Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (29/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 74

74 NORMAS LEGALES Jueves 29 de agosto de 2024 El Peruano / mandato de integridad fi nanciera. Por ello, los temas que se abordarán en el mencionado evento son de interés institucional para la SBS, pues contribuyen al fortalecimiento de las capacidades de sus profesionales a cargo de las labores de regulación, supervisión y/o control, vinculadas con el sistema de prevención y detección del lavado de activos y el fi nanciamiento del terrorismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, así como en la Resolución SBS N° 04273-2023 que aprueba Medidas de Austeridad, Racionalidad, Disciplina en el Gasto y de Ingresos de Personal en la SBS para el Ejercicio 2024; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señorita Tomasita María Hilda Pazos Aurich, Analista Principal Operativo - Perito, del Departamento de Análisis Operativo de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú de la SBS, del 12 al 20 de octubre de 2024, a la ciudad de Ostia, República Italiana, para participar en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución, quien dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 2°.- Autorizar los gastos que irrogue la presente participación con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2024, de acuerdo a lo siguiente: Pasaje aéreo US$ 1,760.14 Viáticos US$ 3,780.00 Artículo 3°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP 2319096-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Aprueban la Política Regional “Incluir para Crecer Ayacucho” al 2030 CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2024-GRA/CR Ayacucho, 25 de marzo de 2024 EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO. POR CUANTO: El Consejo Regional de Ayacucho en Sesión Ordinaria de fecha 07 de marzo del 2024, deliberó y aprobó el Dictamen: Derogar la Ordenanza. Regional N° 007-2020-GRA/CR con 05 Ejes de Estratégicos, y aprobar la POLÍTICA REGIONAL “INCLUIR PARA CRECER AYACUCHO” al 2030, con 5 Objetivos Prioritarios alineada a las políticas nacionales, presentado por la Comisión Permanente de Desarrollo Humano e Inclusión Social; y CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de conformidad con lo previsto en los artículos 191 y 192 de la Constitución Política del Estado y sus modi fi catorias, los artículos 8 y 31º de la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, dispositivo concordante con el artículo 2º de la Ley N 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; Que, mediante O fi cio la Presidenta de la Comisión Permanente de Desarrollo e Inclusión Social, presenta al Consejo Regional el Dictamen del Proyecto de Ordenanza Regional que deroga la Ordenanza. Regional N° 007-2020-GRA/CR con 05 Ejes de Estratégicos, y aprueba la POLÍTICA REGIONAL “INCLUIR PARA CRECER AYACUCHO” al 2030, con 5 Objetivos Prioritarios alineada a las políticas nacionales, se ha realizado el alineamiento de la Política Regional con otras Políticas y Planes Nacionales que se encuentran relacionadas. Para ello, se ha realizado un análisis de alineamiento a nivel vertical y horizontal como mecanismo de articulación intersectorial e intergubernamental, en atención al O fi cio N° 114- 2024-GRA/CR-SCR, de la Presidente de la Comisión de Desarrollo Humano e Inclusión Social, adjunta el Informe Técnico y Opinión Legal de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y Asesoría Jurídica, respectivamente del Gobierno Regional y el Informe Legal del abogado del Consejo Regional, con el Dictamen N° 001-2024-GRA/ CR-CPDSIH de la Comisión de Desarrollo Humano e Inclusión Social, la sustentación y el debate se sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional; Que, mediante Ley N°27813, Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, que tiene la fi nalidad de coordinar el proceso de aplicación de la política nacional de salud, promoviendo su implementación concertada, descentralizada y coordinando los planes y programas de todas las instituciones del sector a efecto de lograr el cuidado integral de la salud de todos los peruanos y avanzar hacia la seguridad social universal en salud y el Decreto Supremo N°032-2020-SA, que aprueba el reglamento de las instancias de coordinación interinstitucional del sistema nacional de salud y del proceso de elecciones de los miembros que deben ser elegidos para integrar el Consejo Nacional de Salud; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2022-MlDlS, se aprobó la Política Nacional de Desarrollo e inclusión Social al 2030, como expresión de la política de desarrollo e inclusión social, basada en la articulación de los diversos sectores y niveles de gobierno involucrados, según sus respectivas competencias, para el logro de resultados prioritarios de inclusión social según cinco ejes estratégicos de fi nidos mediante un enfoque de ciclo de vida, en atención a las necesidades especí fi cas de cada etapa del Desarrollo Humano, en base al diagnóstico desarrollado y a la situación actual del problema publico planteado, se encuentran barreras que limitan el desarrollo de las personas a lo largo de su ciclo de vida, en donde la política pública cumple un rol fundamental para reducirlas. Es así que los objetivos prioritarios buscan asegurar la inclusión social de las personas en cada etapa del ciclo de vida, la Política plantea 5 objetivos prioritarios, que permitirán orientar la intervención: 1) Mejorar el desarrollo infantil temprano para asegurar su inclusión social, 2) Mejorar el desarrollo físico, cognitivo y socioemocional de niñas, niños y adolescentes para asegurar su inclusión social, 3) Incrementar las capacidades para la inclusión económica de jóvenes y adultos para asegurar su inclusión social, 4) Mejorar la calidad de vida de las personas adultas mayores para asegurar su inclusión social y 5) Mejorar las condiciones del entorno de la población para asegurar su inclusión social; Que, el Estado Peruano asumió en los últimos años una serie de compromisos para incrementar los servicios