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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (29/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 77

77 NORMAS LEGALES Jueves 29 de agosto de 2024 El Peruano / nacionales multisectoriales, vinculadas a la reducción de la Pobreza, Anemia y Desnutrición Crónica Infantil en la Región de Ayacucho; Que, en función a lo señalado, corresponde reconocer a través de una Ordenanza Regional, la Instancia Articulación Regional (IAR) “INCLUIR PARA CRECER AYACUCHO”, quiénes conducirán el desarrollo integral a través de acciones articuladas intersectoriales e intergubernamentales para a fi anzar el desarrollo humano sostenible de las personas en la Región de Ayacucho; Que, el Estado Peruano asumió en los últimos años una serie de compromisos para incrementar los servicios de nutrición, salud, educación y protección a favor de la Primera Infancia, niñez y adolescencia, jóvenes, población vulnerable, desarrollo económico, seguridad alimentaria y mejorar así la calidad de la población, en ese sentido el gobierno regional de Ayacucho viene trabajando articuladamente intergubernamental e intersectorial a través de la Estrategia Regional “INCLUIR PARA CRECER AYACUCHO RUMBO AL BICENTENARIO” con la implementación de ejes estratégicos e indicadores intergubernamentales e intersectorial. Siendo de carácter prioritario implementar y alinear las políticas nacionales multisectoriales de Salud, PNDIS - MIDIS, MIMPV, Educación y Otros en el ámbito territorial regional de Ayacucho y sus 124 gobiernos locales, propone modi fi car la Política Regional con nombre de Estrategia Regional “INCLUIR PARA CRECER AYACUCHO RUMBO AL BICENTENARIO” con 5 ejes de desarrollo, a POLÍTICA REGIONAL “INCLUIR PARA CRECER AYACUCHO” con 5 Objetivos Prioritarios; Que, el literal a) del artículo 15 de la Ley N 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el literal a) del artículo 15 del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, establece que el Consejo Regional tiene entre sus atribuciones la aprobación, modi fi cación y derogación de las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Asimismo, el artículo 38° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, los literales a) y b) del artículo 45° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cado por el artículo 4º de la Ley N° 27902, establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico establecido por la Constitución, la Ley de Bases de Descentralización y demás leyes de la república; teniendo función normativa y reguladora la elaboración aprobación de normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia; Que, el literal c) del artículo 21º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional, promulgar las Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional; Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, Ley N° 27902, Ley N° 28698 y Ley 29053, y el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regional N° 003-2012-GRA/CR, y Ordenanza Regional N° 003-2020-GRA/CR, el Consejo Regional con el voto unánime de sus miembros aprueba lo siguiente: ORDENANZA REGIONALArtículo Primero.– DEROGAR la Ordenanza Regional N°007-2020-GRA/CR, que crea la Estrategia Regional “INCLUIR PARA CRECER RUMBO AL BICENTENARIO”, con sus 05 Ejes estratégicos. Artículo Segundo.– APROBAR la Política Regional “INCLUIR PARA CRECER AYACUCHO” al 2030, con sus 05 Objetivos Prioritarios, como un mecanismo de gobierno para desarrollar un trabajo articulado y coordinado en el territorio regional entre los tres niveles de gobierno, con el objetivo de reducir las brechas sociales, priorizando la atención de los principales problemas como: la pobreza, anemia, desnutrición crónica infantil, violencia y la inseguridad alimentaria, de acuerdo del curso de vida de las personas, trabajo desarrollado a través de la Instancia de Articulación Regional (IAR) e Instancia de Articulación Local (IAL). Artículo Tercero.- APROBAR la conformación de la Instancia Articulación Regional (IAR) “INCLUIR PARA CRECER AYACUCHO” para desarrollar un trabajo articulado y coordinado en el territorio regional y a fi anzar el desarrollo humano sostenible de las personas, que en adelante estará constituida de la siguiente manera: PRESIDENTE: Gobernador Regional de Ayacucho. SECRETARIA TÉCNICA: Gerente Regional de Desarrollo Social. INTEGRANTES: - Presidente (a) de la Comisión de Desarrollo Humano e Inclusión Social del Concejo Regional de Ayacucho. - Alcaldes Provinciales de las 11 Provincias de la Región Ayacucho. - Alcaldes Distritales de los 113 Distritos de la Región Ayacucho. - Gerente General del Gobierno Regional de Ayacucho - Gerentes del Gobierno Regional de Ayacucho. - Directores Sectoriales de la Región Ayacucho. - Representantes del MIDIS y sus Programas Sociales.- Representante del MIDAGRI y sus OPDs- Representante de PRODUCE- Representante del MIMP y sus programas- Representante del MINEDU- Representante del MINSA- Representante de VIVIENDA- Representante del MEF-CONECTAMEF- Representante del INEI-O fi cina Regional Ayacucho - Representante de la RENIEC-Ayacucho- Representante del Ministerio Publico-Ayacucho- Representante del Poder Judicial-Ayacucho- Representante de Defensoría del pueblo-Ayacucho- Representante de la Policía Nacional del Perú- Ayacucho - Representante del Ejercito del Perú-Ayacucho- Representante de la Mesa de Concertación Para la Lucha Contra la Pobreza –MCLCP - Representante del Consejo Regional de Decanos de los colegios profesionales de Ayacucho - Representantes de las Instituciones Privadas y las Organizaciones no Gubernamentales vinculadas al Sector Social y económico. - Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga- Representante de Institutos Superiores públicos y privados Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional para que mediante Resolución Ejecutiva Regional designe a los integrantes del Consejo Regional de Lucha Contra la Pobreza, Anemia y Desnutrición Crónica Infantil “INCLUIR PARA CRECER AYACUCHO”, teniendo en cuenta el artículo que antecede. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Gerencia Regional de Desarrollo Económico - GRA de liderar las acciones de la Instancia de Articulación Regional (IAR) “INCLUIR PARA CRECER AYACUCHO”, de acuerdo a sus propios Objetivos Prioritarios de la Política Regional: OBJETIVO PRIORITARIO.1 FORTALECER LA GESTIÓN TERRITORIAL, MEJORAR LOS ESTILOS DE VIDA Y LAS CONDICIONES DEL ENTORNO Responsables: Gerencia Regional de Desarrollo Social - Dirección Regional de Salud Ayacucho. OBJETIVO PRIORITARIO.2: DESARROLLO INFANTIL TEMPRANO PARA ASEGURAR SU INCLUSIÓN SOCIAL Responsable: Gerencia Regional de Desarrollo Social - Dirección Regional de Salud Ayacucho - Dirección Regional de Educación Ayacucho.