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115 NORMAS LEGALES Domingo 4 de junio de 2023 El Peruano / Modifican la Resolución Rectoral Nº 11381-2023-UNJBG, que autoriza viaje de docentes de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann a Argentina, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 11434-2023-UNJBG Tacna, 31 de mayo de 2023VISTOS: El O fi cio N° 284-2023-VIIN-UNJBG, Proveídos Nº 3669 y 4010-2023-REDO y Nº 1927 y 1961-2023-SEGE, Informe N° 354-2023-ININ-VIIN/UNJBG, O fi cio N° 59-2023-BATOLITO, O fi cio N° 1420-2023-OPEP/ UNJBG, Informe Nº 1533-2023-UPP-OPEP/UNJBG, Copia de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota Nº 2821, sobre la modi fi cación de la Resolución Rectoral Nº 11381-2023-UNJBG; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Rectoral Nº 11381-2023-UNJBG se autoriza excepcionalmente el viaje al exterior en comisión de servicios del Dr. André Steenken, Investigador Principal del Proyecto de Investigación “El emplazamiento del Batolito de la Costa (Segmento Toquepala) y la relación geodinámica con las Placas Oceánicas Aluk, Farallon y el Macizo Arequipa con las formaciones de grupo Yura y Toquepala (Perú, 13º30’S – 18ºS Y 69-W – 73ºW)”, durante el periodo del 26 de mayo al 16 de junio del 2023 y a Jonathan Faraz Dawis Zavaleta Curasi Co-Investigador del citado Proyecto de Investigación, durante el periodo del 20 al 22 de mayo del 2023 y docentes de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, para realizar la medición e instrumentación de AMS-Fabrica magnética de muestras de testigos de roca (perforadas) en las instalaciones del Laboratorio de Paleomagnetismo Daniel A. Valencio del IGEBA. Universidad de Buenos Aires – Argentina; asimismo los gastos que ocasione el viaje autorizado se ejecutará por el monto S/ 32 944,80 soles, debiendo a su retorno efectuar la rendición de cuenta debidamente documentada, conforme a disposiciones y normas vigentes; Que, el Vicerrector de Investigación, da a conocer que el Dr. André Steenken docente ordinario de la UNJBG, mani fi esta que por motivos de retrasos de envíos de las muestras de rocas para realizar la Medición e Instrumentación de AMS-Fábrica magnética con el equipo KAPPABRIDGE en las instalaciones del Laboratorio de Paleomagnetismo Daniel A. Valecio de IGEBA de la Universidad de Buenos Aires, se ha reprogramo el citado viaje, solicitando se considere el periodo de viaje del 5 al 26 de junio de 2023; Que, en virtud de lo expuesto la Autoridad mediante Proveídos Nº 3669 y 4010-2023-REDO, dispone la emisión del acto resolutivo correspondiente para los efectos administrativos a que diere lugar, y; De conformidad con el inciso 62.2 del Art. 62º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, Ley 27619, Ley 31084, y en uso de las atribuciones conferidas al señor Rector; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modi fi car, la Resolución Rectoral Nº 11381-2023-UNJBG que autoriza excepcionalmente el viaje al exterior en comisión de servicios del Dr. André Steenken, únicamente en el periodo habiéndose consignado del 26 de mayo al 16 de junio del 2023, debiendo ser a partir del 5 al 26 de junio del 2023, dejando subsistentes los demás contenidos de citada resolución. En consecuencia, se modi fi ca su respectivo Anexo. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, de conformidad a las normas vigentes.Regístrese, comuníquese y archívese. JAVIER LOZANO MARREROS Rector JORGE LUIS LOZANO CERVERA Secretario General 2183979-1 JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN N° 033-2023-P-JNJ San Isidro, 26 de mayo de 2023VISTOS: El O fi cio N° 000427-2021-CG/GAD de la Contraloría General de la República, el Informe N°00065-2023-UC-OAF/JNJ de la Unidad de Contabilidad, el Memorando N° 000314-2023-OP/JNJ de la O fi cina de Presupuesto y el Memorando N° 000556-2023-OAF/JNJ de la Ofi cina de Administración y Finanzas, relacionados a la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República para la convocatoria de Concurso Público de Méritos para contratación de la sociedad auditora para el ejercicio fi scal 2023, y; CONSIDERANDO: Conforme a lo previsto en el artículo 20º de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por artículo 3º de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la Republica y del Sistema Nacional de Control, las sociedades de auditoría son personas jurídicas cali fi cadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, que son designadas previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados fi nancieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas; Para tal fi n, las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales están autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del pliego así como del jefe de la O fi cina de Administración y del jefe de la O fi cina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; En el caso de las entidades del Gobierno Nacional, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad y se publican en el Diario O fi cial El Peruano; Mediante Resolución N° 237-2021-CG, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 5 de noviembre de 2021, la Contraloría General de la República aprobó el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales, empresas prestadoras de servicios de saneamiento, universidades, empresas en liquidación bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), proyectos/programas y otras entidades sujetas al Sistema Nacional