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38 NORMAS LEGALES Viernes 19 de abril de 2024 El Peruano / a nivel institucional a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por el importe de S/ 7 000 000,00 (SIETE MILLONES Y 00/100 SOLES), en el marco de lo establecido en el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 31954, Ley de Equilibrio Financiero del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, mediante el O fi cio Nº 475-2024-VIVIENDA/SG el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a su favor, con cargo a los saldos de libre disponibilidad del OTASS, por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, para el fi nanciamiento del proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales en los Distritos de Nuevo Chimbote y Chimbote de la Provincia de Santa - Departamento de Ancash” con CUI Nº 2532566; adjuntando, para dicho efecto, los Informes Nº 173-2024-VIVIENDA/OGPP-OP y Nº 140-2024-VIVIENDA/OGPP-OP; así como el Informe Técnico Nº 122-2024/VIVIENDA-OGPP-OI, elaborados por la O fi cina de Presupuesto y la O fi cina de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, respectivamente, con el sustento correspondiente. Asimismo, mediante el O fi cio Nº159- 2024-VIVIENDA/OGPP, la citada O fi cina General adjunta el Informe Nº 227-2024-VIVIENDA/OGPP-OP, con información complementaria; Que, mediante el Memorando Nº 0123-2024-EF/52.04, la Dirección General de Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de sus competencias, considera procedente la Transferencia de Partidas del OTASS a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para fi nanciar la ejecución del proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales en los Distritos de Nuevo Chimbote y Chimbote de la Provincia de Santa - Departamento de Ancash” con CUI Nº 2532566; Que, asimismo, mediante Memorando Nº 142- 2024-EF/ 63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, remite el Informe Nº 0071-2024-EF/63.04 de la Dirección de Gestión de Inversiones, en el cual señala que, como resultado de la revisión de la información consignada en el Banco de Inversiones del proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales en los Distritos de Nuevo Chimbote y Chimbote de la Provincia de Santa - Departamento de Ancash” con CUI Nº 2532566, no presenta comentarios en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, encontrándose el citado proyecto de inversión viable y activo. Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 6 513 471,00 (SEIS MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES) del OTASS a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para fi nanciar la ejecución del proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales en los Distritos de Nuevo Chimbote y Chimbote de la Provincia de Santa - Departamento de Ancash” con CUI Nº 2532566, vinculado a la operación de endeudamiento externo aprobada mediante Decreto Supremo Nº 281-2022-EF; De conformidad con lo establecido en el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 31954, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 6 513 471,00 (SEIS MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para fi nanciar la ejecución del proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales en los Distritos de Nuevo Chimbote y Chimbote de la Provincia de Santa - Departamento de Ancash” con CUI Nº 2532566, vinculado a la operación de endeudamiento externo aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 281-2022-EF, en el marco de lo establecido en el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 31954, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a los recursos del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), de acuerdo al siguiente detalle: DE LA (En Soles) SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 003: Modernización de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento de la EPSS CATEGORÍA PRESUPUESTAL 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano PROYECTO 2325008: Gestión del Programa y Otros: Modernización de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento en las EPS Emapacop, Sedacusco, Sedapar, Semapa Barranca, Emapa Huacho y Emapa Huaral FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3: Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 6 513 471,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 6 513 471,00 =========== A LA SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano CATEGORÍA PRESUPUESTAL 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano PROYECTO 2532566: Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales en los Distrito de Nuevo Chimbotes y Chimbote de la provincia de Santa-Departamento de Ancash FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3: Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 6 513 471,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 6 513 471,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitador y del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, se detallan en el Anexo