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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (04/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 116

116 NORMAS LEGALES Domingo 4 de junio de 2023 El Peruano / de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Mediante O fi cio N° 000427-2023-CG/GAD, la Contraloría General de la República comunica el monto correspondiente a la Junta Nacional de Justicia por los periodos a auditar 2023 y 2024, que asciende a la suma de S/ 119,624.00 (Ciento Diecinueve Mil Seiscientos Veinte y Cuatro 00/100 Soles) que se desagregan en S/. 59,812.00 (Cincuenta y Nueve Mil ochocientos Doce 00/100 Soles) por cada periodo; Mediante Memorando N° 000314-2023-OP/JNJ, la Ofi cina de Presupuesto informa que, la Junta Nacional de Justicia cuenta con crédito presupuestal en la meta 11, Unidad de Contabilidad, para realizar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República por la suma de S/ 59, 812.00 00 (Cincuenta y Nueve Mil Ochocientos Doce 00/100 Soles) para la convocatoria de Concurso Público de una sociedad de auditoría externa (SOA) para el ejercicio 2023; por lo que corresponde aprobar el monto de la transferencia por el primer período; Conforme al artículo 20 de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, en el caso del Gobierno Nacional, la que debe publicarse en el Diario O fi cial El Peruano; en tal sentido corresponde emitir el acto administrativo que apruebe la transferencia aludida en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, así como en la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la Republica y del Sistema Nacional de Control, en la Ley N° 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia; y con los visados de la Dirección General y de los jefes de las O fi cinas de Administración y Finanzas y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera con cargo al Presupuesto Institucional 2023, del Pliego 021: Junta Nacional de Justicia, Unidad Ejecutora 0198: Junta Nacional de Justicia, hasta por la suma de S/ 59, 812.00 (Cincuenta y Nueve Mil ochocientos Doce y 00/100 Soles) de la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad ejecutora 001: Contraloría General, destinado para la convocatoria de Concurso Público de Mérito de una sociedad de auditoría externa (SOA) para el ejercicio fi scal 2023 de la Junta Nacional de Justicia. Artículo 2.- Disponer que la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo anterior se atienda con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 021: Junta Nacional de Justicia, Unidad Ejecutora 0198: Junta Nacional de Justicia, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub - Genérica del Gasto: 2.4.1 3 A Otras Unidades del Gobierno, Clasi fi cador de Gasto: 2.4.1 3.1 1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional y Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Precisar que los recursos de la presente transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1º de la presente resolución, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Disponer que la presente resolución se publique en el en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Junta Nacional de Justicia (www.gob.pe/jnj). Regístrese, comuníquese y publíquese.IMELDA JULIA TUMIALÁN PINTO Presidenta 2183628-1MINISTERIO PÚBLICO Aceptan renuncia de Fiscal Provincial Mixta de Tambopata, del Distrito Fiscal de Madre de Dios RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS N° 037-2023-MP-FN-JFS Lima, 1 de junio de 2023 VISTO Y CONSIDERANDO: La carta de la abogada Karina Chambilla Chirinos, presentada el día 22 de mayo de 2023 a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Madre de Dios, elevada a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación el referido día y remitida a través de la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales a la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos el día 23 de mayo de 2023; mediante la cual renuncia al cargo de fi scal provincial mixta de Tambopata, del Distrito Fiscal de Madre de Dios, por motivos de salud, solicitando que su renuncia se haga efectiva desde el día de su presentación –esto es– desde el día 22 de mayo de 2023; sin embargo, dicha misiva fue observada por la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos a través del o fi cio Nº 000558-2023-MP-FN- SJFS, de fecha 23 de mayo de 2023, la misma que posteriormente fue subsanada mediante carta remitida el día 24 del referido mes y año. Mediante Resolución Nº 041-2008-CNM, de fecha 19 de febrero de 2008, el extinto Consejo Nacional de la Magistratura, expidió el título de fi scal provincial mixta de Tambopata, del Distrito Fiscal de Madre de Dios, a favor de la abogada Karina Chambilla Chirinos. Siendo la renuncia un ejercicio del derecho a la libertad de trabajo, la misma se encuentra sujeta a que se cumplan determinadas exigencias para hacerse efectiva a fi n de evitar que se afecte el normal desarrollo de las actividades en nuestra institución. En esa línea, conforme a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal; lo señalado en la primera disposición complementaria, transitoria y fi nal del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y, los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fi scal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en la que fue recibida o, dentro de los treinta (30) días siguientes, siendo esta decisión una facultad discrecional del empleador, lo que se condice con lo señalado por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica en el Informe Nº 000624-2021-MP-FN-OGASEJ en el que se concluyó que la Junta de Fiscales Supremos conoce la renuncia de los señores fi scales titulares aceptándola desde su presentación formal o dentro del periodo de los treinta días posteriores al inicio del requerimiento. De igual forma, el Tribunal de Servicio Civil, en el fundamento 36 de la Resolución Nº 01524-2016-SERVIR/TSC-Primera Sala, de fecha 18 de agosto de 2016, señaló que: “[…] el acto de renuncia no puede ser formulada con efecto retroactivo, es decir, presentarla con fecha posterior a la fecha en que empezará a surtir efecto […]”. Ahora bien, es preciso señalar que la señora abogada Karina Chambilla Chirinos, mediante documento recepcionado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Madre de Dios el día 22 de mayo de 2023 vía Carpeta Electrónica Administrativa, solicitó que su renuncia sea considerada desde el mismo día; es decir, desde el 22 de mayo de 2023, documento que fue subsanado mediante escrito presentado el día 24 de mayo de 2023. Asimismo, de acuerdo a los documentos recabados, se tiene que la solicitante precisa que su renuncia se debe a motivos de salud, acompañando la documentación que así lo acredita; por lo que, resulta necesario aceptar su renuncia.