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114 NORMAS LEGALES Domingo 29 de diciembre de 2024 El Peruano / Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 135 Seguro Integral de Salud, en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2025, dispone en el numeral 1 de su Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final, “Autorizar, en el Año Fiscal 2024, a los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, a modi fi car su presupuesto institucional respecto a los recursos correspondientes a saldos de balance por las fuentes de fi nanciamiento distintas a Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, solo para reducir su Presupuesto Institucional Modi fi cado”; Que, asimismo, el numeral 3 de la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, establece que “La modi fi cación del presupuesto institucional autorizada en el mencionado artículo se aprueba mediante resolución del titular de la entidad para el caso de los pliegos del Gobierno Nacional, y mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal para el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, respectivamente. La resolución del titular de la entidad se publica en el diario o fi cial El Peruano y la copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público”; Que, por su parte, el numeral 4 de la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la mencionada Ley Nº 32185, establece que la mencionada disposición entra en vigencia al día siguiente de la publicación de la referida ley; Que, mediante el Memorando N° 002421-2024- SIS/OGPPDO, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional hace suyo el Informe N° 000066-2024-SIS/OGPPDO-DDZ, a través del cual concluye que “En el marco de lo autorizado en el numeral 1 de la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, visto los saldos de libre disponibilidad comunicados por la O fi cina General de Administración de Recursos (OGAR) y luego del análisis respectivo de la ejecución de ingresos y gastos de la Unidad Ejecutora 001 SIS del Pliego 135 Seguro Integral de Salud, correspondería la reducción del Presupuesto Institucional Modi fi cado (PIM) en la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias hasta por el monto de S/ 242 231,00 (Doscientos Cuarenta y Dos Mil Doscientos Treinta y Uno y 00/100 Soles)”; Que, a través del Informe Legal N° 000702-2024- SIS/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo informado por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, concluye que resulta legalmente viable que el Jefe del Seguro Integral de Salud emita la Resolución Jefatural que autorice la reducción del Presupuesto Institucional del Pliego 135 Seguro Integral de Salud para el Año Fiscal 2024, en el marco de lo dispuesto en la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, en consecuencia, corresponde al Titular del Pliego 135 Seguro Integral de Salud, aprobar mediante resolución, la reducción del Presupuesto Institucional Modi fi cado en la Fuente de Financiamiento 4 Donaciones y Transferencias, hasta por el importe de S/ 242 231,00 (Doscientos Cuarenta y Dos Mil Doscientos Treinta y Uno y 00/100 Soles)”; Con el visto de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2025; en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Reducción del presupuesto institucional en la fuente de fi nanciamiento 4. Donaciones y Transferencias Autorízase una reducción del Presupuesto Institucional Modi fi cado del Pliego 135: Seguro Integral de Salud por la fuente de fi nanciamiento 4. Donaciones y Transferencias hasta por el monto de S/ 242 231,00 (Doscientos cuarenta y dos mil doscientos treinta y uno y 00/100 Soles), en aplicación a lo dispuesto en el numeral 1 de la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2025, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Donaciones y Transferencias 1 Ingresos Presupuestarios 1.9 Saldos de Balance 1.9.1 1 .1 1 Saldos de Balance 242 231,00 ============= TOTAL INGRESOS 242 231,00 ============= EGRESOS En SolesSECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 135 : Seguro Integral de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Seguro Integral de Salud CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales PRODUCTO 3999999 : Sin Producto ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 4 : Donaciones y Transferencias GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 11 307,00 2.4 Donaciones y Transferencias 230 924,00 ============ TOTAL UNIDAD EJECUTORA 001 242 231,00 ============ ============ TOTAL PLIEGO 135 242 231,00 ============ Artículo 2.- Notas para Modi fi cación Presupuestaria Dispóngase que la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del Pliego 135 Seguro Integral de Salud, instruye a la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud, para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 4.- Presentación de la resolución Remítase copia de la presente Resolución, dentro de los cinco (05) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo 5.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud y en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS NAPOLEÓN QUIROZ AVILÉS Jefe del Seguro Integral de Salud 2357943-1