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42 NORMAS LEGALES Viernes 15 de agosto de 2025 El Peruano / técnica internacional, en el marco de las prioridades de desarrollo nacional y de la política exterior; Que, de acuerdo a los artículos 3 y 47 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE, se encuentra dentro de las funciones de la APCI el control, supervisión y fi scalización de la cooperación internacional no reembolsable y la correcta utilización de los recursos que en dicho ámbito sean gestionados a través del Estado y que provienen de fuentes del exterior de carácter público y/o privado para el logro de los objetivos de desarrollo nacional, regional y local, que ejecutan las entidades privadas debidamente registradas en la APCI, las cuales son ejercidas a través de la Dirección de Fiscalización y Supervisión; Que, conforme al artículo 48°, inciso b) del ROF de la APCI, la Dirección de Fiscalización y Supervisión tiene la función de elaborar y ejecutar el Plan Anual de Fiscalización; Que, con Resolución Directoral Ejecutiva N° 033- 2025/APCI-DE del 18 de marzo de 2025 se aprobó Plan Anual de Fiscalización (PAF) 2025 de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI); Que, en el marco de lo señalado, con Informe N° 0022-2025-APCI/DFS de fecha 13 de junio de 2025, la Dirección de Fiscalización y Supervisión (DFS) propone la modi fi cación de Plan Anual de Fiscalización (PAF) 2025 de la APCI; a fi n de incluir y excluir intervenciones, modi fi car el plazo para la realización de las acciones de supervisión y fi scalización, entre otros cambios; Que, partir de coordinaciones sostenidas con la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), con Memorándum N° 0493-2025-APCI/DFS del 7 de julio de 2025, la DFS remite a la OPP el PAF 2025 y sus anexos ajustados; Que, con Informe N° 0039-2025-APCI/OPP del 14 de julio de 2025, la OPP indica que la propuesta se encuentra alineada con los dispositivos normativos vigentes, así como con los instrumentos institucionales de plani fi cación estratégica, operativa y de gestión por procesos; indica que los cambios relacionados con los plazos de supervisión y fi scalización (también objeto de la modi fi cación) no exceden el presente año, por lo que se encuentran dentro del alcance previsto; y, agrega que para la ejecución de la propuesta, la DFS cuenta con los recursos necesarios para su implementación, sin que ello implique la asignación de recursos presupuestales adicionales; por lo que emite opinión favorable a la modi fi cación del PAF 2025 de la APCI; Que, mediante Memorándum N° 0993-2025-APCI/ DOC de fecha 17 de julio de 2025, la Dirección de Operaciones y Capacitación (DOC) brinda alcances en torno al rechazo de cuatro (4) intervenciones del Registro Nacional de Intervenciones (RNI), situación que motiva la exclusión de tales intervenciones programadas del PAF 2025 de la APCI; Que, con Informe N° 0146-2025-APCI/OAJ de fecha 17 de julio de 2025, la O fi cina de Asesoría Jurídica (OAJ) emite opinión favorable a la modi fi cación del Plan Anual de Fiscalización (PAF) 2025 de la APCI; Con los vistos de la Dirección de Fiscalización y Supervisión, de la Dirección de Operaciones y Capacitación, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la APCI; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27692, Ley de Creación de la APCI y sus modi fi catorias, así como el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación del Plan Anual de Fiscalización (PAF) 2025 de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Remitir el Plan Anual de Fiscalización (PAF) 2025 modi fi cado a la Dirección de Fiscalización y Supervisión de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), para los fi nes correspondientes. Artículo 3.- La Dirección de Fiscalización y Supervisión es responsable de la implementación del Plan Anual de Fiscalización (PAF) 2025 modi fi cado, aprobado por la presente Resolución Directoral Ejecutiva. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva y el Plan Anual Fiscalización (PAF) 2025 modi fi cado en el Portal Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI (https://www.gob.pe/apci), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. NOELA MARÍA EUFEMIA PANTOJA CRESPO Directora Ejecutiva 2427633-1 Subsanan omisión de la publicación de la R.D.E. N° 076-2025/APCI-DE, que aprueba la modificación del Plan Anual de Fiscalización (PAF) 2025 de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 082-2025/ APCI-DE Mira fl ores, 13 de agosto de 2025 VISTOS: El Informe N° 0029-2025-APCI/DFS del 08 de agosto de 2025 de la Dirección de Fiscalización y Supervisión y el Informe N° 0171-2025-APCI/OAJ de fecha 12 de agosto de 2025 de la O fi cina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 076-2025/APCI-DE, del 17 de julio de 2025, se aprueba la modi fi cación del Plan Anual de Fiscalización (PAF) 2025, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), la misma que dispuso su respectiva publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal de la Agencia; Que, con el Informe N° 0029-2025-APCI/DFS del 08 de agosto de 2025, la Dirección de Fiscalización y Supervisión de la APCI advierte que la Resolución Directoral Ejecutiva N° 076-2025/APCI-DE del 17 de julio de 2025, aún no ha sido publicada en el Diario O fi cial El Peruano; y recomienda que se proceda a su publicación; Que, con el Informe N° 0171-2025-APCI/OAJ de fecha 12 de agosto de 2025, la O fi cina de Asesoría Jurídica (OAJ) emite opinión legal respecto de la validez del acto jurídico contenido en la Resolución Directoral Ejecutiva N° 076-2025/APCI-DE, que aprueba la modi fi cación del Plan Anual de Fiscalización (PAF) 2025 de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; y, recomienda la subsanación de la omisión de su publicación con e fi cacia anticipada, al 17 de julio del 2025, fecha de la emisión del citado acto resolutivo; Con el visto de la Dirección de Fiscalización y Supervisión y la O fi cina de Asesoría Jurídica de la APCI; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27692, Ley de Creación de la APCI y sus modi fi catorias, así como el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Subsanar la omisión de la publicación de la Resolución Directoral Ejecutiva N° 076-2025/APCI-DE, de fecha 17 de julio de 2025, que aprueba la modi fi cación del Plan Anual de Fiscalización (PAF) 2025 de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI); la misma que tendrá e fi cacia anticipada a la fecha de su emisión. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva, de la Resolución Directoral Ejecutiva N° 076-2025/APCI-DE y el Plan Anual de Fiscalización (PAF) 2025 modi fi cado en el Portal