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43 NORMAS LEGALES Viernes 15 de agosto de 2025 El Peruano / Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI (https://www.gob.pe/apci), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva y de la Resolución Directoral Ejecutiva N° 076- 2025/APCI-DE en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. NOELA MARÍA EUFEMIA PANTOJA CRESPO Directora Ejecutiva 2427633-2 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Disponen publicación para comentarios, del proyecto de modificación del Procedimiento Técnico del COES N° 08 “Criterios de Seguridad Operativa de Corto Plazo para el SEIN” (PR-08) RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 101-2025-OS/ PRES Lima, 14 de agosto del 2025VISTOS:La propuesta presentada por el Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional (“COES”) remitida mediante Carta N° COES/D-052-2025, la respuesta del COES a las observaciones de Osinergmin presentada mediante Carta N° COES/D-591-2025; así como, los Informes N° 593-2025-GRT y N° 594-2025-GRT de la Gerencia de Regulación de Tarifas. CONSIDERANDO:Que, en el literal c) del artículo 3.1 de la Ley N° 27332, Ley Marco de Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, se establece que la función normativa de los Organismos Reguladores comprende la facultad de dictar, en el ámbito y materia de sus respectivas competencias, entre otros, reglamentos y normas técnicas. En tal sentido, conforme a lo establecido el literal b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM y en el artículo 21 del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM (“Reglamento General de Osinergmin”), corresponde al Consejo Directivo, dictar de manera exclusiva y dentro de su ámbito de competencia, reglamentos de carácter particular, aplicables a las entidades; Que, en el marco de la Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos, se publicó el Procedimiento Técnico del COES N° 08 “Criterios de Seguridad Operativa de Corto Plazo para el SEIN” (“PR-08”), aprobado con Resolución N° 247-2014-OS/CD, cuyo objetivo es establecer los criterios técnicos para la elaboración de los programas de la operación de Corto Plazo de las Unidades de Generación del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN), considerando su gestión e fi ciente; Que, así también, en el marco de la Guía, mediante la Resolución N° 086-2017-OS/CD se aprobó el Procedimiento Técnico del COES N° 09 “Coordinación de la Operación en Tiempo Real” (“PR-09”) cuyo objetivo es establecer los criterios y lineamientos que el COES y los Agentes deben cumplir en atención de la función de coordinación de la Operación en Tiempo Real del SEIN, manteniendo criterios de seguridad, calidad y economía; Que, mediante Resolución Ministerial N° 143-2001- EM/VME publicada el 31 de marzo de 2001, se aprobó el Glosario de Abreviaturas y De fi niciones Utilizadas en los Procedimientos Técnicos del COES (“GLOSARIO”). Que, el COES mediante Carta N° D-052-2025 del 22 de enero de 2025 presentó una propuesta de modi fi cación del PR-08, del PR-09 y del GLOSARIO, sustentándose en la necesidad precisar el objetivo para especi fi car que las contingencias consideradas corresponden a equipos del STTN u otro equipo que el COES considere, precisar el alcance del PR-08 a fi n de incorporar los estudios operativos anuales, especi fi car los equipos y contingencias a monitorear en las simulaciones, entre otros; Que, de conformidad con el artículo 21 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado con Decreto Supremo N° 009-2024-JUS y con el artículo 25 del Reglamento General de Osinergmin, constituye requisito previo para la aprobación de los reglamentos dictados por el ente Regulador, que sus respectivos proyectos hayan sido publicados en el diario o fi cial El Peruano, con el fi n de recibir los comentarios de los interesados, los mismos que no tendrán carácter vinculante ni darán lugar al inicio de un procedimiento administrativo; Que, al amparo de lo dispuesto en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la Generación Eléctrica, el Reglamento del COES aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2008-EM y modi fi catorias, y la Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos, aprobada con Resolución N° 476-2008-OS/CD y modi fi catorias; habiéndose recibido la propuesta, la respuesta de observaciones por parte del COES y efectuado el respectivo análisis por parte de Osinergmin, corresponde publicar el proyecto de resolución que modi fi ca el PR-08, el PR-09 y el GLOSARIO, a efectos de recibir opiniones y sugerencias por parte de los interesados con relación a los aspectos que se someten a prepublicación. El plazo otorgado para la remisión de los comentarios considera la complejidad del contenido de la propuesta y la simultaneidad con la publicación de las propuestas de modi fi cación de otros procedimientos técnicos del COES; Que, fi nalmente, se ha emitido el Informe Técnico N° 593-2025-GRT y el Informe Legal N° 594-2025-GRT elaborados por la División de Generación y Transmisión Eléctrica y la Asesoría legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas respectivamente, que integra la presente resolución; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la Generación Eléctrica; en el Reglamento del COES, aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2008-EM; en la “Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos”, aprobada con Resolución N° 476-2008-OS/CD; y en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modi fi catorias y complementarias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación para comentarios Autorizar la publicación para comentarios, del proyecto de resolución de Consejo Directivo que modi fi ca el Procedimiento Técnico del COES N° 08 “Criterios de Seguridad Operativa de Corto Plazo para el SEIN”, aprobado con la Resolución N° 247-2014-OS/CD, el Procedimiento Técnico N° 09 “Coordinación de la Operación en Tiempo Real del SEIN”, aprobado con Resolución N° 086-2017-OS/CD y el Glosario de Abreviaturas y De fi niciones Utilizadas en los Procedimientos Técnicos del COES, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 143-2001-