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57 NORMAS LEGALES Viernes 15 de agosto de 2025 El Peruano / efectivo y e fi ciente del control gubernamental, a fi n de cumplir con el Plan Nacional de Control 2025 ”; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando Nº 000788-2025-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa Nº 000556-2025-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que da término a la designación del cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, entidad bajo el ámbito de la Subgerencia de Control del Sector Productivo y Trabajo de la Gerencia de Control Político, Institucional y Económico, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminada la designación de la señora Yolanda Lilia Varillas Castillo en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. Artículo 2.- Designar al señor Jonatan Montenegro Duárez, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ. Artículo 3.- Disponer que el personal de la Contraloría General de la República, a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentarse al órgano o unidad orgánica que corresponda. Artículo 4.- Las acciones de personal dispuestas en los artículos 1 y 2 precedentes, tendrán efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 5.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 6.- Publicar la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (https:// www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República 2428214-1 Dan por terminada designación de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Andahuaylas RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 324-2025-CG Lima, 14 de agosto de 2025VISTOS: La Hoja Informativa Nº 000169-2025-CG/VCST, de la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial; la Hoja Informativa Nº 000033-2025-CG/GRAP, de la Gerencia Regional de Control de Apurímac; el Memorando Nº 000846-2025-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; la Hoja Informativa Nº 000531-2025-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando Nº 000750-2025-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley Nº 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los Órganos de Control Institucional de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva Nº 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y sus modi fi catorias, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del OCI designado por la Contraloría General de la República ejerce sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el período de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes del Órgano de Control Institucional termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del Órgano de Control Institucional; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación de fi nitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación en el cargo; Que, mediante el artículo 3 de la Resolución de Contraloría Nº 309-2020-CG de 22 de octubre de 2020, se designó al señor Eduardo Fausto Queccara Puma en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Andahuaylas; Que, la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, mediante la Hoja Informativa Nº 000169-2025-CG/VCST, en atención a sus competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 179-2021-CG, y sus modi fi catorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Gerencia Regional de Control de Apurímac, para dar por terminada la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Andahuaylas, de conformidad con el literal c) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva Nº 020-2020-CG/NORM, lo que se justi fi ca al haber culminado el periodo de designación; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica