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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (31/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 288

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2024 El Peruano / Dan término a designación de Agregado a la Embajada del Perú en el Reino de los Países Bajos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1013-2024-RE Lima, 30 de diciembre de 2024 VISTA: La Hoja de Trámite (GAB) N° 2299 del Despacho Ministerial, del 27 de diciembre de 2024; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0509-2024- RE, se designó al señor Carlos Enrique Díaz Villanueva en el cargo de con fi anza de Agregado a la Embajada del Perú en el Reino de los Países Bajos, con categoría F4 y percibiendo por concepto de Asignación por Servicio en el Exterior el equivalente al de un Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República; Que, mediante la Resolución Viceministerial N° 0451- 2024-RE se fi jó el 1 de julio de 2024, como la fecha en que el señor Carlos Enrique Díaz Villanueva, asumió funciones como Agregado a la Embajada del Perú en el Reino de los Países Bajos; Que, en atención a la Hoja de Trámite (GAB) N° 2299, resulta necesario dar término a la designación del señor Carlos Enrique Díaz Villanueva en el mencionado cargo de con fi anza; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Carrera Administrativa; y, el Decreto Supremo N° 135-2010-RE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar término a la designación del señor Carlos Enrique Díaz Villanueva en el cargo de con fi anza de Agregado a la Embajada del Perú en el Reino de los Países Bajos. Artículo 2.- La fecha de término de funciones del citado empleado de con fi anza será fi jada mediante Resolución Viceministerial. Artículo 3.- Dar las gracias al señor Carlos Enrique Díaz Villanueva, por los servicios prestados al Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 4.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2358352-1 SALUD Decreto Supremo que define el listado de los indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios a cumplir en el año 2025, las fichas técnicas y los scripts para su aplicación e implementación para percibir la entrega económica anual a la que hace referencia el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1153, Decreto Legislativo que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del personal de la salud al servicio del Estado DECRETO SUPREMO Nº 022-2024-SA LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo Nº 1153, que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del personal de la salud al servicio del Estado, tiene la fi nalidad de que el Estado alcance mayores niveles de equidad, e fi cacia, e fi ciencia y preste efectivamente servicios de calidad en materia de salud al ciudadano, a través de una política integral de compensaciones y entregas económicas que promueva el desarrollo del personal de salud al servicio del Estado; Que, el artículo 15 del mencionado Decreto Legislativo dispone que la asignación por cumplimiento de metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios, es la entrega económica que se otorga una vez al año, al personal de los establecimientos de salud, redes y microrredes del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y gobiernos regionales, por el cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios; asimismo, dispone que dichas metas, indicadores y compromisos deben redactarse en términos simples, para su adecuada comprensión, y deben ser cuanti fi cables, a efectos de su evaluación y fi scalización; y que su publicación y difusión debe efectuarse a más tardar el 31 de diciembre del año anterior al ejercicio presupuestal al que corresponden; Que, el numeral 41.6 del artículo 41 de la Ley Nº32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que, para la asignación por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios alcanzados en el Año Fiscal 2025 en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1153, cuyo pago se realiza en el Año Fiscal 2026, el Ministerio de Salud aprueba, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud, a propuesta de este último, el listado de indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios, relacionados a los programas presupuestales asociados a dichos pagos, y otras prioridades sanitarias de fi nidas por la autoridad sanitaria nacional, las fi chas técnicas y los scripts para replicar y contrastar los indicadores de desempeño que se aprueben mediante el decreto supremo antes mencionado; asimismo, dicho decreto deberá establecer los criterios técnicos para el fortalecimiento y uso de los sistemas de información establecidos por la autoridad sanitaria nacional que permitan el registro de los servicios prestados por el personal asistencial de los establecimientos de salud del Ministerio de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) y de los gobiernos regionales. Asimismo, se dispone que el citado dispositivo legal se publica en concordancia con los plazos de publicación establecidos en el artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1153; Que, en este contexto, y como parte del fortalecimiento del Sector Salud, debe aprobarse para el Año 2025 el listado de indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios, las fi chas técnicas, los scripts y los criterios técnicos para el fortalecimiento y uso de