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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (31/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Domingo 31 de agosto de 2025 El Peruano / proporcionalidad de la sanción disciplinaria se concluye que el juez de paz investigado, efectivamente, vulneró el deber previsto en el numeral tres del artículo veinticuatro de la Ley de Justicia de Paz, esto es: (…) 3. Conocer, infl uir o interferir, directa o indirectamente, en causas a sabiendas de estar legalmente impedido de hacerlo, o cuando estas estén siendo conocidas o hayan sido resueltas por la justicia ordinaria o la jurisdicción especial” ; además, de incumplir con sus deberes señalados en los numerales uno, cinco y ocho del artículo cinco de la misma ley: “Artículo 5. Deberes. El juez de paz tiene el deber de: 1. Actuar con independencia e imparcialidad en el ejercicio de sus funciones. (…). 5. Desempeñar sus funciones con dedicación y diligencia. (…) 8. Inhibirse de conocer o seguir conociendo casos en los que peligre o se ponga en duda su imparcialidad y/o independencia. (…)” ; incurriendo en la falta muy grave prevista en el numeral tres del artículo cincuenta de la citada ley: “3. Conocer, infl uir o interferir, directa o indirectamente, en causas a sabiendas de estar legalmente impedido de hacerlo, o cuando estas estén siendo conocidas o hayan sido resueltas por la justicia ordinaria o la jurisdicción especial” ; por lo que, de conformidad con el artículo veintinueve del Reglamento del Régimen Disciplinario del Juez de Paz, la sanción de destitución es la única medida posible en orden al grado de afectación ocasionado al servicio de justicia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 973-2025 de la trigésima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo ochenta y dos del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De conformidad con la ponencia del señor Zavaleta Grández. Por unanimidad, SE RESUELVE:Imponer la medida disciplinaria de destitución al señor Edio Carhuapoma García, por su actuación como juez de paz urbano del Asentamiento Humano La Ensenada de Chillón de Puente Piedra, de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra-Ventanilla; con las consecuencias establecidas en el artículo cincuenta y cuatro de la Ley de Justicia de Paz. Inscribiéndose la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.-JANET TELLO GILARDI Presidenta 1 Fundamentos 16 y 17 de la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 2192-2004-AA/TC Tumbes. 2 Fundamento 9 de la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 1003-98-AA/TC Lima. 3 Fundamento 15 de la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 2192-2004-AA/TC Tumbes. 2432907-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de Gerente General para participar en evento a realizarse en México RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0043-2025- BCRP-N Lima, 14 de agosto de 2025 CONSIDERANDO QUE:Se ha recibido invitación del Bank for International Settlements (BIS), Representative O ffi ce for the Americas, para participar en la reunión del CCA Consultative Group of Directors of Operations (CGDO) , que se realizará los días 2 y 3 de setiembre de 2025 en Ciudad de México, México; La reunión está dirigida al grupo consultivo de directores de operaciones de los bancos centrales para el intercambio de información y experiencias sobre el comportamiento de los mercados, así como otros temas de interés para los bancos centrales en América Latina; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°27619, su Reglamento, el Decreto Supremo N°047-2002-PCM, así como por sus normas modi fi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 7 de agosto de 2025; SE RESUELVE:Artículo 1° .- Autorizar la misión en el exterior del señor Paul Gonzalo Castillo Bardález, Gerente General, los días 2 y 3 de setiembre de 2025, a Ciudad de México, México, y el pago de los gastos, a fi n de que participen en el evento indicado en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2° .- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes US$ 1414,43 Viáticos US$ 750,00 TOTAL US$ 2164,43 Artículo 3° .- Esta resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 2428667-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan participación de representantes de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas y de otras instituciones en la “Misión Técnica Internacional - Extremadura”, a desarrollarse en la Universidad de Extremadura y en su Parque Científico-Tecnológico del Reino de España UNIVERSIDAD NACIONAL TORIBIO RODRIGUEZ DE MENDOZA DE AMAZONAS CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 0719-2025- UNTRM/CU Chachapoyas, 14 de agosto de 2025VISTO: El acuerdo de sesión extraordinaria N° XXXVI de Consejo Universitario, de fecha 14 de agosto de 2025; y