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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (29/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 98

98 NORMAS LEGALES Domingo 29 de diciembre de 2024 El Peruano / Artículo 3.- Seguimiento y evaluación La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, efectúa el seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 Actualizado - Versión 2 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2357972-1 Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2025 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 481-2024- VIVIENDA Lima, 27 de diciembre de 2024VISTOS: El Memorando Nº D03702-2024-VIVIENDA/SG-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº D00217-2024-VIVIENDA/SG-OGPP-OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización, el Informe Nº D00414-2024-VIVIENDA/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN) y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) como órgano rector y orientador del SINAPLAN; Que, el inciso 12 del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la programación multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fi scales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del SINAPLAN; Que, con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0055- 2024/CEPLAN/PCD se aprueba la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, la cual tiene como objetivo establecer la metodología para el proceso de elaboración (formulación o actualización) del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), conforme al Ciclo de Planeamiento Estratégico; Que, el numeral 3.2 del Capítulo 3 de la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, señala que el POI comprende la programación multianual de las Actividades Operativas e Inversiones necesarias para implementar las Acciones Estratégicas Institucionales (AEI) de fi nidas en el PEI, por un período de tres años, respetando el período de vigencia del PEI, además, establece los recursos fi nancieros y las metas físicas mensuales para cada periodo anual (programación física, de costeo y fi nanciera), en relación con los logros esperados de los objetivos del PEI; Que, asimismo, el subnumeral 3.2.2 del numeral 3.2 del Capítulo 3 de la versión actualizada de la mencionada Guía señala que luego que el Congreso de la República aprueba la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público y cada Pliego aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tenga consistencia con el PIA; de no ser consistente, la entidad ajusta la programación, y en consecuencia las metas físicas son revisadas a nivel multianual, para fi nalmente obtener el POI Anual; a partir de ello, el POI Anual comprenderá la programación física y fi nanciera de las Actividades Operativas e Inversiones priorizadas en forma mensual; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 484-2017-VIVIENDA, se constituye la “Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, de carácter permanente, la cual tiene como función, entre otras, determinar el plan de trabajo para elaborar o modi fi car el PEI y el POI, así como, validar el documento del PEI y POI; Que, con la Resolución Ministerial Nº 566-2023-VIVIENDA, se aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, por la Resolución Ministerial Nº 151-2024-VIVIENDA, se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2024-2030 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, con la Resolución Ministerial Nº 170-2024-VIVIENDA, se aprueba el “Plan Operativo Institucional Multianual 2025-2027 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 477-2024-VIVIENDA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, con el “Acta de validación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, consistenciado con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2025” del 20 de diciembre de 2024, la “Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, constituida con Resolución Ministerial Nº 484-2017-VIVIENDA, valida el “Plan Operativo Institucional (POI) anual 2025 del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, consistenciado con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2025”; Que, el artículo 37 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, establece que la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoramiento responsable de conducir los sistemas de planeamiento, modernización, inversión pública y de presupuesto; asimismo, el literal a) del artículo 40 del citado Reglamento establece que la O fi cina de Planeamiento y Modernización tiene como función coordinar, formular y actualizar los planes estratégicos sectorial e institucional y el plan operativo institucional, así como realizar estudios prospectivos e investigaciones para el planeamiento sectorial; Que, con el Memorando Nº D03702-2024-VIVIENDA/ SG-OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº D00217-2024-VIVIENDA/SG-OGPP-OPM de la O fi cina de Planeamiento