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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (15/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 82

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Martes 15 de abril de 2025 El Peruano / Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 45.3 del artículo 45 del Decreto de Urgencia N° 013-2020- que Promueve el Financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups, el fi nanciamiento de los servicios que brinda el ITP, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1228 y sus normas reglamentarias y complementarias, se realiza a través de recursos ordinarios y tarifas, siendo que estas últimas son fi jadas de acuerdo con la metodología que apruebe el ITP, la cual podrá establecer esquemas promocionales, según criterios objetivos, a fi n de aumentar su acceso, cobertura y efectividad; teniendo en cuenta además, que las tarifas y su metodología son concordantes con el rol subsidiario del Estado y se aprueban por Resolución del Director Ejecutivo del ITP; Que, de acuerdo con el numeral 6.2.29, concordante con los numerales 6.2.6 y 6.2.28, de la Directiva N° 001-2021-ITP/DE denominada “Metodología para la determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP”, aprobada por el artículo 2 de la Resolución Ejecutiva N° 042-2021-ITP/DE (en adelante, Directiva), el Tarifario es el documento que contiene (i) el Catálogo de servicios tecnológicos (CDS) que es la lista de servicios tecnológicos a ser brindados por el órgano que brindan el servicio tecnológico (OBS) y (ii) las tarifas que se obtienen a partir de la metodología del costo del servicio; Que, mediante Resolución Ministerial N° 038-2016-PRODUCE se creó el “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic - CITEagroindustrial Chavimochic”; de igual forma, con Resolución del Consejo Directivo N° 002-2024-ITP/PCD se aprobó la adecuación del ámbito territorial de intervención del CITEagroindustrial Chavimochic para los departamentos de La Libertad y Lambayeque; así también, mediante Resolución Ejecutiva N° 0118-2024-ITP/DE, se aprobó el Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEagroindustrial Chavimochic, conformado por dieciocho (18) servicios tecnológicos, consignados en el Anexo correspondiente; Que, con Memorando N° 0020-2025-ITP/CITEAGRO- CHAVIMOCHIC, sustentado en el Informe N° 0007-2025-ITP/MBG-CITEAGRO-CHAVIMOCHIC, ambos de fecha 09 de enero de 2025, el CITEagroindustrial Chavimochic remitió a la DEDFO su propuesta de inclusión de setenta y tres (73) nuevos servicios tecnológicos al Tarifario de Servicios Tecnológicos vigente; Que, mediante Memorando N° 0026-2025-ITP/DEDFO, sustentado en el Informe Técnico N° 0001-2025-ITP/BEA-DEDFO, ambos de fecha 14 de enero de 2025, la DEDFO emitió opinión favorable respecto a la viabilidad técnica de setenta y tres (73) nuevos servicios tecnológicos, en el marco de lo dispuesto en la Directiva N° 01-2021-ITP/DE y el Marco conceptual vigente; asimismo, consideró que los setenta y tres (73) servicios tecnológicos son técnicamente viables para la aplicación del régimen de incentivos establecido en el numeral 8.2 de la versión 3 de la Directiva N° 002-2021-ITP/DE, “Disposiciones sobre el diseño y aplicación de esquemas promocionales para el acceso a los servicios tecnológicos que brinda el ITP”, aprobada por Resolución Ejecutiva N° 153-2023-ITP/DE, referido al régimen de incentivos aplicable a los servicios tecnológicos aprobados en los tarifarios; Que, mediante Memorando N° 0154-2025-ITP/ CITEAGRO-CHAVIMOCHIC, sustentado en el Informe N° 0016-2025-ITP/MBG-CITEAGRO-CHAVIMOCHIC, ambos de fecha 10 de marzo de 2025, el CITEagroindustrial Chavimochic remitió el CDS validado con setenta y tres (73) nuevos servicios tecnológicos y las estructuras de costos enmarcadas en la metodología e incluidas en el Módulo del Sistema de Gestión de Tarifarios - SISTAR; Que, con Memorando N° 0484-2025-ITP/OA, sustentado en el Informe N° 0934-2025-ITP-OA- UFABAST, ambos de fecha 13 de marzo de 2025, y Memorando N° 0515-2025-ITP/OA de fecha 18 de marzo de 2025, sustentado en el Informe N° 0976-2025-ITP/OA-UFABAST e Informe N° 0113-2025-ITP-OA-UFABAST-CP, ambos de fecha 18 de marzo de 2025, la OA ha validado los costos de la propuesta de servicios tecnológicos del CITEagroindustrial Chavimochic y señaló que el Área de Control Patrimonial ha revisado los registros de los activos en el expediente N° AGROCHAVI000000022024 del Módulo del Sistema de Gestión de Tarifarios - SISTAR referido a la propuesta de servicios tecnológicos del CITEagroindustrial Chavimochic, los cuales se encuentran conforme a los registrados en el Módulo SIGA Patrimonio y se encuentran conciliados con contabilidad; Que, mediante Memorando N° 0642-2025-ITP/ OGRRHH de fecha 25 de marzo de 2025, la OGRRHH remitió la validación del costo de mano de obra por minuto de la propuesta de nuevos servicios tecnológicos del CITEagroindustrial Chavimochic, señalando que se encuentra conforme; Que, con Memorando N° 2072-2025-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico N° 0021-2025-ITP/MODERNIZACION ambos de fecha 28 de marzo de 2025, la OPPM emitió opinión técnica favorable sobre la propuesta de modi fi cación del Tarifario del CITEagroindustrial Chavimochic para la inclusión de setenta y tres (73) nuevos servicios tecnológicos de acuerdo con el CDS, señalando además que, dichos servicios tecnológicos se basan en el principio de subsidiariedad y cuenta con la validación de la estructura de costos por parte de la O fi cina de Administración y la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos de conformidad con el Instructivo N° INST-001-2024-ITP/DE; así como la modi fi cación de las Notas N° 2, 4 y 5 y manteniéndose dieciocho (18) servicios tecnológicos aprobados con el Tarifario vigente, por tanto, este debe estar conformado por noventa y un (91) servicios tecnológicos, adjuntando, para tal efecto, la propuesta fi nal del referido Tarifario; Que, mediante Informe N° 0184-2025-ITP/OAJ de fecha 11 de abril de 2025, la OAJ opinó que corresponde la modi fi cación del tarifario vigente del CITEagroindustrial Chavimochic aprobado mediante Resolución Ejecutiva N° 0118-2024-ITP/DE, a fi n incluir setenta y tres (73) nuevos servicios tecnológicos, así como la modi fi cación de las Notas N° 2, 4 y 5 y manteniéndose dieciocho (18) servicios tecnológicos aprobados con el Tarifario vigente; en ese sentido, señaló que el Tarifario estará compuesto por noventa y un (91) servicios tecnológicos y sus respectivas Notas, a ser prestados por el mencionado CITE; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, en lo que corresponde a sus competencias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Decreto de Urgencia N° 013- 2020, que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); SE RESUELVE:Artículo 1°.- Modi fi car el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic - CITEagroindustrial Chavimochic”, aprobado mediante Resolución Ejecutiva N° 0118-2024-ITP/DE, a fi n de incluir setenta y tres (73) nuevos servicios tecnológicos, así como la modi fi cación de las Notas N° 2, 4 y 5, quedando este conformado por noventa y un (91) servicios tecnológicos y sus respectivas Notas, detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información, en aplicación del artículo 1 de la presente Resolución y en coordinación con los órganos correspondientes, realice las acciones para la actualización del Sistema de Servicios de Innovación Productiva del ITP - SSIPRO para la aplicación de los esquemas promocionales a los servicios tecnológicos conforme a la versión 3 de la Directiva N° 002-2021- ITP/