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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (31/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 288

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2024 El Peruano / y admisión de la solicitud de adecuación de un CITE Púbico; ii) Elaboración de la propuesta para la adecuación de un CITE público; iii) Evaluación de la propuesta para la adecuación de un CITE público; iv) Aprobación de la propuesta para la adecuación de un CITE público; Que, teniendo en consideración el procedimiento referido en el párrafo anterior, tenemos que, para la etapa de Presentación y admisión de la solicitud de adecuación de un CITE Púbico, el CITE mediante Memorando Nº 667-2024-ITP/CITEPESQUEROAMAZONICO-PUCALLPA, de fecha 21 de octubre de 2024, remitió a la DEDFO la solicitud para adecuación de CITE, esto conforme el anexo Nº 04 de la Directiva; Que, mediante Memorando Nº 830-2024-ITP/ DEDFO, de fecha 29 de octubre de 2024, sustentado en el Informe Nº 54-2024-ITP/JND-DEDFO de fecha 23 de octubre de 2024, la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE (en adelante la DEDFO), admite la solicitud efectuada por el CITE; Que, en la etapa de elaboración de la propuesta para la adecuación de un CITE público, el CITE, con Memorando Nº 719-2024-ITP/CITEPESQUEROAMAZONICO- PUCALLPA, de fecha 11 de noviembre de 2024, el CITE remite el diagnóstico de brechas tecnológico – Semi detallado (en adelante S-DBT); Que, con Memorando Nº 787-2024-ITP/ CITEPESQUEROAMAZONICO-PUCALLPA, de fecha 13 de diciembre de 2024, el CITE remite el plan de adecuación, el cual posteriormente es validado por el Memorando Nº 7964-2024-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico Nº 182-2024-ITP/PRESUPUESTO e Informe Técnico Nº 165-2024-ITP/MODERNIZACION, todos ellos de fecha 17 de diciembre de 2024, de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Memorando Nº 4746-2024-ITP/DO, sustentado en los Informes Técnicos Nº 50-2024-ITP/JFG-DO, Nº 339- 2024-ITP/GEM-DO y Nº 51-2024-ITP/MFO-DO, todos ellos de fecha 17 de diciembre de 2024, de la Dirección de Operaciones; Que, en la etapa de evaluación de propuesta para la adecuación de un CITE público, el CITE con Memorando Nº 792-2024-ITP/CITEPESQUEROAMAZONICO-PUCALLPA, de fecha 17 de diciembre de 2024, remitió a la DEDFO el plan de adecuación con los pronunciamientos favorables otorgados por la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Dirección de Operaciones; Que, la DEDFO mediante Memorando Nº 130-2024- ITP/DEDFO, sustentado en el Informe Nº 64-2024-ITP/JND-DEDFO, de fecha 20 de diciembre de 2024, emite el informe de viabilidad técnica y fi nanciera, dicho documento consolida los pronunciamientos contenidos en los documentos anteriores; en ese sentido la DEDFO señala lo siguiente: - “En relación al diagnóstico de seguimiento de brechas tecnológicas (s-DBT), se concluye que existe una masa crítica de Unidades Productivas su fi cientes que se verá bene fi ciada de la posible adecuación del CITEpesquero Amazónico Pucallpa” - “En relación con la competencia técnica (denominación, ámbito de acción, especialización), el objetivo de la adecuación del CITEpesquero amazónico Pucallpa, se precisa lo siguiente: - La denominación del CITE, siguiendo la propuesta presentada, sería CITEproductivo Pucallpa. - Su ámbito de intervención será el departamento de Ucayali. - Las cadenas atendidas por el CITE serán la pesquera, acuícola y agroindustrial. - El objetivo el objetivo del CITE será modi fi cado a “apoyar las acciones de transferencia tecnológica, capacitación, asistencia técnica a las unidades de negocios y asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías con el fi n de aumentar su competitividad, optimización de procesos, capacidad de innovación, y desarrollo de productos mejorados, generando mayor valor en las cadenas productivas pesquera, acuícola y agroindustrial mejorando la oferta, productividad y calidad de sus productos tanto para el mercado nacional como el externo; siendo su ámbito territorial el departamento de Ucayali”- “En relación al Plan de Adecuación, el CITE menciona que no se necesitará de la instalación permanente de equipamiento extra, ya que el equipamiento actual puede ser utilizado para las cadenas pesquera y acuícola, mientras que las requeridas para atender la cadena agroindustrial será equipamiento de dimensiones menores, los cuales se detalla que podrán ser almacenadas en la infraestructura actual del CITE. Por otro lado, menciona que utilizarán el presupuesto disponible para el 2025 para la compra de dicho equipamiento, como también para la contratación del personal adicional que necesitan.” Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 614-2024-ITP/OAJ, de fecha 20 de diciembre de 2024, señala que, conforme la Directiva emitirá pronunciamiento respecto del procedimiento aplicado; en ese sentido, se pronuncia manifestando que se evidencia que, en el presente caso, se ha seguido con el procedimiento establecido, siendo que cada uno de los órganos intervinientes ha emitido opinión favorable al respecto; asimismo, que la DEDFO ha emitido su informe cumpliendo con los requisitos establecidos en la Directiva; Que, igualmente, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que, en virtud a la Resolución Ministerial Nº 294-2020-PRODUCE, de fecha 02 de setiembre de 2020, mediante la cual se delegó al Consejo Directivo del ITP la facultad de aprobar la modi fi cación de las condiciones y aspectos previstos en el acto de creación de los CITE, dicho colegiado tendría la facultad para emitir la Resolución con la cual se adecua el CITE, variando su denominación, especialidad y funciones, aspectos contenidos en el acto de creación inicial del CITE; Que, en la etapa de aprobación de propuesta, con Memorando Nº 39-2024-ITP/SCD, de fecha 27 de diciembre de 2024, la Secretaria de Consejo Directivo informa que mediante acuerdo Nº SO-005-0013-2024- ITP/CD, adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 0013-2024- ITP/CD de fecha 27 de diciembre de 2024, el Consejo Directivo acordó aprobar la adecuación del CITE, siendo dicho acuerdo de cumplimiento inmediato desde su aprobación, esto en virtud al Reglamento Interno del Consejo Directivo; Con los vistos de la Secretaría General, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica y de la O fi cina de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus competencias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica–CITE, Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción; la Resolución Ejecutiva Nº 050-2021-ITP/DE, que aprueba la Directiva Nº 003-2021/DE, Directiva de las Disposiciones para la Creación, Desarrollo Estratégico y Extinción de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE Públicos y Unidades Técnicas del ITP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Adecúese el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Pucallpa – CITEpesquero Amazónico Pucallpa, a fi n que adicione a sus competencias la cadena agroindustrial y acuícola. Artículo 2.- Modifíquese el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 054-2016-PRODUCE a fi n que se varie nombre del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Pucallpa – CITEpesquero Amazónico Pucallpa al de Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Productivo Pucallpa – CITEproductivo Pucallpa. Artículo 3.- Modifíquese el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 054-2016-PRODUCE, como sigue: “El Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Productivo Pucallpa – CITEproductivo