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109 NORMAS LEGALES Domingo 29 de diciembre de 2024 El Peruano / en general emitir e implementar los actos o actuaciones que no sean privativas del titular de la Entidad, ante cualquier autoridad y/o dependencia administrativa, así como ante las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFP, Compañías de Seguros y Reaseguros y Notarios Públicos. Artículo 4.- Delegar en el/la jefe/a del Área de Logística, las facultades y atribuciones siguientes: a. Representar a la entidad ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE y ante el Tribunal de Contrataciones del Estado, en los procedimientos, trámites y gestiones que se realicen ante dichas instancias de acuerdo con la normativa de contratación pública. b. Aprobar las solicitudes de cotización para comparación de precios, según corresponda. c. Emitir, suscribir, controlar y registrar las Constancias de Prestación de bienes, servicios y obras. d. Suscribir, modi fi car, resolver los contratos y/u órdenes de compra y/o servicios por las prestaciones de bienes, servicios u obras cuyos montos de contratación sean iguales o inferiores a ocho (8) UIT, y sus adendas; así como aprobar, suscribir, modi fi car y resolver las contrataciones a realizarse a través del Catálogo Electrónico de Acuerdo Marco. e. Resolver las solicitudes de ampliación de plazo de los contratos y/u órdenes de compra y/o de servicio por las prestaciones de bienes, servicios u obras, cuyos montos de contratación sean iguales o inferiores a ocho (8) UIT, así como las que resulten de las contrataciones por Catálogo Electrónico del Acuerdo Marco, según corresponda. f. Aplicar las penalidades al contratista que incumpla las obligaciones a su cargo, deduciéndolas de los pagos a cuenta, de las valorizaciones, del pago fi nal o en la liquidación fi nal, según corresponda; o, de ser necesario, del monto resultante de la ejecución de la garantía de fi el cumplimiento. g. Comunicar al contratista las observaciones advertidas por el área usuaria, otorgándole el plazo correspondiente para su subsanación, a efectos que se emita la conformidad respectiva. h. Requerir el cumplimiento del contrato, por conducto notarial, en los casos que corresponda. i. Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades y sus modi fi caciones, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. j. Suscribir todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción, absoluciones de pedidos de información y actos vinculados a los procesos de contratación, así como hacer uso de la palabra ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), el Tribunal de Contrataciones del Estado y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal y los pedidos de información y consultas que resulte necesario realizar ante otras entidades, vinculados a las contrataciones del Estado. k. Invitar a los postores que participaron en el procedimiento de selección cuyo contrato derivado fue resuelto o declarado nulo, en el marco del supuesto establecido en el artículo 167 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Artículo 5.- Delegar en el/la Gerente/a de Televisión, las facultades y atribuciones siguientes: a. Suscribir todo tipo de documentos y/o comunicaciones ante personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, para la ejecución de las actividades, así como de los acuerdos tomados en el comité de contenidos, en el marco de las competencias de la Gerencia de Televisión. b. Suscribir las licencias de derecho de grabación de espectáculos y/o emisión de materiales audiovisuales que se celebre, a título gratuito, previa validación respecto de la titularidad de derechos otorgados, por la Gerencia de Televisión. c. Suscribir los contratos con proveedores nacionales e internacionales, para la cesión y/o licenciamiento de derechos de material audiovisual a favor del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú, previo cumplimiento de la normativa establecida sobre la materia. d. Suscribir Acuerdos de Facilidades de Producción en el marco de la Directiva N° 001-GTV/IRTPV.1 “Gestión de Facilidades de Producción” aprobado por Resolución de Gerencia General N° D000029-2021-IRTP-GG y sus modi fi catorias. Artículo 6.- Delegar en el/la Gerente/a de Prensa, las facultades y atribuciones siguientes: a. Suscribir las licencias de derecho de materiales audiovisual relacionados con la Gerencia de Prensa que se celebre a título gratuito, previa validación respecto de la titularidad de derechos otorgados por la Gerencia de Prensa. b. Suscribir los contratos con las Agencias Internacionales de Noticias, previo cumplimiento de la normativa establecida en la materia. c. Suscribir todo tipo de documentos y/o comunicaciones ante personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, para la ejecución de las actividades, así como de los acuerdos tomados en el comité de contenidos, en el marco de las competencias de la Gerencia de Prensa. d. Suscribir Acuerdos de Facilidades de Producción en el marco de la Directiva N° 001-GTV/IRTPV.1 “Gestión de Facilidades de Producción” aprobado por Resolución de Gerencia General N° D000029-2021-IRTP-GG y sus modi fi catorias. Artículo 7.- Delegar en el/la Gerente/a de Radio, las facultades y atribuciones siguientes: a. Suscribir todo tipo de documentos y/o comunicaciones ante personas naturales y/o jurídicas públicas y/o privadas, para la ejecución de las actividades de radiodifusión, así como de los acuerdos adoptados en el comité de contenidos, en el marco de las competencias de la Gerencia de Radio. b. Suscribir las licencias de derecho de material radiofónico que se celebre a título gratuito, previa validación respecto de la titularidad de derechos otorgados por la Gerencia de Radio. c. Suscribir los contratos con proveedores nacionales e internacionales, para la cesión y/o licenciamiento de derechos de material radiofónico a favor del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú, previo cumplimiento de la normativa establecida sobre la materia. d. Suscribir Acuerdos de Facilidades de Producción en el marco de la Directiva N° 001-GTV/IRTPV.1 “Gestión de Facilidades de Producción” aprobado por Resolución de Gerencia General N° D000029-2021-IRTP-GG y sus modi fi catorias. Artículo 8.- Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina de Informática y Estadística -OIE, las facultades y atribuciones siguientes: a. Solicitar y gestionar la emisión, cancelación, suspensión y renovación de certi fi cados digitales para suscriptor de persona jurídica, que se realiza a través de la Plataforma Integrada de la Entidad de Registro (PIER) del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC. b. Suscribir documentos y/o comunicaciones necesarias con entidades públicas y/o empresas privadas nacionales e internacionales, en el ámbito del gobierno digital y de las tecnologías de la información y comunicaciones, para la gestión oportuna de la O fi cina de Informática y Estadística. Artículo 9.- Delegar en el/la Gerente/a de la Comercialización, las facultades y atribuciones siguientes: 9.1 En materia administrativa:a. Suscribir, en representación de la entidad, toda la documentación y/o declaraciones juradas, formatos necesarios y que correspondan a fi n de que la entidad se