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100 NORMAS LEGALES Domingo 29 de diciembre de 2024 El Peruano / por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta días calendario, prorrogado mediante el Decreto Supremo Nº 033-2024-PCM; Que, con el Decreto Supremo Nº 016-2024-PCM, se declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Huánuco y Huancavelica, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta días calendario, prorrogado mediante el Decreto Supremo Nº 039-2024-PCM; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 020-2024-PCM, se declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash y Huancavelica, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta días calendario, prorrogado mediante el Decreto Supremo Nº 044-2024-PCM; Que, a través del Decreto Supremo Nº 027-2024- PCM, se declara el Estado de Emergencia en el distrito de Yauli de la provincia y departamento de Huancavelica, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta días calendario; Que, por el Decreto Supremo Nº 031-2024-PCM, se declara el Estado de Emergencia en los distritos de Margos y Churubamba de la provincia y departamento de Huánuco, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta días calendario; Que, con el Decreto Supremo Nº 124-2024-PCM, se declara el Estado de Emergencia en los distritos de Amarilis y Pillco Marca de la provincia y departamento de Huánuco, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta días calendario; Que, mediante el Informe Nº D00178-2024- VIVIENDA/VMVU-DGPPVU, el Informe Nº D00847-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-DEPPVU, el Informe Nº 881-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-DEPPVU-CITV y el Informe Técnico Legal Nº 011-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-DEPPVU-VSC-MRP, la DGPPVU en base a la información contenida en los Formularios de Campo 2A: Empadronamiento Familiar de la Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades remitidos por los gobiernos locales de los distritos citados en los considerandos precedentes, sustenta la relación de mil ciento veintidós potenciales bene fi ciarios del BAE, al haber validado sus viviendas como colapsadas o inhabitables, a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Huánuco, Huancavelica, La Libertad, Lima y Piura, en el marco de los Estados de Emergencia y del Estado de Emergencia Nacional, declarados por los Decretos Supremos Nºs 029-2023-PCM, 034-2023-PCM, 035-2023-PCM; el Decreto Supremo Nº 043-2023-PCM, prorrogado mediante el Decreto Supremo Nº 065-2023-PCM; el Decreto Supremo Nº 072-2023-PCM, prorrogado por los Decretos Supremos Nºs. 089-2023-PCM, 110-2023-PCM, 130-2023-PCM, 006-2024-PCM y 038-2024-PCM; el Decreto Supremo Nº 005-2024-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo Nº 033-2024-PCM; el Decreto Supremo Nº 016-2024-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo Nº 039-2024-PCM; el Decreto Supremo Nº 020-2024-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo Nº 044-2024-PCM; y, los Decretos Supremos Nºs. 027-2024-PCM, 031-2024-PCM y 124-2024-PCM; Que, en mérito a ello, la DGPPVU propone la cuadragésima novena convocatoria del año 2024 para el otorgamiento del BAE a los potenciales bene fi ciarios con viviendas colapsadas o inhabitables ubicadas dentro de las zonas declaradas en Estado de Emergencia y Estado de Emergencia Nacional, por los Decretos Supremos citados en el considerando anterior, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 31526 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2022-VIVIENDA, señalando que se cuenta con los recursos su fi cientes para atender la convocatoria propuesta; Que, a través del Informe Nº D00407-2024-VIVIENDA/ SG-OGAJ, la OGAJ emite opinión favorable para continuar con la aprobación de la propuesta efectuada y sustentada por la DGPPVU; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y modi fi catoria; la Ley Nº 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA y modi fi catoria; y, el Reglamento de la Ley Nº 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2022-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Cuadragésima novena convocatoria del año 2024 para el otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias en atención a los Decretos Supremos Nºs 029-2023-PCM, 034-2023-PCM, 035-2023-PCM; el Decreto Supremo Nº 043-2023-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo Nº 065-2023-PCM; el Decreto Supremo Nº 072-2023-PCM, prorrogado por los Decretos Supremos Nºs. 089-2023-PCM, 110-2023-PCM, 130-2023-PCM, 006-2024-PCM y 038-2024-PCM; el Decreto Supremo Nº 005-2024-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo Nº 033-2024-PCM; el Decreto Supremo Nº 016-2024-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo Nº 039-2024-PCM; el Decreto Supremo Nº 020-2024-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo Nº 044-2024-PCM; y, los Decretos Supremos Nºs. 027-2024-PCM, 031-2024-PCM y 124-2024-PCM 1.1 Aprobar la cuadragésima novena convocatoria del año 2024 para el otorgamiento de mil ciento veintidós Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, dirigida a igual número de potenciales bene fi ciarios constituidos por los damni fi cados con viviendas colapsadas o inhabitables, ante intensas precipitaciones pluviales, ubicadas en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Huánuco, Huancavelica, La Libertad, Lima y Piura, en el marco de los Estados de Emergencia y del Estado de Emergencia Nacional, declarados por los Decretos Supremos Nºs 029-2023-PCM, 034-2023-PCM, 035-2023-PCM; el Decreto Supremo Nº 043-2023-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo Nº 065-2023-PCM; el Decreto Supremo Nº 072-2023-PCM, prorrogado por los Decretos Supremos Nºs. 089-2023-PCM, 110-2023-PCM, 130-2023-PCM, 006-2024-PCM y 038-2024-PCM; el Decreto Supremo Nº 005-2024-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo Nº 033-2024-PCM; el Decreto Supremo Nº 016-2024-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo Nº 039-2024-PCM; el Decreto Supremo Nº 020-2024-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo Nº 044-2024-PCM; y, los Decretos Supremos Nºs. 027-2024-PCM, 031-2024-PCM y 124-2024-PCM, según el siguiente detalle: TABLA: RESUMEN DE BONOS DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA PARA EMERGENCIAS (BAE) A CONVOCAR ITEM DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITOBAE A CONVOCAR 1 Áncash Pomabamba Huayllán 31 2 LauricochaSan Francisco de Asís6 3 HuamalíesJacas Grande 89 4 Arancay 44 5 Puños 2 6PachiteaPanao 11 7 Molino 6 8 Huánuco HuánucoMargos 14 9 Churubamba 5 10 Amarilis 2 11 Pillco Marca 20 12 Leoncio Prado Hermilio Valdizán 2