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40 NORMAS LEGALES Viernes 19 de abril de 2024 El Peruano / disposiciones que para tal efecto establezca el Ministerio de Educación; Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 086-2020-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el desarrollo del Programa de Inducción Docente”; Que, con la Resolución Viceministerial Nº 215-2021-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones para el desarrollo de las acciones formativas y sus estándares de calidad en el marco de la Formación Docente en Servicio”; Que, bajo ese marco normativo, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica los Informes Nº 00321-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS, Nº 00351-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS y Nº 00385-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS, elaborados por la Dirección de Formación Docente en Servicio, dependiente de la referida Dirección General, a través de los cuales se sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el desarrollo del Programa de Inducción Docente”, cuyo objetivo es establecer disposiciones, criterios técnicos y procedimientos para la implementación, ejecución, seguimiento y evaluación del Programa de Inducción Docente, así como las responsabilidades de las instancias de gestión educativa descentralizada, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento; y derogar la Resolución Viceministerial Nº 086-2020-MINEDU (en adelante, la propuesta normativa); Que, asimismo, la propuesta normativa cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), de la Dirección General de Educación Básica Alternativa Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), y de la O fi cina de Seguimiento y Evaluación Estratégica (OSEE); Que, a través del Informe Nº 00560-2024-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta normativa, señalando que se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del sector; asimismo, desde el punto de vista presupuestal, su aprobación no irrogará gastos adicionales a los asignados en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación para el Año Fiscal 2024; Que, asimismo, con el Informe Nº 00467-2024-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la propuesta normativa; Que, de acuerdo con el literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 004-2024-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 004-2024-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el desarrollo del Programa de Inducción Docente”, la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.Artículo 2.- Derogar la Resolución Viceministerial Nº 086-2020-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el desarrollo del Programa de Inducción Docente”. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA Viceministra de Gestión Pedagógica 2280820-1 ENERGÍA Y MINAS Otorgan concesión temporal a favor de la empresa GR CHABARBAMBA S.A.C., para desarrollar Estudios de Factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura “Central Solar Fotovoltaica Macarena”, ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 127-2024-MINEM/DM Lima, 4 de abril de 2024 VISTOS: El Expediente N° 26411824 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura “Central Solar Fotovoltaica Macarena”, presentada por la empresa GR CHABARBAMBA S.A.C.; el Informe N° 180-2024-MINEM/DGE-DCE, elaborado por la Dirección General de Electricidad; el Memorando N° 00129-2024/ MINEM-VME del Viceministerio de Electricidad; el Informe N° 0301-2024-MINEM/OGAJ, elaborado por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento con Registro N° 3667293, de fecha 31 de enero de 2024, la empresa GR CHABARBAMBA S.A.C. presenta una solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar los Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura “Central Solar Fotovoltaica Macarena” con una capacidad instalada de 170 MW, al amparo de lo dispuesto por el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 30 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, los Estudios de Factibilidad mencionados en el considerando que antecede, se desarrollarán en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM (WGS84) que fi guran en el Expediente; Que, de acuerdo con los Informes de Vistos, se verifi ca que la empresa GR CHABARBAMBA S.A.C. cumple con los requisitos establecidos en el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y el código CE02-1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM, y sus modi fi catorias, por lo que se concluye que corresponde otorgar la concesión temporal para realizar Estudios de