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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (31/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 288

TEXTO PAGINA: 267

267 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de diciembre de 2025 El Peruano / estratégicos y de apoyo. La descripción de los procesos se realiza, en su nivel más agregado, con una breve descripción de cada uno, sus objetivos y la unidad de organización responsable. En el caso de los programas y proyectos especiales, debe adjuntarse el mapa de procesos en el que se muestren las interacciones internas y externas. d) Anexo: Organigrama que re fl eje la estructura; Que, es materia de aprobación, el Manual de Operaciones - MOP de la DIRECCIÓN REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO DE UCAYALI (DIRCETUR), contiene tres (3) títulos: Título Primero: Disposiciones Generales, Título Segundo: Estructura Orgánica, Título Tercero: Bienes, servicios y Procesos, consta de 48 Artículos; Que, el Artículo 55º numeral 55.1 de los Lineamientos de Organización del Estado, establece que, la propuesta del MOP se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual justi fi ca su estructura y los mecanismos de control y coordinación; y, en un Informe Legal elaborado por la O fi cina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces; Que, mediante mediante INFORME N° 508-2024-GRU- DIRCETUR-OPP de fecha 12 de septiembre de 2024, el Director de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo (DIRCETUR) de Ucayali, presenta al Director Regional de la DIRCETUR: i) Proyecto de Manual de Operaciones- MOP de la DIRCETUR, ii) Ficha Sustentatoria de la neceidad para contar con un MOP y iii) Informe Técnico;; Que, el INFORME TÉCNICO SUSTENTATORIO, emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Ucayali, forma parte de la propuesta del MOP; Que, mediante OFICIO Nº 394-2024-GRU- DIRCETUR-DR de fecha 24 de setiembre de 2024, el Director Regional de la DIRCETUR, remite el INFORME LEGAL Nº 057-2024-GRU-DIRCETUR-AL de fecha 23 de setiembre de 2024, en el cual el Asesor legal de la DIRCETUR, CONCLUYE: Emite opinión favorable para la aprobacion del Manual de Operaciones de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Ucayali, de conformidad con los numerales 55.1. y 55.2 del Artículo 55º del decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; Que, mediante INFORME Nº 162-2024-GRU-GRPP- SGDI de fecha 17 de setiembre de 2024, el Director de Sisterma Administrativo III, remite a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, el INFORME TÉCNICO Nº 017-2024-GRU- GRPP-SGDI/PPR; órgano administrativo que en el marco de su competencia a revisado la propuesta del Manual de Operaciones, acorde a la normatividad vigente; CONCLUYENDO: Que de la revisión y evaluacion realizada al proyecto del MOP de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Ucayali, CUMPLEN con los criterios técnicos de los Lineamientos de Organización del Estado Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y con las disposiciones de los Lineamientos Nº 02-2020-SGP que establece orientaciones sobre el ROF y MOP, aprobado mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM-SGP; por lo que opina favorablemente; Que, en ese estado, mediante OFICIO Nº 1488-2024-GRU-GGR-ORAJ de fecha 25 de setiembre de 2024, el Director (e) de Sistema Administrativo IV de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, remite a la Garencia General Regional, el INFORME LEGAL Nº 066-2024-GRU-GGR-ORAJ/TTC, el cual CONCLUYE: Remitir el expediente a Secretaría General, para la emisión del acuerdo de directorio de gerentes y su posterior aprobación del MOP de DIRCETUR Ucayali, mediante Decreto Regional; Que, mediante MEMORANDO Nº 830-2024-GRU- GGR-SG de fecha 21 de octubre de 2024, el Secretario General del Gobierno Regional de Ucayali, remite a la Ofi cina Regional de Asesoría Juridica la Transcripción de varios acuerdos, entre ellos el Acuerdo Nº 008-2024-GRU- DG, aprobado por el Directorio de Gerentes del Gobierno Regional de Ucayali: “ ACUERDO Nº 008-2024-GRU-DG : Aprobar el Manual de Operaciones -MOP de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Ucayali; Que, el Artículo 37° literal b) de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, faculta a la Gobernador Regional, como el órgano de gobierno, dictar las normas y disposiciones, como los Decretos Regionales y las Resoluciones Regionales; concordante con el Artículo 40º de la citada Ley, los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Gobernación Regional, con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales; requisito que se ha cumplido en el presente caso; Que, además, Artículo 55º numeral 55.21 de los Lineamientos de Organización del Estado, dispone, el MOP se aprueba según corresponda, por resolución ministerial o por resolución del titular de un organismo público, en el caso del Poder Ejecutivo o por Decreto Regional o de Alcaldía, en el caso de los gobiernos regionales y locales; Que, con la facultad que otorga la Ley N° 27867, Ley Órgánica de Gobiernos Regionales, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modi fi catorias; y, con las visaciones de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, Sub Gerencia de Desarrollo Institucional; DECRETA: Artículo Primero. - APROBAR el Manual de Operaciones (MOP) de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Ucayali ; el cual, consta de tres (3) Títulos, cuarenta y ocho (48) Artículos; cuyo texto íntegro, forma parte como Anexo del presente Decreto Regional. Artículo Segundo .- DÉJESE SIN EFECTO toda disposición que se opongan al presente Decreto Regional, por las consideraciones expuestas. Artículo Tercero .- DISPONER a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Ucayali, la publicación del presente Decreto Regional en la sección digital Normas Legales del Diario O fi cial El Peruano; y, el texto íntegro del Manual de Operaciones (MOP) en la sede digital de la sede institucional. Artículo Cuarto .- PRECISAR que el presente Decreto Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en la sección digital Normas Legales del Diario O fi cial El Peruano. Artículo Quinto .- DISPONER que la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Ucayali, a partir de la vigencia de la presente norma, realice las acciones pertinentes para la formulación y/o adecuación de los documentos de gestión institucional a que hubiere lugar. Artículo Sexto .- DISPONER a Secretaría General NOTIFICAR el presente Decreto Regional a la DIRCETUR y a la Subgerencia de Desarrollo Institucional. Regístrese, publíquese y cúmplase. MANUEL GAMBINI RUPAY Gobernador Regional 2457995-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que aprueba el trámite del procedimiento de ratificación de las ordenanzas tributarias en el ámbito de la provincia de Lima ORDENANZA N° 2799 LA TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, ENCARGADA DEL DESPACHO