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48 NORMAS LEGALES Domingo 19 de mayo de 2024 El Peruano / con la normatividad vigente. Asimismo, en los casos que el personal administrativo registre en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA) la condición de personal contratado a plazo indeterminado (Decreto Legislativo Nº 728 y Decreto Legislativo Nº 276), corresponderá disponer la reserva de su plaza de origen. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la asignación temporal de una (1) plaza de fi scal adjunto provincial a nivel nacional, al Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, así como la prórroga de la vigencia de la misma, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación n.os 1445-2022-MP-FN y 3503-2023-MP-FN, de fechas 15 de julio de 2022 y 15 de diciembre de 2023, respectivamente. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Raúl David Guerrero Quispe, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el despacho de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, por consiguiente dejar sin efecto, a partir de la fecha, la prórroga de la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación n.os 1763-2022-MP-FN y 3503-2023-MP-FN, de fechas 18 de agosto de 2022 y 15 de diciembre de 2023, respectivamente. Artículo Tercero.- Asignar de manera temporal una (1) plaza de fi scal adjunto provincial a nivel nacional, creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, al Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, a partir de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2024. Artículo Cuarto.- Nombrar al abogado Raúl David Guerrero Quispe, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, con reserva de su plaza de origen. Artículo Quinto.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que algún magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento al abogado Raúl David Guerrero Quispe que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Séptimo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2289974-1GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Modifican la Resolución Ejecutiva Regional N° 207-2024-GRA/GR, que crea la “Unidad Funcional de Gestión de Proyectos - UFGP” RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 245-2024-GRA/GR VISTA:La Resolución Ejecutiva Regional N° 207-2024-GRA/ GR, emitida por el Despacho de Gobernación con fecha 03 de abril del 2024; el Informe N° 0077-2024-GRA-ORPPAT/OMDI, emitido por la O fi cina de Modernización y Desarrollo Institucional con fecha 19 de abril del 2024; el Informe N° 708-2024-GRA/ORAJ, emitido por la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada mediante la Ley N° 27680, “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización” y la Ley N° 30305, “Ley de Reforma de los Artículos 191°, 194° y 203° de la Constitución Política del Perú sobre la denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los alcaldes”, establece que los gobiernos regionales son entidades que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dentro de las cuales fi gura la aprobación de su estructura interna y la emisión de normas inherentes a la gestión regional, lo cual resulta concordante, se reafi rma y se desarrolla a través de la Ley N° 27783, “Ley de Bases de la Descentralización”, y la Ley N° 27867, “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”. Sin embargo, si bien queda clara su facultad de auto regulación derivada de la Constitución, lo cierto es que dicha autonomía no faculta a tales entidades a incurrir en autarquía, en tanto que ha sido concebida para el adecuado ejercicio de los fi nes y funciones dentro de los alcances y límites establecidos en el marco legal vigente, habiéndose pronunciado el Tribunal Constitucional a través de diversos fallos al respecto; Que, en tal contexto, con fecha 03 de abril del 2024, se emitió la Resolución Ejecutiva Regional N° 207- 2024-GRA/GR, por medio de la cual se creó la Unidad Funcional de Gestión de Proyectos - UFGP, dependiente de la Gerencia General Regional, a la cual se asignó el cumplimiento de once (11) funciones; Que, mediante el Informe N° 0077-2024-GRA- ORPPAT/OMDI, de fecha 19 de abril del 2024, la O fi cina de Modernización y Desarrollo Institucional re fi ere que, efectuadas las coordinaciones con el Especialista Legal del Equipo Consultor PMO del Ministerio de Economía y Finanzas, se ha considerado la modi fi cación de la Resolución Ejecutiva Regional N° 207-2024-GRA/GR, respecto a considerar la designación del coordinador, la incorporación de los roles que conformarán la citada unidad funcional, la modi fi cación y/o aclaración de la terminología utilizada en algunas de las funciones asignadas y la incorporación textual del compromiso de colaboración, lo referido a su fecha de implementación y la fi nanciación de la unidad, propuesta que ha sido validada por la O fi cina de Modernización y Desarrollo Institucional; Que, la propuesta formulada por el Ministerio de Economía y Finanzas y validada por la O fi cina de Modernización y Desarrollo Institucional, no varía el sentido de la Resolución Ejecutiva Regional N° 207-2024-GRA/GR, el cual es, en esencia, la creación de la la Unidad Funcional de Gestión de Proyectos - UFGP, si no que, por el contrario, la complementa y aclara, debiendo tenerse en cuenta que las unidades funcionales no son unidades orgánicas sino que constituyen equipos especializados de