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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (04/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 112

112 NORMAS LEGALES Domingo 4 de junio de 2023 El Peruano / Contraloría General de la República del Perú en la Reunión Anual del CBC 2023, permitirá entre otros aspectos, i) Informar al Comité Rector del CBC de la INTOSAI, en su calidad de miembro del referido Comité Rector al presidir el Subcomité de Auditorías Cooperativas y la Fuerza de Tarea de Participación Ciudadana e Interacción con la Sociedad Civil, y especialmente a los miembros que lo integran, sobre el plan de trabajo de ambos órganos técnicos, así como las próximas actividades o iniciativas a desarrollar; ii) En su calidad de miembro del Comité Rector, participar en la adopción de la decisiones sobre la gobernanza del CBC, incluyendo los planes de trabajo, términos de referencia actualizados y presupuestos, entre otros, de los órganos técnicos del CBC; iii) Cumplir con los compromisos institucionales asumidos como presidencias del Subcomité de Auditorías Cooperativas y de la Fuerza de Tarea de Participación Ciudadana e Interacción con la Sociedad Civil, así como establecer relaciones con los representantes de los organismos cooperantes internacionales y con las Entidades Fiscalizadoras Superiores que ejercen un liderazgo en la comunidad INTOSAI; iv) Conocer, intercambiar experiencias y enriquecer el debate técnico con los participantes en materia de los temas que tratarán durante la Reunión Anual del CBC 2023, tales como: calidad de los recursos humanos, auditorías de calidad y de alto impacto, así como en las sesiones realizadas durante el Foro Regional y Comité Rector del CBC de la INTOSAI; Que, en consecuencia, de acuerdo a lo expresado en la Hoja Informativa N° 000035-2023-CG/CREI, resulta conveniente para los fi nes institucionales la participación de los señores Félix Jaime Ortega De la Torre, Subgerente de Cooperación y Relaciones Internacionales, y Aldo Renato Adamo Otero, Profesional de la Subgerencia de Cooperación y Relaciones Internacionales, en la Reunión Anual del CBC de la INTOSAI, del 20 al 22 junio de 2023 en la ciudad de Kingston, Jamaica; considerándose la comisión de servicios del 19 al 23 de junio de 2023; Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y modi fi catorias, así como demás normativa aplicable, los gastos que irrogue la mencionada comisión de servicios serán fi nanciados con los recursos del Pliego 019: Contraloría General, de conformidad con lo señalado por la Gerencia de Administración mediante Memorando N° 001832-2023-CG/GAD, sobre la base del cálculo de gastos efectuado por la Unidad de Contabilidad, conforme a la Hoja Informativa N° 000639-2023-CG/CONT, y de acuerdo con lo sustentado por la Subgerencia de Abastecimiento a través del Memorando N° 005893- 2023-CG/ABAS y la Hoja Informativa N° 000060-2023- CG/ABAS-ZPA; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 32 y 33 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y de acuerdo con la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; así como la precitada Ley N° 27619 y su Reglamento; y la Resolución de Contraloría N° 183-2023-CG; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios al exterior de los señores Félix Jaime Ortega De la Torre, Subgerente de Cooperación y Relaciones Internacionales, y Aldo Renato Adamo Otero, Profesional de la Subgerencia de Cooperación y Relaciones Internacionales, a la ciudad de Kingston, Jamaica, del 19 al 23 de junio de 2023, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que se deriven de la presente comisión de servicios serán fi nanciados con recursos del Pliego 019: Contraloría General, según detalle siguiente: pasajes aéreos por un importe de S/. 4,978.04 soles (Cuatro mil novecientos setenta y ocho con 04/100 soles) y S/. 4978.04 soles (Cuatro mil novecientos setenta y ocho con 04/100 soles), viáticos por un importe de US$ 1,290.00 (3 días) y US$ 1,290.00 (3 días), y gastos de instalación por un importe de US$ 430.00 (1 día) y US$ 430.00 (1 día) correspondiente a los señores Félix Jaime Ortega De la Torre, Subgerente de Cooperación y Relaciones Internacionales, y Aldo Renato Adamo Otero, Profesional de la Subgerencia de Cooperación y Relaciones Internacionales, respectivamente. Artículo 3.- Los citados funcionario y profesional, presentarán al Despacho del Contralor, con copia a la Subgerencia de Cooperación y Relaciones Internacionales, un informe sobre los resultados de la comisión y las acciones que se deriven a favor de la Contraloría General de la República, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo 4.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.HUMBERTO BERNARDO RAMÍREZ TRUCIOS Vicecontralor de Integridad y ControlContralor General de la República (e) 2183748-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 2334-CU-2022 Huancayo, 29 de noviembre 2022EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ; Visto, el O fi cio Nº 0691-2022-OPEyP/UNCP presentado el 17 de noviembre de 2022, por la Jefatura de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, mediante el cual solicita la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la UNCP. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo previsto por el Artículo 18º de la Constitución Política del Perú, Artículo 8º de la Ley Universitaria Nº 30220, cada universidad es autónoma, en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las Leyes; el Estado reconoce la Autonomía Universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución; Que, dentro de una Institución Pública, debe existir los Instrumentos de Gestión, conforme a normas, y uno de ellos es el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, por cuanto es un documento normativo en el que se establece las funciones generales y atribuciones para la administración, organización y funciones de una entidad pública; Que, con Resolución Nº2262-R-2018 se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional del Centro del Perú, el mismo que a la entrada en vigencia de la resolución Ministerial N| 588-2019-MINEDU y dando cumplimiento a la primera disposición complementaria fi nal, se ha adecuado a los presentes lineamientos;