusión del nombramiento y designación de la magistrada antes mencionada. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, se hace oportuno, emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de dar por concluido el nombramiento y designación del personal fi scal mencionado que ocupa provisionalmente la plaza señalada en el segundo párrafo. Asimismo, considerando que mediante o fi cios Nros. 3718, 4019, 4402, 6082, 6759 y 8556-2023-MP-FN-FSNCEDCF, la Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios formuló la propuesta de reemplazo respectivo y se remitió la documentación correspondiente; se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo de Fiscal Adjunto Provincial para la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Amazonas con sede en Bagua, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de septiembre de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Que, estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158° y 159° de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Mercedes Liseth Albujar Gallo de Cáceda, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Amazonas con sede en Bagua; así como la prórroga de la vigencia de los mismos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2026-2021-MP-FN y 689-2023-MP-FN, de fechas 31 de diciembre de 2021 y 28 de marzo de 2023, respectivamente, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo .- Nombrar a la abogada Enan Quispe Taipe, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Amazonas con sede en Bagua.