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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (15/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 82

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Martes 15 de abril de 2025 El Peruano / PRODUCE Designan representantes, titular y alterno, del Ministerio de la Producción ante el Núcleo Ejecutor de Compras (NEC) para el sector productivo de Textil - Confecciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000149-2025- PRODUCE Lima, 14 de abril de 2025 VISTOS: El Memorando Nº 00000159-2025- PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU y los Informes Nos 00000054-2025-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU-ggiron y 00000019-2025-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU-ALROSASM del Programa Nacional “Compras a MYPErú”; el Memorando Nº 00000271-2025-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; y, el Informe Nº 00000348-2024-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 00310-2022-PRODUCE se constituye el Núcleo Ejecutor de Compras (NEC) para el sector productivo de Textil - Confecciones, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1414 que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar núcleos ejecutores de compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas; y, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-PRODUCE; Que, con la Resolución Ministerial Nº 000230-2024-PRODUCE, se designa a los representantes, titular y alterno, del Ministerio de la Producción ante el NEC para el sector productivo de Textil - Confecciones; Que, con el Memorando Nº 00000271-2025-PRODUCE/ DVMYPE-I, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria remite el Memorando Nº 00000159-2025-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU que hace suyos los Informes Nos 00000054-2025-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU- ggiron y 00000019-2025-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU-ALROSASM, con los cuales se propone dar por concluidas las designaciones efectuadas mediante la Resolución Ministerial Nº 000230-2024-PRODUCE y designar a los nuevos representantes, titular y alterno, del Ministerio de la Producción ante el citado NEC; Que, en consecuencia, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 000230-2024-PRODUCE así como designar a los nuevos representantes, titular y alterno, del Ministerio de la Producción ante el NEC para el sector productivo de Textil – Confecciones; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Legislativo Nº 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar Núcleos Ejecutores de Compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-PRODUCE; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 000230-2024-PRODUCE. Artículo 2.- Designar a los representantes, titular y alterno, del Ministerio de la Producción ante el Núcleo Ejecutor de Compras (NEC) para el sector productivo de Textil - Confecciones, según se detalla a continuación: - Representante Titular: JORGE LUIS JULCA ROSALES, Coordinador General de Núcleo Ejecutor de Compra para el Programa Nacional “Compras a MYPErú” del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, quien desempeñará el cargo de Presidente y representante legal. - Representante Alterno: ALVARO RAMIRO TORRES CARRILLO, Especialista en Evaluación de Requerimientos y Oferta Productiva para el Programa Nacional “Compras a MYPErú” del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce). Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2390307-1 Modifican el Anexo 2 de la R.M. N° 423-2016-PRODUCE, que contiene los formatos de informes semestrales, que presentan las personas naturales y jurídicas que realizan la actividad de acuicultura, correspondientes al cultivo de moluscos, crustáceos, peces y macroalgas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000152-2025- PRODUCE Lima, 14 de abril de 2025 VISTOS: El Informe N° 00000138-2025-PRODUCE/ DGPARPA de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura con el que hace suyo el Informe N° 00000171-2025-PRODUCE/ DPO de su Dirección de Políticas y Ordenamiento; los Memorandos N° 00000037-2025-PRODUCE/ DGA y N° 00000066-2025-PRODUCE/DGA de la Dirección General de Acuicultura, con los que remite los Informes N° 00000005-2025-PRODUCE/ DGAC-ccisneros y N° 00000015-2025-PRODUCE/DGAC-ccisneros, respectivamente; y el Informe N° 00000347-2025-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, dispone que esta entidad es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; asimismo, es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, acuicultura de mediana y gran empresa (AMYGE); y, de manera compartida con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, según corresponda, en materia de pesquería artesanal, acuicultura de micro y pequeña empresa (AMYPE) y acuicultura de recursos limitados (AREL), promoción de la industria y comercio interno en el ámbito de su jurisdicción; Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1195, que aprueba la Ley General de Acuicultura, declara de interés nacional la promoción y el fomento del desarrollo de la acuicultura sostenible como actividad económica que coadyuva a la diversi fi cación productiva y la competitividad, en armonía con la preservación del ambiente, la conservación de la biodiversidad y la sanidad e inocuidad de los recursos y productos hidrobiológicos, destacándose su importancia en la obtención de productos de calidad para la alimentación y la industria, la generación de empleo, de ingreso y de cadenas productivas, entre otros bene fi cios; Que, el artículo 24 de la Ley General de Acuicultura dispone que las personas naturales o jurídicas que